Por ser continuadora de un organismo existente, sucesor a su vez de La Oficina que infiltró grupos de Izquierda en los primeros años de la transición provocando ácidas críticas, la creación de la ANI se mantuvo relativamente callada. Estuvo varios años en el Congreso, hasta que el presidente de la República decidió apurar el tranco en función -principalmente- de las nuevas exigencias de la situación internacional y la presión de EE.UU., orientada a centrar la atención en “el crimen organizado, el terrorismo y el narcotráfico”.

Iguales pero distintos

Cuidando un bajo perfil, la ANI y el Sistema Nacional de Inteligencia han sido presentados como legalización de algo ya existente. Sin embargo, es mucho más. Debe verse como un paso en la creación de una red de servicios de inteligencia que puede, en caso necesario, controlar la actividad nacional. Además de la ANI, cabeza del sistema, hay otros siete organismos de inteligencia en funcionamiento: los tres correspondientes a cada una de las ramas de las FF.AA., el servicio de inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, el servicio de inteligencia de Carabineros, el de Investigaciones y la Inteligencia de Gendarmería.

Oficialmente, la justificación tiene que ver con que “el Estado democrático tiene derecho a defenderse”. Se agrega: “Debe hacerlo con las armas propias de la democracia. Esto es, en el marco establecido por la Constitución y las leyes. Esta es la piedra angular de la tarea que cumplirá la ANI y responderá ante el presidente de la República y el Congreso y sólo podrá llevar a cabo acciones intrusivas con permiso judicial”.

Aunque la idea de la ANI se remonta a los primeros años de la transición, hubo otro tipo de intentos. Los servicios de inteligencia de las FF.AA. horquillaban al naciente gobierno democrático que trató de desarrollar un aparato de contraespionaje -el Plan Halcón- impulsado por el general (r) Horacio Toro, director de Investigaciones. El plan abortó. La situación se puso más espinuda cuando el ejército grabó una conversación del entonces senador Sebastián Piñera, cuya transmisión por televisión provocó un escándalo político y el breve rapto de uno de los hijos del parlamentario con fines intimidatorios. Cerrada la posibilidad de actuar por el lado de Investigaciones, el gobierno del presidente Aylwin dio luz verde a La Oficina, a cargo de Marcelo Schilling, que se empeñó en acciones de infiltración y soborno para desarticular grupos armados de Izquierda.

Posteriormente se creó la Dirección de Seguridad Pública, que tuvo entre sus directores primero a Mario Papi y luego a Isidro Solís, bajo cuya dirección terminó la actuación operativa del grupo Lautaro con la detención de su jefe, Guillermo Ossandón Cañas, hoy en libertad.

Una constante de todo el tiempo ha sido la actuación autónoma de la Inteligencia de las Fuerzas Armadas. Se han detectado actividades de inteligencia militar contra detectives y jefes del Departamento V de Investigaciones, encargados de pesquisar violaciones a los derechos humanos. Se dice, incluso, que la inteligencia militar realizó entre 1998 y 2001 una operación dirigida a desestabilizar a Nelson Mery, director de Investigaciones, que finalmente resultó exitosa.

¿Inteligencia para qué?

El artículo 3º de la ley 19. 974 define: “El Sistema de Inteligencia del Estado es el conjunto de organizaciones de inteligencia, independientes entre sí, funcionalmente coordinadas, que dirigen y ejecutan actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia para asesorar al presidente de la República y a los diversos niveles de conducción del Estado con el propósito de proteger la soberanía nacional y preservar el orden constitucional y, además, formular apreciaciones de inteligencia para la consecución de sus objetivos nacionales”.

A continuación, establece como norma rectora el principio de legalidad. “Los organismos y servicios de inteligencia y sus integrantes deberán sujetarse siempre en el cumplimiento de sus objetivos y funciones a la Constitución Política del Estado y a las leyes de la República”. Algo que en materia de inteligencia parece tener negada su materialización práctica, de acuerdo a la experiencia nacional e internacional. Debe considerarse más bien una expresión de buenos deseos o la fijación de una meta eventualmente inalcanzable.

El Sistema Nacional de Inteligencia, integrado, como dijimos, por los ocho organismos existentes, es orientado por un comité técnico que preside el director de la ANI. Su objetivo: coordinar la acción de los diversos servicios, optimizar su labor y el flujo de informaciones que se intercambie. En ese esquema, la ANI produce inteligencia específicamente para la toma de decisiones del presidente de la República y los niveles cupulares del Estado. Recolecta información nacional e internacional y puede requerirla de los demás servicios. En el papel, la clave del sistema es la ANI. En la realidad, todo puede ser muy distinto. Las FF.AA. tienen alto grado de autonomía y trazan sus propias políticas de inteligencia, que mantienen celosamente en reserva. Lo hacen porque la inteligencia es parte de su poder político. Difícilmente actuarán con transparencia.

Terrorismo, crimen organizado y narcotráfico

Habitualmente la inteligencia se obtiene de fuentes abiertas. Pero hay ocasiones en que eso no es posible. Eso justifica la utilización de métodos intrusivos llamados procedimientos especiales de obtención de información. Aclara la ley que “dichos procedimientos estarán limitados exclusivamente a actividades de inteligencia y contrainteligencia que tengan por objetivo resguardar la seguridad nacional y proteger a Chile y su pueblo de las amenazas del terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico”.

Los procedimentos especiales pueden ser utilizados -o dispuestos- tanto por la ANI como por todos los demás integrantes del Sistema Nacional de Inteligencia. Siempre, autorizados por un ministro de Corte de Apelaciones que conocerá y resolverá en secreto.

Los procedimientos especiales son, básicamente, intervención de comunicaciones de todo tipo: correspondencia, comunicaciones telefónicas, informáticas y radiales; escucha y grabación electrónica, incluyendo la audiovisual y, en general, la intervención de “cualesquiera otros sistemas tecnológicos destinados a la transmisión, almacenamiento o procesamiento de comunicaciones o información”.

No son los únicos procedimientos especiales. También lo es la infiltración. Es decir, un funcionario puede ocultar su identidad oficial con la finalidad de obtener información y recabar antecedentes que servirán al proceso de inteligencia. La infiltración no requiere de autorización judicial, la que tampoco es requerida para el uso de informantes: la determinarán tanto el director de la ANI como los jefes de los servicios de inteligencia.

No solamente en las películas sino también en la vida neblinosa de la inteligencia la regla permanente es el secreto. Se considerarán “secretos y de circulación restringida” los antecedentes, informaciones y registros en poder de los organismos de inteligencia o de sus funcionarios.

Serán secretos para los funcionarios “aún después del término de sus funciones en los respectivos servicios”. ¿Hasta cuándo? No lo dice la ley. Tal vez de por vida