La política impuesta por el fondo monetario internacional (FMI), e informada con satisfacción por "sus resultados" por el director de planeación nacional, Santiago Montenegro en reunión de la subcomisión de concertación del sector público el 17 de febrero de 2.004, afirmando que de los 40.000 despidos proyectados por el gobierno en la aplicación del Plan de Renovación de la Administración Pública, hasta el 30 de noviembre de 2.003 se retiraron veinticuatro mil trescientos treinta y uno (24.331) trabajadores, de los cuales 64% eran de carrera administrativa, 20% en nombramientos provisionales, 7% de libre nombramiento y remoción y "otros" 9%; es el marco en el que se desarrolla el llamado proceso de «Renovación» del Sena.

Despido masivo de trabajadores y violación de derechos laborales

La Reestructuración del Sena se implementa a través de Decretos como el 0249 de enero 28 de 2.004 por el cual se modifican su estructura interna, sus funciones y aspectos sustanciales de la ley 119 de 1.994, y los Decretos 0248 y 0250 que modifican la planta de personal de la entidad.

1. El 28 de abril venció el término para la implementación del Decreto 0250 de 2.004 que suprimió mil ciento diez y seis (1.116) cargos y generó:

· El despido masivo de seiscientos cuarenta y siete (647) trabajadores, la inmensa mayoría de Carrera Administrativa, de los cuales muchos disponen de los requisitos para vincularse a otro cargo administrativo o de instructor en la entidad.

· Despido de trabajadores antiguos, de tiempo parcial, a quienes se exigió nuevos requisitos para su vinculación, violando las normas de carrera administrativa.

· Supresión de cargos y retiro ipso facto de funcionarios de Carrera, cambio de denominación de esos mismos cargos ahora como directivos y de libre nombramiento y remoción, y convocatoria inmediata de procesos de "meritocracia" para su provisión.

· Despido de funcionarios de libre nombramiento y remoción y antiguos funcionarios en nombramiento provisional vinculados en la planta.

· Creación de cargos en un grupo ocupacional y a pesar de ello retiro de funcionarios de ese grupo en la misma regional que los crea.

· Despido de ocho (8) dirigentes sindicales quienes permanecen transitoriamente en la entidad mientras un juzgado emite el fallo de levantamiento del fuero sindical, incluido en atículo expreso del Decreto. Y,

· Traslados inconsultos a funcionarios de la entidad en general y a dirigentes sindicales, a quienes igual a que a los despedidos, les fueron violados los derechos de carrera administrativa; de retén social (madres cabeza de familia, padres cabeza de familia, funcionarios con enfermedades graves, con problemas familiares insolubles, etc); y de fuero sindical, entre otros.

Política del gobierno y la dirección general contra la misión del Sena, sus recursos y la gratuidad de la formacion profesional integral

El decreto 0249 de 2.004, consigna la política del gobierno de debilitamiento del Sena hacia su posterior liquidación:

* Desvía la Misión hacia el empresarismo, tendencia reflejada en

la disminución de formación en cursos de trabajador calificado, técnicos y tecnólogos por esta administración. En el 2.003 estos cursos en oficios y ocupaciones solo fueron del ocho punto cuarenta nueve por ciento (8.49%, 192.531 alumnos) de lo reportado como ejecución de un total de dos millones doscientos sesenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho ( 2.266.758) alumnos formados en ese año.

* Apoya al ALCA y al TLC. La mayor cobertura fue en cursos cortos (duración menor de tres meses) y "eventos" (CAP cursos de cuarenta (48) horas o menos, incluidos los de tres (3) horas) dirigidos a fomentar la maquila, la acumulación de capital de los empresarios y de las transnacionales, y a perpetuar la pauperización de los colombianos.

* Entrega de la Misión y de los recursos de la formación profesional integral gratuita al sector privado, entrega de instalaciones; amenaza a las contribuciones parafiscales y a la gratuidad con la orden de autofinanciación de los centros y el cobro de los servicios que presta el Sena.

* Amenaza a la calidad de la formación con la legalización de la "contratación" de instructores y demás funcionarios de la planta de personal; se consigna otro paso hacia el total desmonte del contrato de aprendizaje, reduciendo la función del sena solo a "orientar" al alumno para la consecución de lo que como relación de aprendizaje dejó la ley de reforma laboral del 2.002, de lo que legal e históricamente fue el contrato de aprendizaje.

* Aumento de la carga docente a 32 horas, adicional a las demás actividades del instructor con los trabajadores - alumnos fuera del aula de clase, sin tener en consideración la incidencia en la calidad de la formación profesional integral.

Amenaza a la salud de la familia del funcionario Sena

El gobierno y la dirección general del Sena, tramitan un decreto para liquidar el Servicio Médico

Asistencial (SMA) de los familiares de los trabajadores del Sena, desmejorando las condiciones de prestación del servicio de salud de los beneficiarios, dado que ninguna EPS o IPS aseguran la prestación en las condiciones de gratuidad que hoy rige en el Sena; inicialmente estaba incluido dentro de este proceso de liquidación también el Fondo de Cesantías de los funcionarios de la entidad que es el soporte económico del Fondo Nacional para préstamos de vivienda del Sena.

Agresión al sindicalismo, al derecho de asociación y al ejercicio sindical en el Sena

La política del gobierno y del director general, basado en un "concepto jurídico" de la directora Jurídica del Sena, liquida el "Acuerdo Laboral y Colectivo" depositado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social desconociendo los permisos mínimos para el funcionamiento del sindicato de empleados públicos del Sena, SINDESENA, (cuatro (4) de la Junta Nacional y cuatro (4) de las Subdirectivas más grandes), únicos permisos que ha tenido la organización a nivel nacional, como garantías sindicales para su funcionamiento y el ejercicio al derecho constitucional y fundamental de asociación, reglado por la constitución nacional y las leyes que la desarrollan, al igual que los convenios y recomendaciones de la oit ratificados por colombia sobre "permisos necesarios" para realizar actividades sindicales y proteger las garantías de estas organizaciones.

Convocatoria

Con base en lo expuesto, y considerando la nueva propuesta que el Conpes adelanta para liquidar el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, convocamos a todos los sectores democráticos del país, al movimiento social y sindical, al estudiantado en particular, y al pueblo en general, a pronunciarse ante la Oit, ante el gobierno nacional, ante la dirección general, y ante las instancias de control del gobierno, en defensa del Sena como única entidad estatal gratuita, demandando la conservaciòn de su misión de formación profesional integral, manteniendo la destinación de sus recursos al cumplimiento estricto de su misión, tal como lo consagra la ley y es el derecho constitucional que obliga al Estado a atender los sectores pobres y marginados de la población colombiana, con capacitación laboral gratuita.