La sede de la ONU en la ciudad de Ginebra, Suiza.

El viernes [28 de julio 2006] en Ginebra, Estados Unidos fue sancionado por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, encargado de supervisar el cumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, uno de los dos pilares del sistema de Naciones Unidas.

El dictamen profundiza la sanción infligida por el Comité contra la Tortura [CAT] el pasado mes de mayo respecto al rechazo de Washington a aceptar el control internacional en el combate contra el terrorismo. Las recomendaciones se extienden a presuntas violaciones dentro de su propio territorio sobre discriminación de minorías, seguridad, igualdad e intimidad individual, poniendo el ejemplo de las comunicaciones telefónicas y el correo electrónico vigilados sin intervención judicial.

El gobierno de George Bush tiene un año de plazo para notificar a los 18 expertos independientes de este órgano de la ONU las medidas adoptadas para salir de la marginalización internacional.

La ONU deplora que Estados Unidos no admita sus obligaciones en materia de derechos humanos derivadas de este Pacto fuera de sus fronteras y durante un conflicto armado, como en Afganistán, Irak y Guantánamo, donde ejercen ocupación geográfica y mantienen individuos bajo su jurisdicción, alegando supuestas actividades encubiertas de inteligencia en la guerra contra el terrorismo.

La ONU estima que esa actitud contradice la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia, refrendada por la Asamblea General de Naciones Unidas en su repudio a la invasión de Kuwait por Irak mediante una resolución asimismo aprobada por Estados Unidos en 1990.

A su vez, la ONU manifiesta que espera se le informe de manera completa sobre las condenas por casos de malos tratos en la cárcel de Abu Ghraib, en Irak y «otros lugares en el extranjero», y pide garantías que Estados Unidos haya abolido y depurado responsabilidades penales por emplear técnicas de interrogatorio a prisioneros consideradas actos de tortura, debiendo indemnizar a las víctimas.

Recuerda que están prohibidas «las posturas prolongadas en tensión e incomunicación, privación sensorial, colocación de una capucha, exposición al calor o al frío, alteración del sueño o la dieta, interrogatorios de 20 horas de duración, retiro de la ropa y de los artículos de uso personal, incluidos los religiosos, y afeitado forzoso».

La ONU reitera que también prohíbe las expulsiones o entregas de personas a países donde estarían en peligro de ser torturadas, y que solicitar garantías diplomáticas para esos traslados o devoluciones no es una excusa valida. Si Estados Unidos desoyera suprimir las cárceles secretas como en Guantánamo, la ONU aguarda que el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) tenga acceso a ellas para verificar las condiciones de detención y la situación de los prisioneros, reclamando que todos ellos puedan comparecer ante un tribunal competente, y si entonces no fueran debidamente acusados y enjuiciados, sean puestos en libertad.