Uno, diplomático, con la aprobación el 31 de enero de 1962 de una resolución de la Organización de Estados Americanos (OEA) por la cual Cuba fue excluida del llamado Sistema Interamericano.

El otro, solo cuatro días después, de carácter económico, mediante la firma por el presidente John F. Kennedy de la Orden Ejecutiva Presidencial 3447, estableciendo el mal llamado "embargo " sobre el comercio con la Antilla Mayor. Esa medida, vigente y recrudecida en varios momentos por diferentes administraciones norteamericanas, entró en vigor el siete de febrero.

No es preciso ser muy agudo para comprender el estrecho vínculo entre el acuerdo de la OEA y la decisión de decretar el bloqueo, pues el primero devino el pretexto tan buscado por la Casa Blanca y finalmente fabricado, durante la Octava Reunión de Cancilleres, celebrada en Punta del Este, Uruguay.

No resulta difícil demostrar que ambos episodios tienen como sustento común tergiversaciones y mentiras, que a pesar del enorme cúmulo de acciones ejecutadas por Washington contra La Habana en el casi medio siglo transcurrido, siguen empleando para justificar y ampliar esa guerra económica.

La primera y mayor tergiversación es la denominación de embargo para referirse al bloqueo, pues con ello EE.UU. pretende justificar jurídicamente el ilegal cerco tendido en torno a ese territorio caribeño, y hacer pasar como legal una determinación solo aplicable a otra nación en caso de guerra declarada.

El embargo, valga subrayarlo, resulta definido y aceptado jurídicamente como una " Disposición transitoria de carácter judicial decretada por una nación contra otra, con la finalidad de asegurar el cobro de una deuda."

Teniendo en cuenta ese concepto, Washington argumenta, también de manera tergiversada, que Cuba le confiscó propiedades en 1960, en represalia porque ellos le habían suspendido la cuota azucarera y negado a procesar en sus refinerías locales el petróleo procedente de la Unión Soviética.

En primer lugar no se confiscó, sino nacionalizó propiedades de USA y otros países, en una medida considerada legítima en consonancia con el derecho internacional cuando, como en este caso, se adopta para beneficio popular.

La Ley 851 del Gobierno cubano, dictada en junio de 1960, dispuso, además, que " Cuba pagará la indemnización apropiada a las empresas nacionalizadas conforme a un procedimiento de pago basado en la cuota azucarera."

Según el comportamiento del mercado del azúcar durante los 30 años siguientes -1962-1992- con precios siempre superiores a 5,75 centavos de dólar por libra, se calcula que la ínsula tenía posibilidad de crear un fondo suficiente para pagar la indemnización correspondiente a la Unión.

Pero la Casa Blanca no quiso cobrar por sus propiedades nacionalizadas en la Isla, como sí hicieron británicos, franceses, suizos y españoles.

La confiscación, es oportuno aclarar, no exige indemnización, pues se aplica en caso de delito, tal como ocurrió, por ejemplo, con los bienes del tirano Fulgencio Batista y los personeros de su gobierno.

Resulta necesario enfatizar que en 1975 fue derogado el acuerdo de la OEA que restringió las relaciones comerciales y diplomáticas de los países miembros con Cuba, y con este desaparecieron los argumentos pretextados en 1962 por el vecino norteño, para decretar el bloqueo.

Un dato curioso respecto a la indemnización lo ofreció la doctora Olga Miranda, experimentada jurista, quien fungió hasta su reciente deceso como Presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Internacional, cuando señala que " De las ocho mil 816 empresas nacionalizadas que han presentado reclamaciones fueron reconocidas cinco mil 911, afectadas en un valor estimado en mil 851 millones."

"Hace tiempo —comentó— que esta gente dejó de estar afectada, además la cifra es ínfima comparada con el capital de esas empresas, pero ahora no pueden comerciar con Cuba. De los cinco mil 911 algunos vienen y dicen: ’ No queremos reclamar, queremos comerciar. Que me pongan en la lista para cuando se caiga el bloqueo invertir en Cuba."

Desechos los pretextos, como se aprecia, ¿qué fundamentos le pueden quedar a Estados Unidos, como no sea su condición de gran potencia imperial dirigida por una casta arrogante y neo conservadora, para mantener una legislación ilegal con alcance extraterritorial?.

Solo la enfermiza obsesión anticubana de Bush, y sus compromisos políticos con la mafia de origen cubano asentada en Miami, explican el empecinamiento en mantener una legislación cada vez menos apoyada hasta por los círculos empresariales y legislativos de EE.UU.

Agencia Cubana de Noticias