Señor Doctor
Fouad Khury Zarzar………………
Contralor General de la República

Señor Contralor General de la República:

Armando Orosco Quiñones, Ingeniero CIP con Registro de inscripción No 6570 del Colegio de Ingenieros del Perú, con DNI 16423440 y domiciliado en el Jirón Pichincha 531 del Distrito de Breña de la ciudad de Lima,

a su Despacho acudo para DENUNCIAR

diversos hechos delictivos que han servido de amparo para otorgar a la Empresa H2Olmos, subsidiaria de la Empresa brasilera Nolberto Odebrecht, la Concesión para la ejecución y explotación de la Fase de Desarrollo Agrario o Tercera Fase del Proyecto Hidroenergético y de Irrigación Olmos,

sobrevaluación de costos desde la propuesta presentada por el Consorcio, de su Iniciativa Privada la misma que al ser convertida en Contrato, no figura en ninguna cláusula del mismo, limitándose a determinar que son US$138’510,000 la cantidad que el Concesionario debe recibir para, recién, comenzar a la construcción de las obras requeridas. A ello se debe agregar el monto de US$710’000.000, producto de la venta, durante 25 años, de 406’000.000m3/año, al injustificable precio de US$0.07, así se llega a un total de US $849’010,000 que habrá que investigar cómo se relacionan con el costo ya sobrevaluado de US$185’000,000 más I.G.V que el Contrato de Concesión asigna a las obras por ejecutar.

usurpación de tierras agrícolas que son propiedad de la Comunidad Santo Domingo de Olmos y que actualmente están sometidas a un ilegal proceso de Subasta

esenciales cambios en la ejecución del Proyecto Hidroenergético y de Irrigación Olmos que es Ley de la República y que ponen en peligro el logro de sus objetivos económicos, sociales y ecológicos

comisión de graves delitos contra elementales derechos humanos, para conseguir expulsar de las tierras a subastar, a muchas familias comuneras que allí viven desde hace muchas décadas,

CONSIDERACIONES PREVIAS

1.-Especialmente por razones de orden financiero y con el propósito de facilitar el logro del soporte económico que las obras por ejecutar requerían y en cuya gestión ya se habían constatado algunos fracasos, el PEOT, PROINVERSION y otras instituciones acordaron convertir lo que hasta este momento se llamó Primera Etapa, en tres fases de financiación y ejecución independiente, pero en estricto acatamiento a los planos y demás documentos que amparan al PROYECTO HIDROENERGETICO Y DE IRRIGACION OLMOS que es Ley de la República del Perú

Aparecen así la PRIMERA FASE o Fase de Transvase constituida por la Presa Limón y el Túnel Trasandino, la SEGUNDA FASE o Fase de la Explotación Hidroenergética y la TERCERA FASE o Fase del Desarrollo Agrícola.

2.-Considero importante señalar que, durante el gobierno de Alberto Fujimori, diversas instituciones representativas de la comunidad lambayecana, reclamaron y consiguieron que el Estado peruano acordara un aporte no retornable de US$77’000.000 para facilitar se consiguiera el interés de importantes empresas de gran prestigio internacional, para participar en esta Convocatoria.

Fue muy fácil justificar este pedido que en un primer momento tuvo importantes rechazos porque era visto como un subsidio. Así sucedió cuando se explicó, primero, que se trataba de un beneficio para el total de la PRIMERA ETAPA, es decir, las tres Fases en que ésta fue finalmente dividida. Pero principalmente porque así se compensaba el perjuicio económico que significaba una Primera Etapa que debía asumir el costo de construcción y funcionamiento de obras diseñada para el manejo de una masa anual de 2.050’000.000m3 de agua al año, pero que ahora debía beneficiarse de una masa de solo 720’000.000m3 al año, casi el 30% del total de diseño, y que correspondían al total de las descargas del río Huancabamba y todo ello durante un número de años que era imposible de predecir. El problema se hizo aún mayor cuando quedó claro que la masa de agua por conseguir era bastante menor aún, pues solo llegaba a los 409’000.000m3 al año.

De aquí una primera investigación para precisar cómo y por qué, estos US$77’000,000 fueron íntegramente asignados a la PRIMERA FASE, en perjuicio de las otras dos Fases que soportan idéntico daño de obras temporalmente sobredimensionadas.

3.-Parto aquí de una precisión de orden mayor.

El PROYECTO HIDROENERGETICO Y DE IRRIGACION OLMOS, para su análisis y diseño, así como para su ejecución y funcionamiento, es una unidad total que no acepta tratamientos parciales o diferenciados, en todo momento y bajo cualquier circunstancia, se trata de una sola y única unidad con objetivos muy precisos. Sin embargo, he aclarado como hubo que dividirlo en Fases, por motivos específicos y con objetivos muy precisos, pero con especiales precauciones para no alterar su unidad estructural ni funcional.

La investigación que aquí comienzo a plantear a la Contraloría General de la República, debe ser escrupulosa ante la necesidad de respetar esta proclamada unidad estructural y funcional. Desgraciadamente, para todo, este gran Proyecto conlleva intrínseca e insalvablemente una gran dificultad que nace de sus enormes dimensiones y complejidades. De allí parto para solicitar que la investigación que ahora demando se constriña a hechos que muy directamente tienen que ver con la Subasta de Tierras que en forma absolutamente irregular, ilegal e inhumana, actualmente es conducida por H2Olmos pero con la increíble anuencia de autoridades del nivel nacional, regional y local y al amparo de hechos que solo puedo calificar de salvajes por inhumanos.

Tanto en la fase Transvase como en la de Explotación Hidroenergética, se han cometido delitos comunes, groseras sobrevaluaciones e irregulares manejos económicos que han determinado grave daño a la economía y a la moral del pueblo peruano, Para todo ello reclamo castigos muy severos con penas de prisión y otras que involucrarán necesariamente a muchos actuales y anteriores funcionarios de la Región Lambayeque y de otras instancias nacionales que tanto han ayudado a Odebrecht y sus subsidiarias.

Cuando aquí reclamo que la investigación se constriña a los hechos que a la Fase de Desarrollo Agrícola directamente atañen, exhibo mi angustia de ver como, con la participación de testaferros, se podría llegar a legalizar una mafiosa venta de tierras que actualmente son vivienda y medio de vida para muchas familias comuneras que allí habitan por décadas. El problema social por la recuperación de estas tierras ya comenzó y solo terminará cuando ellas sean de verdad recuperadas, pero será muy penoso y demorará muchos años. Allí veo y reclamo la gran responsabilidad de la Contraloría General de la República, conseguir que esta lucha fratricida no se dé.

CUESTIONES DE HECHO

El problema comienza cuando el Régimen de Alberto Fujimori, eludiendo todo el aparato constitucional, legal y administrativo establecido para la defensa que el Estado debe a las comunidades campesinas, mediante el Decreto de Urgencia 017.99, ordena para que 111,650 hectáreas de Propiedad de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos sean inscritas en los Registros de la Propiedad Inmueble de Lambayeque, a nombre del Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT). El siguiente paso lo da el parlamento que, aprueba la ley 27172 que, en un solo artículo, da fuerza de Ley a este Decreto de Urgencia 017.99

Con fecha 26 de Junio del 2008 y en base a una donación otorgada por el Gobierno Japonés, el Gobierno Regional de Lambayeque (GRL), como corolario de un Concurso Internacional, firma con la consultora Nipón Koei (NK), un Contrato para realizar los Estudios de Prefactibilidad de la Tercera Fase o de Desarrollo Agrícola en que, como aspectos saltantes, debe señalarse que queda planteada la construcción parcial del Reservorio de Olmos y la distribución del agua, en forma total, mediante tuberías enterradas que garantizan eliminar el 30% de pérdidas de agua por evaporación, otras cantidades por robos y proteger a todo el sistema de distribución, de daños por efectos de fenómenos inesperados como el del Niño y todo ello a un costo de US$ 140’000.000.

De esta manera se garantiza un primer logro de mucha importancia técnica, económica y funcional que conlleva una economía de US$20.000,000 y que se refiere al aprovechamiento de la diferencia de nivel entre la ubicación del Reservorio de Olmos y la ubicación de las tierras por irrigar. El resultado es la entrega a los agricultores, sin ningún costo adicional, de agua presurizada que significa evitar a todos estos futuros agricultores de Olmos, gastos e inconvenientes que devienen de la compra, instalación, funcionamiento y mantenimiento, de los sistemas de presurización.

Otro hecho que aquí debe investigarse, es la sospechosa e inexplicada demora entre el momento en que efectivamente se recibió la donación japonesa de US$2’000.000 y el momento en que se concretó la Convocatoria que finalmente ganó NK.

Apareen a partir de aquí una serie de hechos y coincidencias que demando investigar. Comienzo por llamar la atención sobre el hecho de la presentación, por parte de H2Olmos de su Iniciativa Privada, justo la víspera del día en que se firmó el Contrato con Nipón Koei para el Estudio de Prefactibilidad ya indicado. Otro asunto es que, no obstante que NK estaba en fase muy avanza de trabajos, con fecha 06 de Abril del 2009, el Consejo Regional de Lambayeque declara de Interés Público la Iniciativa Privada presentada por H2Olmos que es una propuesta que tiene un costo de US$218’300.000, para ejecutarse en su totalidad con canales abiertos, que no considera en ninguna forma al Reservorio de Olmos y, por lo tanto, elimina el gran beneficio de agua gratuitamente presurizada y de cualquier futura explotación del potencial hidoenergético que es elemento fundamental que distingue y da nombre al Proyecto Hidroenergético y de Irrigación Olmos.

Planteo aquí, como parte esencial de esta Denuncia, la forma como la Región Lambayeque otorgó la buena pro para la ejecución de las obras del Desarrollo Agrícola y su explotación por 25 años, bajo la modalidad de una Concesión. Se contaba ya con el Estudio de Prefactibilidad de Nipón Koei y la Iniciativa Privada de H2Olmos.

Para evitar la Convocatoria a un Concurso internacional, acorde con la importancia y costo de las obras por ejecutar, el PEOT alegó el peligro que el agua que debería conducir el Túnel Trasandino, pudiera llegar a la zona de riego, antes que las obras requeridas para su aprovechamiento quedaran terminadas. La protesta de la Comisión de Defensa de las Grandes Proyectos de Lambayeque y de muchos profesionales especializados, llegó de inmediato y con energía. El tiempo ya les dio la razón, hoy día, no hay ninguna duda que, luego de tres años, no hay ninguna posibilidad de una más o menos cercana llegada de esta agua, pero el peligro invocado por el PEOT sí tuvo las nefastas consecuencias que aquí detallo.

Los hechos sobre los que demando una mayor atención de parte de la Contraloría General de la República, comienzan con el nombramiento, precipitado e irregular, del Comité Especial de Privatización (Cepri-IP). Todo ello se produce en medio de una pública controversia en que muchas instituciones y personas particulares demandaban que, en acatamiento a específicas leyes de la República, las obras de la Fase de Desarrollo Agrícola se debían ejecutar bajo la forma de una Inversión Pública.

Es en oposición a esta razonada y legalmente amparada demanda que el entonces Presiente de la Región Lambayeque, Yehude Simon Munaro, en forma directa, contrata a la Consultora Málaga Webb y Asociados(MWA) para que cumpla la función de decidir cuál Propuesta debería ganar la Concesión para la Ejecución de las obras para el Desarrollo Agrícola, algo sumamente fácil de cumplir y que legalmente era una obligación del Cepri-IP presidido por el Presidente del PEOT, Ingeniero Enrique Salazar Torres o simplemente del PEOT como entidad mejor calificada para ello.

MWA acepta el pedido de Yehude Simon y lo hace bajo una condición que no dudo en calificar de inmoral pero que debe investigarse si es, además, ilegal “Es importante mencionar que los montos señalados en las inversiones, flujos y datos en general (…) no han sido materia de revisión por parte de MWA, considerándose por tanto como ciertas, por lo que el correspondiente análisis se realiza sobre la información proporcionada”. Pero, como si se tratara de una acción muy bien tramada, MWA demanda la participación de otro colaborador especializado y nombra para ello al Consultor Iván Alonso quien, indudablemente para cubrirse de futuras reclamaciones que sin duda tendrán que aparecer, se ampara en la misma inmoral e ilegal fórmula y declara “Es importante mencionar que los montos señalados en las inversiones, flujos y datos en general (…) no han sido materia de revisión por parte de MWA, considerándose por tanto como ciertas, por lo que el correspondiente análisis se realiza sobre la información proporcionada”

Breve Acotación. No dudo que la Contraloría General de la República evaluará con especial atención el valor real de estas dos declaraciones que, al margen de cualquier prueba material que pudiera o no existir, en si mismas ya son una prueba irrefutable que los dineros que el Estado puso en manos de tan malos funcionarios de la GRL, fueron manejados en forma vergonzantemente delictiva.

En medio de tanta documentación y acciones exprofesamente urdidas para esconder los delitos aquí involucrados, hago un esfuerzo para esclarecer el tema que nada de complicado tiene. En efecto, el fondo de todo lo hecho, en apariencia, es para decidir qué es más conveniente para el Perú, que se opte por el ‘’Estudio Mínimo para la Primera Fase’’, elaborado por Nipón Koei y valorizado en US$142’000.000 o, la ‘’Iniciativa Privada’’ presentada por H2Olmos, subsidiaria de Nolberto Odebrecht, con menor volumen de obras porque, entre otras , no considera al Reservorio Olmos y somete al agua a posibles pérdidas por evaporación y robos y daños por fenómenos como el Niño, no ofrece presurización gratuita del agua y está valorizada en US$218’300.000.

Esclarecer cómo, frente a una realidad tan clara, la GRL pudo otorgar la Concesión bajo disputa, a la subsidiara de Nolberto Odebrecht, es un trabajo que requiere muy cuidadosos análisis de la amplia y muy confusa información técnica legal, de ingeniería y contable que, felizmente, la tengo y la pongo directamente a disposición de la Contraloría General de la República, bajo la forma de Documentos adjuntos que son parte de la presente Denuncia o que puedo entregar en el momento y forma que me sea requerido.

Otro aspecto importante de esta denuncia lo constituye el hecho de variaciones de los planos originales del Proyecto Hidroenergético y de Irrigación Olmos que es Ley de la República y que se han convertido en graves distorsiones para esta obra. Una primera variación la constituye la Presa Limón que estuvo diseñada como una presa de tierra con núcleo impermeable de arcilla y 86 metros de altura.

No hay justificación técnico-económica para este cambio, las pocas críticas que conozco, demuestran que la necesidad de un sistema autónomo de evacuación temporal para los 43 metros actualmente construidos y que deberá ser remplazado por otro, distinto, de diferente ubicación y de muy alto costo, cuando se pretenda llegar a los 86 metros de altura de diseño, quitan peso a cualquier justificación de orden económico, a esta no bien explicada variación ya cumplida. Pero más atención debe darse a las críticas de orden técnico que denuncian que, también por la condición de montañas de muy baja maduración en que esta Presa se asienta, tiene mucha importancia la condición de autonomía de sustento que caracteriza a las presas de tierra que, al contrario de otras como la finalmente construida en el Reservorio Limón, no requiere de elementos de sostén ajenos a su propia y autónoma estructura.

Otro tema que específicamente atañe a la Presa Limón, son denuncias de técnicos especializados y con amplia experiencia en este tipo de obras, en el sentido que se han demostrado errores constructivos que precisan que la impermeabilidad de fondo de la Presa Limón no está garantizada, especialmente cuando se trabaje con los 86 metros de diseño.

También es motivo de gran preocupación la forma, todavía desconocida, como se salvará la altura que hay, 800 metros, entre la boca de salida del Túnel Trasandino y el nivel donde están las tierras por irrigar. Fue éste un tema que nunca, a nadie, en los largos años que se examina el Proyecto Olmos, interesó en ninguna forma porque la explotación hidroenergética contempla obras absolutamente seguras que garantizan la eliminación de cualquier riesgo como consecuencia del tránsito de esta masa de agua, en su camino desde la salida del Túnel Trasandino y que recién comenzará a ser un tema de manejo agrícola, a la salida de la Central No2, 800 metros debajo de la salida del Túnel Trasandino y prácticamente al mismo nivel de las áreas agrícolas. Solo me queda precisar que una caída no bien manejada de una masa que podría alcanzar las 60 toneladas por segundo, no importa que fuera solo de algunas muy pocas decenas de metros, puede convertirse en la razón de ser de monumentales desastres.

Otro tema que aquí no puedo eludir y que, tratando de mejor graficarlo, solo puedo calificar como un conjunto de hechos salvajes, es la forma como muchas familias comuneras han sido desalojadas de estas tierras indudablemente de propiedad de la Comunidad Santo Domingo de Olmos y que, a estas familias y a lo largo de muchas décadas, sirven como lugar de residencia y fuente de trabajo. Para cumplir con su ofrecimiento de entregar tierras absolutamente desocupadas, a quienes participen de la ilegal Subasta de tierras que actualmente se tramita, autoridades del PEOT, sin ninguna autorización legal, de mutuo propio han procedido a quemar las casas y a malograr las norias que proveen de agua a estas familias. En esta forma criminal y quebrantadora de los más elementales derechos humanos, pretenden obligarlas a aceptar como nueva residencia, casas construidas en lugares con evidente peligro de inundación y que no ofrecen condiciones, tal como actualmente sucede en las tierras de las que son desalojados, para convertirse en centros de trabajo que les permitan medios económicos para el sustento de sus familias.

Por el mérito de lo aquí expuesto, a Usted, señor Contralor General de la República, DEMANDO:

 1. La inmediata suspensión de los actos que actualmente se cumplen como parte de la todavía inconclusa e ilegal SUBASTA DE TIERRAS que actualmente lleva adelante H2Olmos
 2. Al verificarse los vicios, inconsistencias y aprovechamientos en contra de los intereses del Estado, contenidos en la Iniciativa Privada, disponer la nulidad de todo lo actuado, sin derecho a compensación al proponente por tratase de un pedido de gracia, que puede ser anulado en cualquier estado de su trámite.
 3. Disponer el cese inmediato de todos los funcionarios que resulten responsables y
 4. disponer que el Procurador Público correspondiente inicie las acciones legales a que hubiere lugar.

OBSERVACIONES FINALES

La documentación probatoria que avala la Denuncia que aquí planteo, es abundante y contundente, en mi poder obra mucha de ella y la pongo a disposición de la Contraloría General de la República, para el momento y condiciones en que me sea solicitada, pero en mayor cantidad esta información obra en diversas instancias judiciales y administrativas, como amparo a muchos procesos instaurados a lo largo de los últimos años, con propósitos semejantes. También se encuentran disponibles en la Página Webb de cada una de las entidades que, en alguna forma, aquí han participado.

Lima, 12 de Marzo del 2012

IngenieroCIP
Armando Orosco Quiñones
aralorqui@gmail.com
997161705

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