Cuando de poner las cosas en su sitio se trata, en asuntos de carácter institucional, debemos referinos indubitablemente al ejercicio de los deberes y derechos, que cada integrante de una comunidad tiene, si acredita que está integrado y pertenece formalmente a ella, de acuerdo a sus estatutos y reglamentos que son la Constitución y leyes de la misma.

Para el caso del Partido Aprista Peruano, diremos que con la cercanía de sus elecciones internas, se ha desatado una serie de opiniones y de actitudes que deben servirnos para aclarar que las soluciones de los cuestionamientos, deben, obligatoriamente, tener como referente a su estatuto. Dicho esto, reproducimos algunos artículos del Título IV "De los Derechos y Deberes":

Artículo 15.-" Los apristas, sin excepción y sin distinción de sexo, raza, religión y opinión, tienen iguales derechos y obligaciones dentro de la ideología y doctrina aprista.

Artículo 16.- Los afiliados gozan de los derechos de elegir y ser elegidos, escoger voluntariamente la actividad que deseen desarrollar y ejercitar, dentro de sus organizaciones, los derechos de iniciativa y de crítica estan garantizados.

Artículo 18.- Los deberes del aprista son: político, sindical y gremial; cultural, social y económico. El cumplimiento de estos deberes da al afiliado la categoría integral de militante y los derechos correspondientes.

Frente a la posibilidad de que no existan iguales derechos que emanan indudablemente, del cumplimiento de las obligaciones, se deben cuestionar enérgicamente, todas aquellas medidas que disfrazadas de normas (serían antiestatutarias, es decir inconstitucionales), impidan el ejercicio de su derecho al afiliado. Si, por ejemplo, tenemos el caso de un obrero, empleado o un trabajador informal que es un destacado líder y dirigente de su gremio, cumpliendo de esta forma su deber u obligación sindical y gremial apristamente, y que su sueldo, salario, emolumento o ganancia mensual no
pasa del mínimo vital que bordea los 500 soles ¿cómo puede ser representante de nuestro Frente Unico de Trabajadores Manuales e Intelectuales, si se le obliga a pagar S/ 3,300 soles como inscripción? Ni que hablar de los sectores estudiantiles y de organizaciones de base.

¿Es racional que se tome como referencia para un proceso partidario la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) que tiene una connotación de carácter empresarial y contable para efectos fiscales? Entonces, ¿a quiénes se pretende aplicar estas medidas? ¿a los militantes que luchan por la justicia social y que demandan en nombre de millones de desempleados que haya más puestos de trabajo?

O es el camino expedito para los que sin haber cumplido alguno de los deberes estatutarios obligatorios, puedan acceder a representar a una organización que no la han sufrido, vivido ni sentido. Con el agravante de que la trayectoria u hoja de vida no estará garantizada en su veracidad y legitimidad interna y externa, bajo el paraguas de haber cancelado los S/. 3,300 soles.

A lo largo de la historia, ha sido Víctor Raúl Haya de la Torre, el ciudadano peruano que logró incorporar a las masas desposeídas a la posibilidad de protagonizar la historia política de nuestra patria. Es el mismo que con su prédica y empeño, vio llegar al Congreso a humildes como Manuel Arévalo, obrero cañero, Arturo Sabroso Montoya, lider sindical textil, al obrero Juan Guerrero Químper, al chofer Fausto Jara Rendón, a Alfredo Tello Salavarría, profesor de escuela y líder combatiente en la revolución de Trujillo 1932, a estudiantes y verdaderos jóvenes "treintones" como Manuel Seoane Corrales, Luis Alberto Sánchez, Luis Heysen, y tantos otros que sería largo enumerar. Nunca se le ocurrió que una Comisión Electoral cobrara irracionalmente sumas inalcanzables por su participación, a sus líderes locales y nacionales.

Todo aquello que comienza por ser una marcha en reversa internamente frente a la historia que ha protagonizado nuestro partido, sólo puede entenderse como una incomprensión alucinante del momento que vive la historia de la inmensa mayoría peruana, entre las que se encuentra el 98% de la masa aprista, en materia de ingresos económicos para supervivir diariamente. ¿Y se viene a dar una bofetada de S/ 3, 300 soles a quienes consideramos que estamos en el Partido del Pueblo? Cualquier respuesta debe considerar la ubicación exacta, ideologógica y doctrinaria, de lo que significa nuestro Partido como propuesta frente a la sociedad.

Para no abundar más, porque ¡habría mucho pan que rebanar! y es necesario deslindar estos asuntos en el interior de nuestro partido, diremos que, la ley 28094, Ley de Partidos Políticos, adolece de establecer criterios unformes para la ciudadanía en general en materia de cobros y costos por participación en eventos de naturaleza representativa. Si de competir por quien "da más plata" o "paga más" se trata, no nos interesa que grupos de empresarios o tagarotes compitan, pero en sus respectivos partidos, clanes o clubes o S.A-Cs, pero en la mejor herramienta que tiene la nación para reivindicar los derechos de la ciudadanía que es el PAP, no lo aceptamos.

Será importante, será necesario que quienes actúan como nefelíbatas, bajen a tierra y pisen el suelo firme que es la realidad nacional y que engloba a nuestra militancia mayoritaria en todo el Perú. estamos aquí, porque creemos en una doctrina y en principios indiscutibles de Justicia y Solidaridad, no estamos aquí porque nos gusta una cara bonita o un interés premeditado.

Confiamos en que nuestra acción y prédica, más temprano que tarde significará la reivindicación del Frente Unico de Trabajadores Manuales e Intelectuales, creación y vigencia de Haya de la Torre.

¡Hay que romper el pacto infame y tácito de hablar a media voz!