El Derecho a la Propiedad Intelectual (derecho propietario sobre el conocimiento) es reconocido en la Declaración de los Derechos Humanos, basándose en dos principios que interactúan creando un equilibrio: a) el derecho que toda persona tiene de tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten; y b) el derecho de toda persona a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Sin embargo, en la medida en que el conocimiento se convierte en la piedra nodal de la producción de la riqueza, los países del llamado primer mundo han desarrollado una agresiva estrategia global que tiene como objeto que el conocimiento se quede en el primer mundo. Para ello se ha introducido el tema de la «Propiedad Intelectual» en múltiples foros internacionales (OMC, OMPI, FAO, CDB, etc.), desarrollándose una legislación que fortalece los mecanismos de protección de los intereses del productor del conocimiento occidental, la expropiación de conocimientos de pueblos indígenas y la concesión de derechos de propiedad industrial de forma global, menoscabándose el derecho de la sociedad a acceder a los bienes y servicios culturales, artísticos y científicos.

Phillip Weber, subdirector de Science for Global Responsibility (SGR), expone que «La nueva negociación relacionada con el régimen de propiedad intelectual en las naciones industrializadas se ha convertido en una privatización de conocimientos sin precedentes incluyendo la biopiratería de los conocimientos indígenas y de los recursos a escala global. Este régimen está siendo impuesto al resto de los países a través de la Organización Mundial de Comercio como parte de una constante conducción a la economía globalizada».

Phillip Webber junto a Eva Novotny de Scientists for Global Responsibility, Mae-Wan Ho del Institute of Science in Society y E.E. Daniels de Science for Peace han realizado un interesante papel de trabajo llamado Hacia una Convención del Conocimiento, que han circulado a fin de propiciar una discusión acerca de cómo la ciencia y el conocimiento deben ser desarrollados y usados. En él, los autores exponen:

  1. El conocimiento no debe ser usado para destruir, oprimir o con fines militares agresivos. Los científicos deben tener la responsabilidad moral por sus investigaciones, desistir de las mismas cuando sean dañinas o vayan a servir para destruir, oprimir o tengan una finalidad militar agresiva.
  2. El conocimiento pertenece a la comunidad y no puede adueñarse nadie de forma privada. Rechazamos toda la privatización del conocimiento. Rechazamos las patentes sobre los organismos vivos y sus partes, así como las patentes basadas en el robo del conocimiento indígena. Rechazamos las patentes sobre las medicinas esenciales.
  3. El conocimiento es diverso, inclusivo y plural. Ningún sistema de conocimiento debe predominar sobre los otros. Los sistemas de conocimiento indígena deben ser protegidos y permitir que estos prosperen de forma natural. Las interrelaciones entre los diferentes patrones de los sistemas de conocimiento y sus prácticas deben ser promovidas en la búsqueda de lograr la sustentabilidad y la equidad.
  4. El conocimiento nos debe habilitar a nosotros para vivir de una manera sustentable con la naturaleza.
  5. El conocimiento debe ser abierto y accesible para todos. Debe ser verdadero y seguro. Los desacuerdos deben ser ampliamente debatidos en términos que la gente pueda comprender. La gente debe ser consultada y sus decisiones deben ser aceptadas cuando se tengan que tomar decisiones relativas a la introducción de nuevas tecnologías en la comunidad.
  6. El conocimiento debe servir al interés público y no a la agenda de las corporaciones. Debe ser independiente de los intereses comerciales y del control gubernamental. Los fondos públicos deben ser dirigidos principalmente hacía investigaciones que beneficien a la sociedad entera.
  7. El conocimiento debe hacer al mundo equitativo y mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes. Debe dirigirse a las necesidades físicas, así como a las emocionales y espirituales. Su primer propósito debe ser no dañar a los seres humanos y a las otras especies. Debe respetar los derechos y la dignidad humana. [1]

Es necesario que la Revolución Bolivariana haga una seria reflexión sobre el valor del conocimiento, los planteamientos ideológicos que se insertan en las normativas de propiedad intelectual y sobre las consecuencias de la geopolítica del conocimiento como instrumento de poder para mantener el orden mundial existente.

Catherine Walsh nos aporta una interesantísima reflexión en su ensayo Geopolíticas del conocimiento, interculturalidad y descolonialización: "El conocimiento funciona como la economía: está organizado mediante centros de poder y regiones subordinadas -los centros del capital económico también son los centros del capital intelectual. Por eso, y todavía, la producción intelectual en América Latina y peor en el Ecuador, tiene poco peso en el mundo. Pero hay un problema adicional. Y eso es la manera que el discurso de la modernidad creó la ilusión de que el conocimiento es abstracto, des-incorporado y des-localizado, haciéndonos pensar que el conocimiento es algo universal, que no tiene casa o cuerpo, ni tampoco género o color. Es este mismo discurso de la modernidad que también crea la necesidad, desde todas las regiones del planeta, a «subir» a la epistemología de la modernidad; es decir, a cercarnos desde América Latina al modelo eurocéntrico como el único válido del progreso en el campo del saber. Jean Franco usa la metáfora del cuerpo para explicar esta relación colonial e imperial - la cabeza que piensa está en el norte, mientras que el cuerpo que actúa (y que ejerce las funciones biológicas-corporales) está en el sur." [2]

Se desprecia de tal forma el conocimiento producido por nuestros pueblos, que es política de las oficinas de propiedad industrial de casi todos los países del mundo conceder patentes sobre el conocimiento tradicional indígena (expresado en lenguaje oral, símbolos, expresiones religiosas, etc.), una vez que éste ha sido transformado en conocimiento occidental codificado en métodos, formulas químicas o lenguaje escrito. No se reconoce el valor de innovación que las comunidades han acumulado durante milenios sino la "altura inventiva" del científico que "descubre un conocimiento salvaje" y lo convierte en un valioso recurso susceptible de ser comprendido en occidente para luego ser industrializado y/o comercializado.

Pensar geopolíticamente sobre el conocimiento, es reflexionar sobre la creación, la fijación, la conservación, el uso, los abusos, la reproducción, la difusión, la apropiación y el régimen de propiedad sobre nuestro conocimiento y del conocimiento ajeno, en diseñar estrategias traducidas en políticas y normativas que nos permitan aprovechar sustentablemente nuestra diversidad cultural y biológica en beneficio de nuestro pueblo y de la humanidad.

Pareciese que hay una única formula de administración del conocimiento, expresada en la normativa mundial de propiedad intelectual, sin embargo, el ser humano busca las maneras de seguir compartiendo su conocimiento, es así como vale la pena hablar de uno de los variados modelos de uso del conocimiento que ha aportado maravillas a la humanidad, a saber:

El conocimiento de software libre

Es un modelo que garantiza el derecho a compartir información y a la innovación constante y colectiva del conocimiento. Pedro de las Heras Quiros y Jesús M. González Barhona en un artículo denominado ..Y la información será libre... ¿o no?, nos relatan el origen del software libre: "Hasta los finales de los años sesenta el software era libre. El código fuente de los programas se distribuía sin trabas entre los compradores de ordenadores como parte del servicio que recibían, para que los utilizasen libremente y sin coste adicional. En esa época, en las universidades fluía el código fuente de manera natural. Al principio de los setenta, el panorama cambió drásticamente.

La venta de software sin fuentes y sin permiso de redistribución ha marcado los últimos treinta años, situando entre las primeras del mundo por capitalización a empresas cuya fuente de ingresos casi exclusiva depende de la venta de software propietario... el sector de las industrias de la información ha tratado de impedir con éxito, el flujo libre de información con el argumento de que de esa forma la sociedad dispondrá de más y mejor información. Por otro lado, cada vez son más las voces que reclaman una revisión de la legislación sobre patentes y derechos de copia. En el sector informático, la situación está cambiando gracias al software libre". [3]

La Free Software Foundation establece cuatro características definitorias del software libre: 1) libertad de usar el programa con cualquier propósito, sin necesidad de comunicárselo al desarrollador; 2) libertad de estudiar como funciona el programa y de adaptarlo a las necesidades (acceso al código fuente del software), 3) la libertad de copiar gratuitamente, distribuir copias, incluso de venderlas, y 4) la libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los demás.

En éste modelo, cuando alguien copia, ayuda que el modelo funcione mejor porque mayor número de usuarios supone convertirse en un standard de referencia y un mayor mercado. El que el modelo sea libre no significa que sea «No Comercial», no se paga por el acceso al conocimiento, sino por servicios asociados a su uso.

Existen además otros maravillosos ejemplos de uso libre del conocimiento: Publicación del genoma humano, publicación de la secuenciación genómica del arroz, netscape, copyleft y todo el inmenso tesoro del conocimiento ancestral de la humanidad (chino, indú, indígena, etc.). La guerra planteada entre estas dos fuerzas contrapuestas: Conocimiento Propietario vs. Conocimiento Libre, determinará en muy buena parte el futuro de la humanidad.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 110, los lineamientos fundamentales de la estrategia nacional relativa al conocimiento, al establecer el reconocimiento del interés público del conocimiento y su importancia fundamental para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional.

Tenemos ahora que desarrollar una estrategia que nos permita defendernos de la apropiación de conocimientos colectivos, que propicie la investigación, que proteja a los autores y a los innovadores, que permita el acceso a la cultura universal, que haga realidad la !nhelada transferencia tecnológica, que fortalezca a nuestros emprendedores y que nos permita compartir las ideas como hermanos.

Rafael Miranda Pérez, del Centro de Estudios sobre las revoluciones en México, reflexiona: "El conocimiento nos permite orientar con claridad nuestra actividad transformadora, definir hacía donde queremos ir y como hacerlo. Nos libera de la camisa de fuerza que es para el pensamiento la propaganda neoliberal, permitiéndonos interpretar de forma diversa la realidad y concebir distintas propuestas de convivencia humana. El mejor amigo de la utopía es el saber, los sueños se realizan despertando". [4]

En materia de administración del conocimiento humano, quizá como ninguna otra es pertinente la frase del gran maestro Samuel Robinson: O inventamos o erramos.

[1Mae Wan Ho, Eva Novotny, Phillip Weber. Hacia una Convención del Conocimiento. Traducción Leonardo Manzo

[2Catherine Walsh. Geopolíticas del conocimiento, interculturalidad y descolonialización. Boletín ICCI-ARY Rimay, Año 6, No. 60, Marzo del 2004

[3Pedro de las Heras y Jesús M. Gonzalez Barahona. Y la información será libre ¿o no? Universidad Rey Juan Carlos. Compillación de ensayos sobre software libre

[4Rafael Miranda Pérez. Investigador del Centro de Estudios sobre las revoluciones en México