El Servicio Profesional de Carrera, que depende de la Secretaría de la Función Pública (SFP), no seleccionó a los mejores candidatos para ocupar plazas en las 77 dependencias y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal Centralizada.

La Ley del Servicio Profesional de Carrera establece que la operación de éste se debe sujetar a la legalidad, la objetividad, la imparcialidad y la competencia por mérito. No obstante, en la Revisión de la Cuenta Pública 2005, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó que de los mil 524 concursos declarados ganados, en 79 no se escogió al postulante mejor calificado en el proceso de ingreso a través del sistema trabajaEn.

Así, en 12 de las 28 plazas correspondientes a director y director general adjunto, adscritos a ocho dependencias y cuatro órganos desconcentrados, se eligieron a funcionarios con calificaciones por debajo de lo establecido. “Los aspirantes no debieron continuar participando en el proceso de selección, ya que su calificación fue menor a la mínima requerida, en incumplimiento del artículo 32 de dicha Ley”, señala el máximo órgano de fiscalización.

La SFP admitió a un director general y otro adjunto con tres y 10 puntos menores a 70, calificación mínima requerida. Lo mismo sucedió en la Secretaría de la Reforma Agraria, donde la vacante de director general fue ocupada por un servidor público que obtuvo 58. Dos directivos en la Secretaría de Salud también obtuvieron puntuaciones menores a 70 y en la Secretaría de Educación Pública uno más alcanzó 66.7 en su examen.

También en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y el Instituto Nacional de Ecología se concedieron puestos en direcciones generales y adjuntas a funcionarios con calificaciones que van desde los 58 a los 60 puntos.

“Los Comités Técnicos de Selección de cada dependencia no contaron con los parámetros empleados en la entrevista de selección de candidatos, por lo que no fue posible verificar si se eligió a los candidatos que demostraron satisfacer los requisitos del cargo y ser los más aptos para desempeñarlo”, subraya la ASF.

La Auditoría emitió seis promociones de intervención de la instancia de control de cada dependencia para realizar las investigaciones pertinentes y, en su caso, fincar responsabilidades administrativas sancionatorias derivadas de los actos u omisiones de los servidores públicos que autorizaron dichas contrataciones.

Además ni Función Pública, ni la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ni la Semarnat introdujeron mecanismos confiables para comprobar la legalidad de los documentos proporcionados por los aspirantes para el proceso de ingreso. Éstas son las dependencias con el mayor número de plazas sujetas al Servicio Profesional de Carrera.

Discrecionalidad y desorden

El órgano fiscalizador advierte que los supuestos establecidos por la Función Pública en el sistema trabajaEn –página electrónica diseñada para administrar la información captada durante el reclutamiento y selección de aspirantes– se aplicaron sin notificar previamente a las entidades, “lo que ocasionó discrecionalidad en el proceso de selección”.

El diputado perredista Hugo Eduardo Martínez Padilla, de la Comisión de Vigilancia, opina que el fin de captar a los servidores públicos más aptos fue utópico: “Se ha degradado mucho con la actividad del mismo. A nosotros se nos ha informado que hay gente privilegiada a quien se le permite hacer los exámenes y ascender, entonces se pierde el espíritu inicial y mientras esté coordinado por Función Pública, no habrá un ente que vigile que se ascienda de manera honesta, sin mano negra”.

Pese a que el artículo 17 de la Ley del Servicio Profesional indica que el Registro Único (RUSP) deberá incluir a cada servidor público que ingrese al sistema, su proceso de capacitación y desarrollo, trabajaEn no permitió identificar cuántos de los 64 mil 775 aspirantes registrados en 2005 fueron servidores públicos, mientras que 17 dependencias no reportaron información relativa a sus plazas.

Martínez Padilla sugiere que hace falta optimizar el programa: “El Servicio Profesional inició como un boom publicitario para aquietar a los burócratas y darles la posibilidad de ascender, pero nunca le hicieron ajustes; entonces no hay seguridad ni control sobre el mismo, porque ya no es una prioridad”.

Xavier Ponce de León, vicepresidente del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), sostiene que se debe estabilizar la operación del Servicio Profesional, toda vez que para las dependencias no ha sido fácil definir bien sus estructuras de organización, describir cada uno de sus puestos y los requisitos a cubrir.

“Todo es muy apresurado cuando concursan la plaza y hacen la selección, todavía no tienen la descripción de la plaza cuando ya tienen la vacante, entonces hay que despresurizar a las dependencias para tranquilamente seleccionar al mejor candidato. La Ley no ha entrado plenamente en vigor y, para hacerlo, la operación debe recaer en cada dependencia”, subraya Ponce de León.

El académico califica la Ley del Servicio Profesional de Carrera como clara para el ingreso y permanencia de servidores públicos, opaca para la salida y omisa en el desarrollo del personal ya ocupado por cada dependencia. “La Ley debería captar potencial de mejora para el servicio público y comprometer el fomento a las instituciones, de tal manera que el personal se desarrolle. La Ley no es para el servicio de carrera de los servidores públicos y no se puede estar reinventando personal en lugar de perfeccionarlo”.

Al respecto, la ASF observa que Función Pública no tiene mecanismos que permitan identificar a los servidores públicos candidatos. Tampoco permitió integrar la información respecto a los cursos de capacitación, certificación de habilidades, planes de carrera, promociones, puntuación, movimientos laterales, resultados de las evaluaciones de desempeño, licencias, historial laboral, intercambios y compatibilidades.

“Por lo que no fue posible identificar a los servidores públicos con el perfil profesional para ocupar plazas de nivel superior u homólogo con base en los conocimientos, habilidades, experiencia y en los logros alcanzados”, apunta la Auditoría.

El vicepresidente del INAP reitera que la Ley no tiene clara ni la continuidad del servidor público, ni la aspiración a otro puesto: “Los contratan para ese puesto y para otro, no cuenta lo que se haya tenido. La Ley es para quien desee permanecer en el puesto, porque se hacen evaluaciones semestrales”.

La SFP tampoco estableció mecanismos de control para conocer el total las plazas vacantes en las 77 dependencias y careció del registro de 9 mil 815 plazas, a efecto de que fueran concursadas. Por lo demás, no se actualizó el Catálogo de Puestos, lo que impidió determinar las necesidades cuantitativas y cualitativas de personal que requirió la Administración Pública Federal.

A la par no hubo registro de las estructuras orgánicas para controlar los movimientos organizacionales de los puestos ni manuales de organización y procedimientos para el funcionamiento del Servicio Profesional.

Bajo ese tenor, hasta diciembre de 2006 la SFP no había publicado en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para regular la compatibilidad en el desempeño de dos o más cargos, empleos o comisiones y la aprobación de personal de enlace y convenios de intercambio.

Programa sin metas

El programa para el Servicio Profesional de Carrera 2004-2006 no consideró ninguna meta respecto de la base jurídica para su organización, funcionamiento y desarrollo. Asimismo, “no se incluyeron objetivos e indicadores que evaluaran los principios rectores de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad y competencia”, afirma la ASF.

La entidad añade que los 24 indicadores establecidos por la SFP resultaron insuficientes para evaluar si se cumplió o no el objetivo de la Ley del Servicio Profesional de Carrera de garantizar la igualdad de oportunidades y el impulso de la función pública en beneficio de la sociedad.

Para evaluar el avance en la instrumentación del Servicio Profesional en cada dependencia, la SFP estableció que cada secretaría y órgano debía alcanzar un total de 541 a 600 puntos acumulados durante 2005 y de 601 a mil en 2006. Sin embargo, la Auditoría observó que en 12 de los 24 indicadores, Función Pública estableció porcentajes de avance inferiores al 95 por ciento para que las dependencias alcancen los puntos requeridos.

El máximo órgano de fiscalización considera que “los porcentajes no garantizan que el sistema del Servicio Profesional se aplique en un rango satisfactorio”. Tanto Función Pública como las otras 74 dependencias cumplieron 118 puntos menos de lo programado, es decir, 80 por ciento de la meta.

Al verificar la capacidad profesional de los 232 funcionarios de la SFP responsables de la aplicación y vigilancia del Servicio Profesional de Carrera, la Auditoría concluyó que no le fue posible saber si el perfil del personal era apto.

Luego de haber aplicado un cuestionario a 39 servidores públicos sobre la actuación de la Función Pública, el 41 por ciento calificó el conocimiento y la preparación del personal que impartió capacitación y asesorías en un rango regular. Y el 73 por ciento consideró de malo a regular las bases de organización y funcionamiento para opera el Servicio Profesional.

El legislador Hugo Eduardo Martínez Padilla describe al Servicio Profesional de Carrera como un programa más, “sin la prioridad ni la intención de hacer más eficaz la administración pública: no hay interés real para mejorarlo ni intención de revivirlo”.

Opacidad en la capacitación

En su objetivo, de introducir en el servicio público fundamentos éticos y de aprendizaje para lograr un comportamiento honorable en los funcionarios, el Servicio Profesional de Carrera tiene como ejes el desarrollo profesional y la capacitación y certificación de servidores públicos.

Con todo, la ASF descubrió que en 2005 la SFP acordó con los Comités Técnicos de Profesionalización y Selección de las entidades que no prepararían a los funcionarios en capacidad del servicio público.

Función Pública le aclaró al órgano fiscalizador que, a partir de 2006, este punto fue incluido en el adiestramiento para la capacidad técnica transversal y no en forma separada. “Por ello –expresa la Auditoría– no fue posible calificar la cobertura de funcionarios instruidos y evaluados en la capacidad de visión del servicio público”.

La SFP creó @Campus México para ofrecer a los servidores públicos cursos de capacitación en línea. En 2005, dicho sistema cibernético contaba con 17 opciones de instituciones de educación superior y despachos de capacitación, pero Función Pública no unificó los contenidos de los cursos.

Durante 2005 no hubo un Programa Anual de Capacitación de los Servidores Públicos que especificara las necesidades de capacitación y las metas en términos de cuántos funcionarios había por instruir.

Además, la SFP no creó indicadores de desempeño que permitieran evaluar si la instrucción les permitió a los aspirantes desarrollar, complementar, perfeccionar y prepararse para su puesto. En promedio, cada uno de los 16 mil 209 servidores públicos recibió dos cursos de capacitación gerencial o directiva, es decir, el 39 por ciento del total de aspirantes.

Martínez Padilla propone que los cursos sean impartidos fuera de las dependencias, pues “para mejorar a una persona, a veces, hay que sacarla de su entorno para generar condiciones más propicias o hasta inventivas, pero en base a la experiencia ajena”.

A fin de legitimar las habilidades adquiridas, Función Pública contrató al Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (Ceneval) para elaborar los reactivos que refrendaran capacidades gerenciales y de visión del servicio público. En el examen participaron 2 mil 345 servidores públicos, pero la SFP no contó con los resultados obtenidos de esta prueba piloto y no se pudo determinar si los cursos permitieron que los servidores públicos obtuvieran su certificación.

Si bien Ponce de León asegura que es casi imposible improvisar a una persona en un puesto, menciona que los exámenes exageran en los requisitos para optar por una posición: “Los servidores tienen problemas para aspirar a un puesto dentro de su dependencia y candidatos externos tienen más posibilidades. Eso hay que arreglarlo. No hay que descapitalizarse, no hay que perder buenos recursos humanos. El recurso humano es el capital de la dependencia y debe cuidarlo, fomentarlo, desarrollarlo, no es un lastre y menos cuando ha sido seleccionado y calificado”.

Optimización necesaria

La SHCP no incluyó en el proyecto anual del Presupuesto de Egresos de la Federación las previsiones necesarias para cubrir las erogaciones para aplicar la Ley del Servicio Profesional, ya que la SFP no publicó oportunamente el Programa para el Servicio Profesional de Carrera.

El total de presupuesto fue de 496 millones 452 mil pesos, de los que se usó el 49 por ciento. La ASF constató que los recursos destinados para introducir el sistema se distribuyeron en el último trimestre de 2005, lo que generó que las dependencias reintegraran la parte que no se ejerció y en algunos casos la totalidad a la Tesorería de la Federación.

Por cada dependencia se erogaron 982 mil pesos en la operación del servicio y por funcionario el gasto fue de 5 mil pesos y de 85 pesos para cada concurso. Para la capacitación se destinaron 170 millones 402 mil pesos, de los que casi 99 por ciento se utilizaron para las unidades administrativas encargadas de instrumentar el Servicio Profesional de Carrera.

“La SFP erogó, con cargo a la actividad de ‘prevenir y abatir la corrupción e impunidad e impulsar la calidad de la gestión pública’, 168 millones 439 mil pesos, monto inferior en 34 por ciento al presupuestado”, resalta el órgano fiscalizador.

La Auditoría Superior de la Federación dictaminó que la “Secretaría de la Función Pública carece de sistemas automatizados para registrar las estructuras orgánicas e identificar los movimientos de las plazas vacantes, así como de procedimientos específicos para seleccionar a los aspirantes ganadores. Por lo que no es posible verificar que las plazas vacantes fueran concursadas y que el proceso de selección se efectuara con base en los principios que rigen el servicio profesional de carrera”.

Martínez Padilla, quien presentó una iniciativa de ley para evaluar el Servicio Profesional de Carrera, puntualiza que el error de la SFP es no vigilar el desempeño del Servicio Profesional de Carrera.

Fecha de publicación: Septiembre 2a quincena de 2007