El 6 de junio del 2006 (excediendo el plazo legal para su resolución), los Magistrados de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, emitieron el auto de sobreseimiento provisional a favor del ex Presidente de la República Jamil Mahuad y auto de sobreseimiento definitivo a favor de la ex Ministra de Finanzas y Crédito Público Ana Lucía Armijos (ésta última disposición tiene como efecto la imposibilidad de reabrir el caso en su contra)”…

Con estos antecedentes ‘legales’, la Comisión Cívica Contra la Corrupción (CCCC) presentó nuevas pruebas de culpabilidad en contra del defenestrado mandatario: 5.665 hojas, entre las que constaban las auditorias bancarias internacionales y otras documentos contundentes que evidencian el delito de peculado. Con estas pruebas, la CCCC presionó para obtener la reapertura del sumario del caso Mahuad, en julio del 2007.

En el primer trimestre de este año, para emitir un dictamen sobre el caso Mahuad, el Dr. Roberto Gómez Mera, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, solicitó a la Contraloría General del Estado que emita un informe sobre el caso; el mismo otorga graves perjuicios para el Estado; dictamen que no concuerda con el ‘orden jurídico’; y que muestra claramente que se iniciaba una dilatación burocrática injustificada del proceso, para de esta manera evadir un pronunciamiento que talvez le cueste el cargo.

El caso Mahuad, que lleva “tramitándose” cerca de 8 años, no tiene Magistrado responsable por las “excusas”, en unos casos, y en otros, porque se “inhiben” por parte del Presidente titular de la Corte Suprema de Justicia y los Presidentes subrogantes en el caso, lo que ha permitido que se dilate el caso, que siga su curso el tiempo reglamentario y, posteriormente, que se consiga la prescripción del caso y se ordene el archivo del mismo.

Del informe “Corrupción e Impunidad”, presentado por la CCCC, se revela que no solo en el Gobierno de Jamil Mahuad hubo favoritismo hacia los grupos económicos: banqueros que formaron parte de ese gobierno y que se beneficiaron con los Decretos Oficiales que emitió Mahuad y afectaron al Estado y a la sociedad ecuatoriana, como el denominado ‘feriado nabacario’, que tuvo un costo fiscal de 8 millones de dólares, según los informes de la AGD.

Según el informe, y como es de conocimiento público, el mismo trámite ilegal e incompresible en el que se encuentra el caso Mahuad, se produce en el caso Filanbanco y del Banco de Préstamos. Delitos de peculado que fueron realizados a vista y con complicidad de autoridades de la Superintendencia de Bancos, beneficiando a los hermanos Isaías Dassum y a José Alejandro Peñafiel, respectivamente, dueños de las entidades financieras mencionadas.

En los tres casos de trascendencia nacional, las acciones y decisiones de las autoridades del Ministerio Público, así como de la Función Judicial, labran el camino a la impunidad, modifican el tipo penal y la no aplicación de los tiempos procesales establecidos; además presentan obstáculos para los juzgamiento de los casos.

De las estadísticas realizadas a los casos, que la CCCC ha revisado y ha entregado a las entidades gubernamentales para su conocimiento, investigación y posterior sanción, se desprende:

De las 5430 denuncias recibidas en la CCCC, 462 casos reportan acciones tomadas por las entidades correspondientes: el 58% concluyen con responsabilidad penal y el 42% con responsabilidades civiles y administrativas. Se han emitido conclusiones y, según el caso, fueron remitidos al Ministerio Fiscal para su correspondiente seguimiento e investigación, y los de responsabilidad civil y administrativa a otros órganos del Estado como la Contraloría, Servicio de Rentas Internas, Corporación Aduanera, etc. para el trámite de rigor.

De las 270 conclusiones con responsabilidad penal que fueron entregadas al Ministerio Público, el 31% , 83 casos, han seguido un proceso y, la mayoría, el 69%, 187 casos, son parte del archivo de la institución (M.P). De éstas 83, 22 casos llegaron a la etapa de juicio y solo diez tienen sentencia, de éstas, 5 absuelven a los implicados, 3 son condenas ejecutoriadas, 1 sentencia absolutoria y en fase de impugnación y 1 sentencia condenatoria en fase de impugnación.

En todos los casos mencionados, quien ha tenido el poder de revisar, analizar y dictar una sanción, según las pruebas que se muestran como resultado de las investigaciones, según el informe de la CCCC, se evidencia el mal manejo del organismo de justicia, de la complicidad y la corrupción de las autoridades y los funcionarios de distintos entes estatales; de la impunidad que se ha implantado como parte de un sistema que atropella al pobre y beneficia al malhechor; aedmás tiene secuestrada a la justicia en un sistema procesal débil y frágil y que está a punto de perecer.

El gobierno y la sociedad deben conjuntamente encaminar nuevas acciones unitarias, que cambie el sistema procesal, y la justicia en todos sus niveles, para que beneficie a los ecuatorianos, y se castigue la demora y la corrupción de los administradores de la justicia. Para ello ya no solo bastará con la creación de la Corte Constitucional, sino de la decisión firme y unitaria del Gobierno y del pueblo en general para luchar en beneficio de la sociedad.