Ni en España, ni en los EEUU, ni en la República Bolivariana de Venezuela… ni tantos otros países democráticos. En ese sentido, las cosas son iguales aquí y allá. Y en otros sentidos, también: en los tres países citados rigen constituciones que protegen el derecho a la información, y en los tres países gobiernan presidentes elegidos por las urnas con sistemas democráticos. Hay algunas diferencias. En EEUU, por ejemplo, el país que presume de la madre de todas las democracias, el resultado electoral que llevó a Bush a la presidencia tardó en conocerse más días que en algunos de los países llamados tercermundistas. Pero en los tres, si un periodista comete un delito y es acusado por un particular, tiene juicio. Y nadie puede acusar por ello al gobierno de persecución a la prensa.
Nadie puede, aunque en Venezuela se hace, y hay una cierta prensa que lo repite y lo amplifica, en nombre de una libertad de expresión que conviene analizar.

Derecho a ser parcial o derecho a despistar

Constitución española de 1978, artículo 20: “libertad de expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones” y derecho a “comunicar y recibir información veraz por cualquier medio de difusión”. Los constitucionalistas estuvieron redundantes, la redacción del texto es epitética: la información si no es verdad no es información. Y la verdad a medias, tampoco, induce a error.

Puede ser verdad que Repsol financie obras sociales en América Latina. Sin embargo, no por eso hay que creer que Repsol es una empresa solidaria con el desarrollo social de América Latina. Que divulguen los medios ampliamente las investigaciones judiciales en curso en Bolivia sobre presuntos delitos de contrabando de Repsol-YPF (8 millones de euros), irregularidades arancelarias (8 millones de dólares), fraude (falta de autorización de una planta gasificadota en Campo Margarita)… Así los lectores podremos llegar a conclusiones veraces.
Rodeados de fragmentos veraces, los lectores y telespectadores terminamos condenados a defendernos de tanta información muy veraz pero muy insustancial.
La constitución española del 78 no protegió la garantía de ser informados sobre aquello que atañe, condiciona, afecta y regula efectivamente nuestras vidas: la información pertinente. Lo oportuno.
Los gabinetes de prensa y comunicación de empresas e instituciones inundan las redacciones de información fácil, regalada. Pero información no suele ser aquello que la fuente informativa está encantada de decir sobre sí misma. Información es aquello que la fuente trata de ocultar: los datos resistentes. Materia cara, costosa. Y peligrosa. ¿Por qué los medios españoles nunca publican noticias negativas sobre El Corte Inglés?

Los fabricantes de denuncias

Un periodista de cualquier parte del mundo viene a Venezuela y encuentra periódicos y emisoras de televisión y radio que insultan a diario al presidente y a las instituciones bolivarianas. No hay que rastrear para encontrar ejemplos.
Organizaciones internacionales colaboradoras con la oposición al gobierno de Chávez se hacen eco de informes tendenciosos en los que se relatan casos de “persecución judicial a periodistas” en Venezuela.
Hablamos por ejemplo de la SIP (Sociedad Interamericana de Periodismo). La SIP no representa a la profesión periodística. No la forman periodistas profesionales en defensa de los principios éticos y los valores del periodismo. Es un foro de empresarios capitalistas, gestores afanados por lograr que sus empresas produzcan dividendos, económicos o políticos, es decir, dinero o poder de presión.
La SIP, entre otras entidades que entran en el juego de la oposición en Venezuela, denuncia a veces como atentados contra la libertad de expresión asuntos judiciales de carácter ordinario y privado.
Un editor fue presuntamente asesinado por publicar información relativa a redes de narcotráfico. Es un problema, grave y serio, que afecta a todos y que debe ser prevenido por las estructuras del Estado. Pero no se le puede atribuir al gobierno.
También un miembro del Consejo Nacional Electoral (CNE) –ahora, en este ejemplo, el muerto está en la parte del Estado- murió a balazos en medio de la calle días antes de que se celebrasen las elecciones legislativas el 4 de diciembre de 2005. El Gobierno Bolivariano podría haber esgrimido ese crimen como un atentado terrorista de la oposición contra las instituciones electorales, en el marco de la campaña de adversidad y acoso que la oposición mantenía contra el CNE. No lo hizo. Claro.
La libertad de expresión se defiende haciendo uso riguroso del periodismo. Intoxicando no se defiende. Y esgrimir como agresiones del estado los enjuiciamientos penales que sufren algunos periodistas por su vulneraciones del Código Penal, es, cuando menos, un desliz intoxicante.
Se acaba de celebrar en Quito (Ecuador) la asamblea semestral de la SIP. Periodistas sin Fronteras, a través de su representante, Marcos Fernández, tuvo que reconocer en este encuentro del sindicato continental de editores, que se han vertido infundios sobre la situación de la prensa y la información en Venezuela, y que existe plena libertad de expresión.
La SIP, con gran satisfacción de los socios afines a la política de EEUU, acordó emitir una resolución de condena a Venezuela, por lo juicios que se están desarrollando contra dos periodistas, Ibéyise Pacheco y Gustavo Azócar.
Esos juicios tienen causas estrictamente personales, incoadas por terceros, que han visto vulnerados sus derechos y han cursado la correspondiente demanda contra los periodistas. No es el estado quien está persiguiendo a periodistas. Son sus acciones y los particulares que se sienten víctimas de ellas, quienes les han conducido ante los jueces. No hay ingerencia gubernamental.

El victimario

A Gustavo Azócar, se le acusaba de estafa. Y a Ibéyise Pacheco, de injuria, mediante informaciones falsas –de algunas de las cuales se ha retractado y pedido perdón públicamente.

Ambos disfrutan de libertad actualmente. Aunque siguen pendiente de otros juicios.
Ambos trabajan para medios abiertamente opositores al gobierno bolivariano. Azócar es presentador del programa Café con Azócar en el canal Televisora del Táchira, corresponsal del diario El Universal. Ibéyise escribe en el diario El Nacional.

El coronel Ángel Vellorí presentó dos denuncias contra Ibéyise, una por “difamación y calumnia” y otra por “difamación agravada”. Ella había escrito en una crónica que el oficial había conseguido diplomas falsos para obtener el título de abogado. Se le dictó una condena de 9 meses de cárcel, aunque finalmente el 15 de marzo quedó en arresto domiciliario, con autorización para seguir trabajando. Respecto a la primera denuncia la Pacheco reconoció sus errores ante el querellante. Y la segunda se retiró después de que ambas partes llegaran a un acuerdo: el acusador privado, coronel Ángel Vellorí, ha utilizado la figura del “perdón del ofendido” para permitir el cese de cumplimiento de la condena. El coronel estaba cansado de que le utilizasen como excusa para argumentar que en Venezuela se persigue judicialmente a los periodistas.

A esta periodista le queda pendiente aún otro proceso judicial por otra denuncia.
A Gustavo Azócar Alcalá se le ha investigado por “desvío de fondos públicos” y “estafa” como consecuencia de una demanda presentada por Ronaldo Blanco La Cruz, gobernador del Estado de Táchira. Gustavo quedó en libertad el 22 de marzo, tras una audiencia especial.
El ordenamiento jurídico de Venezuela respeta el artículo 11 de los Derechos Humanos que se promulgaron el 5 de octubre de 1978. La libertad de expresión se reconoce como derecho inalienable y a la vez se fijan responsabilidades ulteriores en su ejercicio.
Quien use la libertad de expresión es responsable de los abusos de esa libertad en los casos determinados por la ley. Nadie puede ampararse en él para vulnerar la honra de otras personas, atentar contra el orden o la salud públicas, la seguridad nacional, etc.
Tampoco se pueden esgrimir como agresiones del Estado los actos administrativos ordinarios que se realizan en cumplimiento de la normativa fiscal.
No es un atentado contra la libertad de expresión que el Seniat –el organismo encargado de la gestión de impuestos- cierre durante cuarenta y ocho horas el diario El Impulso.
Es una medida sancionadora por no estar al día en el pago de los impuestos. El Seniat cierra durante cuarenta y ocho horas a cualquier empresa que no tenga actualizadas sus cuotas y les impone una multa simbólica de 700 bolívares, la cuarta parte de un euro, además de exigirles la actualización del impuesto adeudado. Le ha ocurrido lo mismo a montones de empresas, desde La Joyería La Francia situada en la Plaza Bolívar en el centro de Caracas a la empresa petrolera Shell, que sufrió en enero de 2006 una multa de más de 28 millardos de bolívares en concepto de impuestos e intereses.

Tampoco son un atentado las medidas cautelares que un juez pueda aplicar para proteger otros derechos que entran en colisión con la libertad de expresión.

Todos los ordenamientos jurídicos de cualquier estado de derecho limitan el ejercicio de cada libertad pública con el necesario respeto a los otros derechos fundamentales.
El Fiscal General de la República de Venezuela ha restringido la posibilidad de que los medios sigan publicando las actas del procedimiento judicial abierto por el asesinato del fiscal Danilo Anderson. Las actas son secretas mientras el procedimiento judicial está en curso, es un delito filtrarlas, porque su divulgación pone en riesgo la vida de los testigos y es preciso protegerles para que sus testimonios se produzcan sin presiones o amenazas chantajistas.
La libertad de información no se protege por ninguna constitución para que obstaculice la administración de la justicia, ni el ejercicio de otros derechos.

De qué hablan los medios y de qué no hablan: la parcialidad

Hay organizaciones internacionales que pasan los días elaborando informes de denuncia de agresiones contra la libertad de expresión en Venezuela. Los medios, los mismos que olvidan hablar de los problemas de Repsol YPF con la justicia en Bolivia, se hacen eco de esos informes acusatorios, sin contrastar lo que contienen.
Se trata de los mismos medios que también olvidan hablar, por ejemplo, de que en enero una delegación norteamericana de 23 juristas, organizada por el Gremio Nacional de Abogados de Estados Unidos, realizó una auditoria sobre derechos humanos en Venezuela y emitió un informe de situación favorable al ejercicio de los derechos. Los técnicos norteamericanos concluyeron afirmando que existe una total libertad de expresión y las ideas "se debaten con emoción pero con tranquilidad".

Derecho a la información oportuna

La Constitución Bolivariana de 1999, protege la libertad de expresión en su artículo 57. En el 58 protege el derecho a la información. Y lo protege con un término que hubiera sido interesante que apareciese también en la Constitución española del 78. Literalmente dice: “toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución…”. Oportuna.
La información precisa, para ser realmente información y no propaganda, precisa ser oportuna. Lo irrelevante puede ser cierto, muy cierto, y conducir a conclusiones erróneas. Es verdad que esos dos periodistas estaban retenidos, arrestada en casa ella y en la cárcel él. Pero es oportuno explicar por qué razones. No explicarlo significa intoxicar.