En su condena de primera instancia, la jueza condenó a idénticas penalidades a los periodistas Patricio Caldichoury y Fernando Reyes, además del productor Raúl Poblete, todos de la misma estación, por haber difundido el 5 de noviembre de 2003 un video grabado con cámara oculta al juez Daniel Calvo Flores por un conocido suyo, Sebastián Rodríguez, ex encargado de un sauna de homosexuales frecuentado por el magistrado.

La jueza Pérez invocó el inciso primero del artículo 161A del Código Penal, que sanciona la captación de imágenes captadas con cámara oculta, una disposición que la justicia aplica por primera vez en este país, donde existen, además, muchas otras normas y leyes que limitan los derechos de libre expresión e información. El procedimiento legal contra los periodistas fue dispuesto corporativamente por la Corte Suprema en 2003, simultáneamente con la adopción de sanciones contra Calvo. El artículo 161A contiene otros incisos que contemplan castigos más duros.

El video, que fue conocido previamente por el afectado y el Poder Judicial antes de su difusión, condujo a la Corte Suprema a sacar al ministro Calvo de una causa de pedofilia que entonces investigaba, conocida como "el Caso Spiniak", que todavía no tiene culpables. Calvo fue suspendido del Poder Judicial por cuatro meses sin goce de sueldo y removido de la Corte de Apelaciones de Santiago, designándosele en un cargo menor, pero al mismo tiempo la justicia cobró una suerte de venganza corporativa contra los periodistas que participaron en el reportaje.

En la grabación que motivo los castigos de la judicatura a su juez y a los periodistas, el magistrado Calvo reconoció haber frecuentado el burdel de homosexuales de Rodríguez, admitió tener "tejado de vidrio" y no poseer "altura moral" para investigar la controvertida causa de pedofilia que afectó al senador de extrema derecha Jovino Novoa.

Transmisión autorizada

La grabación fue transmitida una sola vez por el noticiario de ChileVisión tras un acuerdo previo con la Corte Suprema. Los razonamientos de la sentencia de la ministra Pérez consignan que una vez realizadas las grabaciones, Guillier y Reyes se reunieron con el juez Calvo y el director de Comunicaciones del Poder Judicial, Miguel González, antes de difundir el reportaje sobre la doble vida del magistrado. En esa reunión, Calvo señaló que tal situación ya estaba en conocimiento de su familia y de sus superiores, solicitando solamente que la información "fuera divulgada con altura de miras".

Invocando los acuerdos de esta reunión previa a la transmisión del video, el fallo de la jueza concluyó que este consentimiento para dar a conocer la noticia "con altura de miras" indica "que estos profesionales no incurrieron en la vulneración del artículo 161-A, inciso segundo", que sanciona la difusión de grabaciones de carácter privado con 3 años de prisión y multas de hasta 30 mil dólares, pena que sí fue aplicada a Sebastián Rodríguez.

Hoy nadie recuerda a este sujeto que se presentó voluntariamente en ChileVisión a ofrecer sus servicios de "camarógrafo secreto", con una eficacia garantizada por su amistad con el juez Calvo. Rodriguez alcanzó momentos de gloria en la prensa de farándula y hasta anunció su probable postulación como candidato a concejal, una vez que se vio a sí mismo convertido en un Catón mediático de la moralidad pública.

La sentencia de la ministra Pérez concluyó también que la asistencia del juez a un sauna gay no constituía una causal legal para inhabilitarlo de instruir el sumario del "caso Spiniak", donde el senador involucrado resultó eximido una vez que la ex menor acusadora, Gemita Bueno, retiró sus cargos asegurando que todo fue "mentira".

Reacciones

El Colegio de Periodistas rechazó la decisión de la jueza Pérez, adoptada precisamente cuando la orden acababa de obtener la promesa gubernamental de vetar la reforma a la Constitución que conserva la protección de la "vida pública" de altos funcionarios establecida por la dictadura de Augusto Pinochet, mantenida intacta en una controvertida decisión de la Cámara de Diputados, rechazada por el Senado.

En una manifestación de solidaridad improvisada por los pares de Guillier el viernes frente a la estación ChileVisión, el vicepresidente Paulino Ramírez leyó una declaración pública, en tanto la secretaria general del Colegio, Cecilia Alzamora, explicó que la organización brega porque se modifique el artículo 161A del Código Penal, es decir, la norma aplicada a los periodistas por la jueza Pérez, conocida también como Ley Otero, cuya reforma se debate en el Parlamento, donde estaría quedando mucho peor según estiman los periodistas y varios académicos-abogados ligados a la defensa de derechos humanos y ciudadanos. La disposición sanciona con prisión y multas a quienes capten y difundan imágenes o graben conversaciones en recintos privados que no sean de libre acceso al público.

La estación señaló, por su parte, que "convencidos de la legitimidad de nuestro actuar, ChileVisión respaldará la apelación de nuestros profesionales, con la certeza que los tribunales superiores revisarán este fallo, atendiendo a los argumentos éticos y jurídicos, que garantizan el derecho a la información, principio básico que sustenta una sociedad libre y democrática".

"Condena abusiva"

El Consejo del Colegio de la IV Región (Valparaíso) consideró "abiertamente abusiva la condena contra periodistas que investigaron conductas reprochables de un juez, porque podría representar una reacción de defensa corporativa dentro del Poder Judicial, ya que se trata de la primera oportunidad en que la justicia aplica el mencionado inciso y articulado en un proceso de este tipo".

Añadió que "reclamamos el derecho de emplear todos los métodos a nuestro alcance para fundamentar informaciones de especial interés público", recordando que "en el ’Caso Calvo’, "las grabaciones sancionadas por la magistrada permitieron a la Corte Suprema adoptar medidas disciplinarias contra un juez de la República que había incurrido en conductas y acciones indecorosas que le restaban autoridad moral para llevar adelante un proceso de gran conmoción y trascendencia pública".

"Es decir, por una parte el trabajo de los periodistas es castigado por la Justicia y, por otra, los propios organismos judiciales utilizan el producto de ese mismo trabajo para evaluar la conducta ética de un magistrado", concluyó una declaración suscrita por Audénico Barría, presidente, y Miguel Tapia, Secretario.

Solidaridad internacional

El presidente del Colegio de Periodistas de Venezuela, Levy Benshimol, envió un mensaje expresando preocupación por la situación judicial de Guillier y solicitó mayor información "para darle nuestro apoyo y respaldo gremial, que bien se lo merece". Benshimol asistió como invitado al XII Congreso Nacional de la orden chilena realizado hace una semana pasada en Valparaíso y Viña del Mar.

La Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP) manifestó, por su parte, "toda la solidaridad y apoyo frente a esta condena tan injusta y aberrante que violenta nuestra condición de periodistas democráticos que luchamos por la vigencia plena de la libertad de expresión y el derecho de los pueblos a estar oportuna y verazmente informados", según un mensaje dirigido a Guillier por su Tesorero, Guillermo Torres, ex presidente del Colegio chileno.

La comunicación extendió la solidaridad de FELAP "a nuestros colegas Patricio Caldichoury, Fernando Reyes y Raúl Poblete, quienes también han tenido que soportar las injustas determinaciones de un Poder Judicial que, no hay que olvidarlo, figura entre las instituciones más desprestigiadas entre la sociedad chilena".

"Cuenta con la solidaridad plena de la FELAP y de nuestros esfuerzos por denunciar, en todos los ámbitos posibles de la comunidad internacional, este nuevo atropello al esfuerzo y compromiso de los periodistas chilenos con el irrestricto derecho a la información", concluyó Torres.