El Consejo de Seguridad,

Recordando la declaración de la Presidencia S/PRST/2006/15, de 29 de marzo de 2006,

Reafirmando su adhesión al Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares y recordando el derecho de los Estados Partes, de conformidad con los artículos I y II de ese Tratado, de desarrollar la investigación, la producción y la utilización de la energía nuclear con fines pacíficos sin discriminación,

Tomando conocimiento con profunda preocupación de los numerosos informes del Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) y las resoluciones de la Junta de Gobernadores del OIEA relativos al programa nuclear del Irán, de los cuales le dio cuenta el Director General del OIEA, incluida la resolución GOV/2006/14 de la Junta de Gobernadores del OIEA,

Observando con profunda preocupación que en el informe del Director General del OIEA de fecha 27 de febrero de 2006 (GOV/2006/15) se expone un conjunto de cuestiones pendientes y preocupaciones relacionadas con el programa nuclear del Irán, entre ellos asuntos que podrían tener una dimensión nuclear militar, y que el OIEA no está en condiciones de concluir que no existen materiales o actividades nucleares no declarados en el Irán,

Tomando conocimiento con profunda preocupación del informe del Director General del OIEA de fecha 28 de abril de 2006 (GOV/2006/27) y sus conclusiones, entre ellas que, después de que todas las gestiones realizadas por el Organismo durante más de tres años con objeto de obtener aclaraciones acerca de todos los aspectos del programa nuclear del Irán, aún suscitan preocupación las lagunas de conocimientos existentes, así como el hecho de que el OIEA no pueda avanzar en sus esfuerzos tendientes a proporcionar seguridades acerca de la no existencia de materiales o actividades nucleares no declarados en el Irán,

Observando con profunda preocupación que, según se confirma en el informe del Director General del OIEA de 8 de junio de 2006 (GOV/2006/38), el Irán aún no ha adoptado las medidas que le pidió la Junta de Gobernadores del OIEA, reiteradas por el Consejo en su declaración de 29 de marzo, que son indispensables para crear confianza, y en particular la decisión del Irán de reanudar las actividades relacionadas con el enriquecimiento, incluidas las de investigación y desarrollo, su reciente ampliación y los anuncios acerca de tales actividades, así como la de suspender la cooperación con el OIEA con arreglo al protocolo adicional,

Haciendo hincapié en la importancia de las gestiones políticas y diplomáticas encaminadas a hallar una solución negociada que garantice que el programa nuclear del Irán está destinado exclusivamente a fines pacíficos, y observando que una solución de esa índole también redundaría en beneficio de la no proliferación en otros lugares,

Acogiendo con beneplácito la declaración formulada en París por el Ministro de Relaciones Exteriores de Francia, Philippe Douste-Blazy, en nombre de los Ministros de Relaciones Exteriores de Alemania, China, los Estados Unidos, la Federación de Rusia, Francia y el Reino Unido y del Alto Representante de la Unión Europea, el 12 de julio de 2006 (S/2006/573),

Preocupado por el riesgo de proliferación que plantea el programa nuclear del Irán, consciente de su responsabilidad primordial, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, de mantener la paz y la seguridad internacionales, y decidido a impedir el agravamiento de la situación,

Actuando con arreglo al Artículo 40 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas a fin de hacer obligatoria la suspensión requerida por el OIEA,

1. Pide al Irán que adopte sin más demora las medidas solicitadas por la Junta de Gobernadores del OIEA en su resolución GOV/2006/14, que resultan indispensables para crear confianza en los fines exclusivamente pacíficos de su programa nuclear y resolver las cuestiones pendientes;

2. Exige, en este contexto, que el Irán suspenda todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento, incluidas las de investigación y desarrollo, lo que será verificado por el OIEA;

3. Expresa la convicción de que tal suspensión, así como el pleno y comprobado cumplimiento por el Irán de los requisitos establecidos por la Junta de Gobernadores del OIEA, contribuirá al logro de una solución diplomática negociada que garantice que el programa nuclear del Irán está destinado exclusivamente a fines pacíficos, subraya la disposición de la comunidad internacional a trabajar en forma positiva para lograr tal solución, alienta al Irán a que, ajustándose a dichas disposiciones, restablezca el diálogo con la comunidad internacional y con el OIEA, y destaca que tales relaciones serán beneficiosas para el Irán;

4. Hace suyas, en tal sentido, las propuestas de Alemania, China, los Estados Unidos, la Federación de Rusia, Francia y el Reino Unido, con el apoyo del Alto Representante de la Unión Europea, relativas a un mecanismo amplio y a largo plazo que permita entablar relaciones y vínculos de cooperación con el Irán sobre la base del respeto mutuo y el establecimiento de la confianza internacional en el carácter exclusivamente pacífico del programa nuclear del Irán (S/2006/521);

5. Insta a todos los Estados a que, de conformidad con su legislación y sus autoridades jurídicas nacionales y con arreglo al derecho internacional, ejerzan vigilancia e impidan la transferencia de artículos, materiales, bienes y tecnología que puedan contribuir a las actividades relacionadas con el enriquecimiento y el reprocesamiento, así como a los programas de misiles balísticos del Irán;

6. Expresa su determinación de fortalecer la autoridad del proceso del OIEA, apoya con firmeza la función de la Junta de Gobernadores del OIEA, encomia y alienta al Director General del OIEA y a su secretaría por sus constantes esfuerzos, realizados con profesionalismo e imparcialidad, con el fin de resolver todas las cuestiones pendientes en el Irán en el marco del Organismo, subraya la necesidad de que el OIEA siga trabajando para aclarar todas las cuestiones pendientes relacionadas con el programa nuclear del Irán, e insta al Irán a que proceda de conformidad con las disposiciones del protocolo adicional y aplique sin demora todas las medidas relacionadas con la transparencia que solicite el OIEA en apoyo de sus investigaciones en curso;

7. Pide que, a más tardar el 31 de agosto, el Director General del OIEA presente a la Junta de Gobernadores del OIEA, y en forma simultánea al Consejo de Seguridad para su examen, un informe que verse principalmente sobre si el Irán ha demostrado la suspensión completa y sostenida de todas las actividades mencionadas en esta resolución, así como sobre el proceso de cumplimiento por parte del Irán de todas las medidas exigidas por la Junta del OIEA y de las disposiciones antedichas de esta resolución;

8. Expresa su intención, en el caso de que el Irán no haya cumplido para esa fecha las disposiciones de la presente resolución, de adoptar entonces con arreglo al Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, las medidas apropiadas para persuadir al Irán de cumplir la presente resolución y las exigencias del OIEA, y subraya que deberán adoptarse otras decisiones si fuera necesario tomar tales medidas adicionales;

9. Confirma que tales medidas adicionales no serán necesarias en el caso de que el Irán dé cumplimiento a la presente resolución;

10. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

Acta de la sesión

El Presidente (Sr. de La Sablière, Francia) (habla en francés): Deseo informar al Consejo de que he recibido sendas cartas de los representantes de Alemania y de la República Islámica del Irán en las que solicitan que se les invite a participar en el debate sobre el tema que figura en el orden del día del Consejo. Siguiendo la práctica habitual, propongo que, con el consentimiento del Consejo, se invite a esos representantes a participar en el debate sin derecho a voto, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Carta y el artículo 37 del reglamento provisional del Consejo.

Al no haber objeciones, así queda acordado.

Por invitación del Presidente, el Sr. Zarif (Irán) toma asiento a la mesa del Consejo; y el Sr. von Ungern-Sternberg (Alemania) ocupa el asiento que se le ha reservado a un lado del Salón del Consejo.

El Presidente (habla en francés): El Consejo de Seguridad comenzará ahora el examen del tema que figura en el orden del día. El Consejo de Seguridad se reúne de conformidad con el entendimiento alcanzado en sus consultas previas.

Los miembros del Consejo tienen ante sí el documento S/2006/589, en el que figura un proyecto de resolución presentado por Francia, Alemania y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Quisiera señalar a la atención de los miembros del Consejo dos cartas del representante de Francia que figuran en los documentos S/2006/521 y S/2006/573.

También quisiera señalar a la atención de los miembros del Consejo los informes del Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica de fecha 27 de febrero y 28 de abril de 2006, que figuran en los documentos S/2006/150 y S/2006/270, respectivamente.

Entiendo que el Consejo de Seguridad está dispuesto a proceder a la votación sobre el proyecto de resolución. A menos que escuche objeciones, someteré ahora a votación el proyecto de resolución.

Al no haber objeciones, así queda acordado.

Se procede a votación ordinaria.

Votos a favor:

Argentina, China, Congo, Dinamarca, Francia, Ghana, Grecia, Japón, Perú, Federación de Rusia, Eslovaquia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Unida de Tanzanía, Estados Unidos de América.

Votos en contra:

Qatar.

El Presidente (habla en francés): El resultado de la votación es el siguiente: 14 votos a favor y uno en contra. El proyecto de resolución ha sido aprobado como resolución 1696 (2006).

Doy ahora la palabra a los miembros del Consejo que deseen formular declaraciones después de la votación.

Sr. Al-Nasser (Qatar) (habla en árabe): En la vida, las personas se comportan según les convenga. El resultado de su comportamiento es unas veces beneficioso y otras negativo, lo que lleva a la destrucción. Lo mismo ocurre con los fenómenos naturales. Cuando las circunstancias obligan a las personas a vivir en una zona volcánica, donde los volcanes realmente entran en erupción, donde algunos están activos y otros pueden entrar en erupción en cualquier momento, y algunos están dormidos pero pueden registrar actividad en cualquier momento, reina la incertidumbre porque no se sabe cuándo se producirá el fenómeno que he mencionado. En esas circunstancias difíciles, debemos proceder teniendo plenamente en cuenta el comportamiento de los seres humanos.

Durante más de dos decenios, nuestra región ha estado cercada por el fuego. Apenas se consume un foco cuando ya ha prendido el siguiente. Los problemas y el sectarismo atizan las llamas de esos fuegos.

Desde que se llevó al Consejo el programa nuclear del Irán, hemos puesto de relieve reiteradamente la importancia de hallar una solución política a este problema y de dar a la diplomacia tiempo suficiente para lograr una solución pacífica. Ello únicamente puede lograrse si todas las partes en cuestión hacen gala de flexibilidad, buen juicio y sentido de la responsabilidad.

Agradecemos los esfuerzos que han hecho los seis Estados para llegar a una solución pacífica ofreciendo al Irán un conjunto amplio de medidas. Consideramos que se trata de un paso valiente y encomiable. No obstante, entendemos que también se invita seriamente al Irán a disipar las inquietudes de la comunidad internacional relativas a la naturaleza de su programa nuclear, a fin de garantizar que únicamente se utilice para medios pacíficos.

No cabe duda de que la exigencia que todos planteamos es legítima. Sin embargo, no estamos de acuerdo con que se presente este proyecto de resolución cuando nuestra región está en llamas. Nos parece que no habría pasado nada si hubiéramos esperado unos días para agotar todas las posibilidades a fin de determinar cuáles son las verdaderas intenciones del Irán y hasta qué punto está dispuesto a cooperar, principalmente porque el Irán no ha rechazado el conjunto de medidas que se le ofreció; simplemente ha pedido tiempo para examinarlo. Ello nos lleva a pedir a los miembros del Consejo que accedan a esta petición. Hemos sido pacientes y es evidente que el Consejo se ha demorado más en actuar con respecto a temas mucho más candentes.

El Estado de Qatar está plenamente comprometido con la unidad del Consejo, sobre todo cuando se trata de cuestiones muy delicadas. Hemos reiterado nuestra intención de sumarnos a esta unidad. No obstante, presentar este proyecto de resolución en estos momentos críticos no sirve ni para lograr la estabilidad de la región ni la unidad del Consejo. Por el contrario, nos guste o no, no hará sino intensificar la conflagración en nuestra región. ¿Realmente queremos que entre en erupción otro volcán en la región?

Mi país, que no está muy lejos de esa zona —a lo sumo a 200 kilómetros de los reactores nucleares— está plenamente empeñado en convertir al Oriente Medio en una zona libre de armas nucleares. Pero debido a las circunstancias especiales de nuestra región, el hecho de que no se tengan en cuenta nuestras inquietudes ni las cuestiones que recién he señalado no nos ayudará a lograr la unidad del Consejo a la que todos aspiramos.

Sr. Bolton (Estados Unidos de América) (habla en inglés): Han transcurrido cuatro meses desde que el Consejo de Seguridad invitó al Irán a suspender totalmente sus programas nucleares y que ello se pudiera verificar. Han pasado casi dos meses desde que la Unión Europea y tres países más hicieron su generosa oferta, por la que invitaban al Irán a entablar negociaciones y evitar nuevas acciones del Consejo de Seguridad. No olvidemos que esta actividad diplomática había ido precedida de más de tres años de incumplimiento iraní del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares (TNP) y del Acuerdo de Salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Lamentablemente, el Irán ha desafiado sistemática y descaradamente a la comunidad internacional al seguir empeñado en conseguir armas nucleares. La intransigencia y el desafío constantes de los líderes del Irán exigen una respuesta categórica del Consejo. La resolución que hemos adoptado hoy hace precisamente eso.

Nos complace que el Consejo haya tomado medidas claras y firmes con la aprobación de esta resolución. El empeño iraní de conseguir armas nucleares constituye una amenaza directa a la paz y la seguridad internacionales y exige un comunicado claro del Consejo a través de una resolución vinculante.

Esta resolución también exige acción. Transmite a Teherán el mensaje inequívoco de que debe tomar las medidas que exige la Junta de Gobernadores del OIEA, incluida la suspensión plena y sostenida de todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y las actividades de reprocesamiento, con inclusión de las de investigación y desarrollo, y la suspensión de la construcción de su reactor de agua pesada. También insta a los Estados Miembros a que impidan la transferencia de recursos a los programas nucleares y de misiles balísticos del Irán. El Irán debería entender que los Estados Unidos y otros Estados velarán por que las transacciones financieras asociadas a esas actividades relativas a la proliferación también estén sujetas a examen. Los Estados Unidos esperan que el Irán y el resto de Estados Miembros de las Naciones Unidas actúen de inmediato de conformidad con las obligaciones de esta resolución.

Esta es la primera resolución del Consejo de Seguridad sobre él Irán que da respuesta a su programa de armas nucleares y en ella se ven reflejados la gravedad de la situación y la determinación del Consejo. Esperamos que la resolución demuestre al Irán que la mejor manera de poner fin a su aislamiento internacional es, sencillamente, abandonar la idea de tener armas nucleares. Esperamos con interés que el Irán, de manera plena, incondicional e inmediata, acate esta resolución. Esperamos que el Irán llegue a la conclusión estratégica de que los programas de armas de destrucción en masa le traen menos, y no más, seguridad. Sin embargo, es necesario que estemos preparados en caso de que el Irán decida seguir un camino diferente. Por ello es importante que los Estados Unidos y otros Estados Miembros hayan expresado su intención de adoptar las medidas consagradas en el Artículo 41 si llega a darse el caso de que el Irán no acate la resolución.

Por último, deseo dar las gracias a todos los miembros del Consejo por los esfuerzos que han realizado para ayudarnos a garantizar que esta sea una resolución enérgica.

Sir Emyr Jones Parry (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) (habla en inglés): Evitar la proliferación de las armas de destrucción en masa es una de las principales funciones del Consejo de Seguridad en el cumplimiento de su responsabilidades respecto de la paz y al seguridad internacionales. Las actividades nucleares del Irán y el carácter oculto que históricamente han tenido esas actividades, plantean interrogantes en cuanto a si el programa del Irán tiene, como afirma ese país, sólo propósitos civiles. El Reino Unido encomia la constante labor de examen que ha venido llevando a cabo el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) y está profundamente preocupado ante el hecho de que el Irán no ha cooperado plenamente con ese Organismo. Como se señala en la resolución de hoy, después de más de tres años, el Organismo no ha podido llegar a la conclusión de que no existen materiales o actividades nucleares no declarados en el Irán. Siguen, por tanto, sin respuesta importantes interrogantes, incluidas las relacionadas con actividades que pueden tener un carácter nuclear militar.

La comunidad internacional ha demostrado tener gran paciencia y le ha dado al Irán muchas oportunidades para que demuestre que no tiene intenciones de desarrollar armas nucleares. Lamentablemente, el Irán no ha adoptado las medidas que solicitan la Junta de Gobernadores del OEIA y el Consejo de Seguridad, algo que habría ayudado a generar confianza.

El Reino Unido sigue plenamente comprometido a trabajar a favor de una solución negociada. El 6 de junio, la Unión Europea y su Alto Representante, el Sr. Javier Solana, presentó al Irán, en nombre de China, Francia, Alemania, Rusia y el Reino Unido, así como de los Estados Unidos, una nueva serie de propuestas trascendentales e imaginativas para lograr un amplio acuerdo que estaríamos dispuestos a negociar con el Irán. Las propuestas le ofrecen al Irán un camino que le permitiría lograr una solución que tendría como base el respeto y la cooperación mutuos. Esto daría al Irán todo lo que necesita para lograr su reconocida ambición de desarrollar una industria de energía nuclear moderna y para usos civiles. Entre las cosas que recibiría el Irán se incluye un activo apoyo en la construcción de reactores de agua ligera, la participación en una instalación de enriquecimiento de uranio en Rusia y garantías jurídicamente vinculantes relacionadas con el suministro de material nuclear; se daría respuesta a la intención del Irán de no depender de un solo proveedor externo; y se le proporcionaría un importante conjunto de ofertas de cooperación en cuestiones de investigación y desarrollo menos cercanas a la cuestión de la proliferación nuclear. Además, las propuestas también ofrecerían al Irán importantes beneficios políticos y económicos, entre los que se cuenta un acuerdo de comercio y cooperación con la Unión Europea.

Cuando Javier Solana presentó esas propuestas, dejó en claro que era esencial para el Irán dar los pasos indicados por la Junta de Gobernadores del OIEA en sus reiteradas resoluciones y también por el Consejo de Seguridad en su declaración presidencial de 29 de marzo. Esas propuestas incluyen la suspensión total de todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento del uranio, incluidas las actividades de investigación y desarrollo, de manera tal que ello pueda ser verificado por el OIEA. Por nuestra parte, indicamos que si el Irán suspendía todas las actividades de enriquecimiento estaríamos dispuestos a suspender la adopción de medidas ulteriores en el Consejo de Seguridad. La suspensión no obstaculizará, en modo alguno, el desarrollo de una industria de energía nuclear del Irán, pero la continuación de las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento de las actividades, incluidas la investigación y el desarrollo permitirán al Irán acumular experiencia para producir material fisible adecuado para la producción de armas nucleares. Dadas las inquietudes acerca de las ambiciones del Irán, ese no es un riesgo que podamos asumir. Nuestras propuestas sugieren un procedimiento para examinar la moratoria una vez que la confianza internacional en las intenciones del Irán se haya podido restaurar.

El Reino Unido lamenta profundamente que el Irán no haya dado muestras de estar dispuesto a asumir con seriedad el examen de nuestras propuestas ni haya adoptado las medidas necesarias para permitir el inicio de las negociaciones. Llegamos a la conclusión de que no quedaba otra alternativa que no fuera tratar de lograr la resolución de hoy, en la que se establece la obligación para el Irán de suspender completamente todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento del uranio, incluidas las actividades de investigación y desarrollo, todo ello bajo la supervisión del OIEA. Lo que se solicita es una suspensión completa que ayude a generar la atmósfera de confianza genuina que precisan las negociaciones. Las negociaciones no podrán tener éxito si el Irán sigue adelante con las actividades que son la principal fuente de preocupación internacional.

Hemos aprobado esta resolución del Consejo de Seguridad que convierte en obligatoria la suspensión solicitada por el OIEA. Si el Irán se niega a acatarla, trabajaremos a favor de la adopción de medidas al amparo del Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta. Si el Irán aplica las decisiones de la OIEA y del Consejo de Seguridad e inicia negociaciones, estaremos dispuestos a no adoptar ninguna otra medida en el Consejo.

Reiteramos que las propuestas trasmitidas al Irán el 6 de junio por los seis países siguen siendo válidas. Ahora corresponde al Irán hacer la elección. Instamos y alentamos al Irán a emprender el camino positivo y a adoptar las medidas planteadas por la Junta de Gobernadores del OIEA y el Consejo de Seguridad, así como a regresar a las conversaciones sobre la base del ambicioso conjunto de medidas que le hemos presentado.

Sr. Churkin (Federación de Rusia) (habla en ruso): La resolución que acaba de ser aprobada refleja claramente la opinión general del Consejo de Seguridad en el sentido de que es indispensable que el Irán establezca una cooperación plena y transparente con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), de manera que se aclaren cuestiones pendientes relativas a sus actividades nucleares y se restaure la confianza en su programa nuclear. El principal objetivo de la resolución es apoyar los esfuerzos del OIEA para resolver los problemas nucleares del Irán. El Organismo cuenta con la capacidad necesaria para lograr ese fin y seguirá desempeñando un papel central en la solución de las cuestiones de la no proliferación en el marco del programa nuclear del Irán. Esperamos que, con el apoyo del Consejo de Seguridad, en la forma de la resolución de hoy, sea más fácil para la OIEA hacer su trabajo.

Al actuar en virtud del Artículo 40 de la Carta, la resolución convierte en obligatoria la exigencia del OIEA en lo que respecta a la suspensión de Teherán de todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento del uranio. Para el caso en que el Irán no cumpla con lo dispuesto en la resolución, los miembros del Consejo de Seguridad ya han manifestado su intención de emprender las acciones que sean necesarias, en virtud del Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta. Resulta de suma importancia que, como se desprende claramente de la resolución, cualquier medida que se requiera adoptar en el futuro con miras a aplicar la resolución, descarte el uso de la fuerza militar. La suspensión de todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento del uranio por parte del Irán, que se establece en la resolución, no es un objetivo en sí mismo. Ello contribuirá a aclarar las cuestiones que aún se encuentran pendientes respecto de las actividades nucleares del Irán y restablecerá la confianza en su programa nuclear. Es así que, esta medida, de conformidad con el Artículo 40 de la Carta, debe considerarse como una medida provisional durante el período que sea necesario para solucionar esta cuestión.

Si, como esperamos, el Irán cumple con la resolución del Consejo de Seguridad y con las exigencias del OIEA y comienza a celebrar negociaciones, los miembros del Consejo de Seguridad estarían dispuestos a abstenerse de adoptar otras medidas en este contexto. Consideramos que si con estas negociaciones se alcanza una solución positiva para el problema en lo que respecta al cumplimiento de las exigencias del OIEA entonces el Consejo de Seguridad no adoptaría ninguna medida adicional contra el Irán.

Es importante que en la resolución figure una disposición que permita a Teherán la posibilidad de establecer una amplia cooperación internacional a fin de satisfacer sus necesidades energéticas sobre la base de los usos pacíficos de la energía nuclear. Reafirmamos las propuestas que transmitieron al Irán los seis países el 6 de junio de 2006.

Esperamos que Teherán acoja de manera adecuada y con seriedad el contenido de esta resolución y tome las medidas necesarias para volver a abordar la situación en lo que respecta al programa nuclear del Irán. Hacemos un llamamiento a Teherán para que responda positivamente a las propuestas de los seis países.

Sr. Liu Zhenmin (China) (habla en chino): Desde principios de este año, la cuestión de la capacidad nuclear del Irán ha atraído cada vez más la atención internacional. El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) ha transmitido al Consejo de Seguridad una serie de informes y resoluciones relacionados con la cuestión nuclear del Irán.

China ha señalado en todo momento que el motivo por el cual el Consejo de Seguridad examina esta cuestión consiste en salvaguardar el mecanismo internacional de no proliferación nuclear, fortalecer la autoridad y el papel del OIEA, respaldar la tarea del Director General del OIEA y de su equipo en lo referente a la clarificación de las cuestiones pendientes relacionadas con el programa nuclear del Irán, promover esfuerzos diplomáticos y comprometerse decididamente a encontrar una solución adecuada para esta cuestión por medios políticos y diplomáticos.

Con ese mismo fin, el 29 de marzo de 2006 el Consejo de Seguridad publicó una declaración de la Presidencia (S/PRST/2006/15), y acaba de aprobar una resolución. Lamentablemente, el Irán aún no ha respondido de manera favorable a las solicitudes de la Junta de Gobernadores del OIEA ni a los llamamientos del Consejo de Seguridad. Por medio de la resolución que se aprobó hoy se exige al Irán de manera explícita que suspenda todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y el reprocesamiento. Se expresa la intención de que en el caso de que el Irán no cumpla con la resolución el Consejo de Seguridad adoptará medidas pertinentes en el marco del Artículo 41 de la Carta de las Naciones Unidas a fin de persuadir al Irán de que acate la resolución y los requerimientos del OIEA. Por otra parte, en el caso de que el Irán cumpla con las obligaciones antes mencionadas y regrese a la mesa de las negociaciones no será necesario que el Consejo de Seguridad adopte medidas adicionales.

En muchos de los párrafos de esta resolución se recalca la importancia de lograr una solución negociada a través de esfuerzos políticos y diplomáticos. Se subraya el papel clave e irremplazable del OIEA en la gestión de esta cuestión. Se respalda el conjunto de propuestas presentadas por China, Francia, Alemania, Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos a comienzos de junio. También se subraya que estas propuestas constituyen un importante esfuerzo a favor de un arreglo amplio que permita la evolución de las relaciones bilaterales y la cooperación sobre la base del respeto mutuo y el establecimiento de la confianza internacional en los fines exclusivamente pacíficos del programa nuclear del Irán.

La demora en encontrar una solución apropiada para la cuestión nuclear del Irán se debe a la falta de confianza entre las principales partes involucradas. Cabe subrayar que, tanto ahora como en el futuro, el Consejo de Seguridad no puede ocuparse de esta cuestión por sí solo. El diálogo y las negociaciones son la única manera de avanzar. El OIEA debe ser siempre el mecanismo principal para abordar esta cuestión. La solución requiere esfuerzos diplomáticos persistentes; toda medida que adopte el Consejo de Seguridad debe contribuir a los esfuerzos diplomáticos.

De conformidad con el Artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas, todos los Miembros de las Naciones Unidas están obligados a aceptar y cumplir las resoluciones del Consejo de Seguridad. En las circunstancias actuales, China insta al Irán a que actúe con moderación, asigne importancia a los amplios llamamientos y a las grandes expectativas de la comunidad internacional en el sentido de que cumpla con seriedad los requerimientos que figuran en esta resolución y responda con prontitud al conjunto de propuestas con el fin de crear condiciones propicias para aumentar la confianza y promover el diálogo y las negociaciones.

También queremos instar a las otras partes a que adopten una actitud sumamente responsable en lo que respecta a la paz, la estabilidad y la seguridad mundiales y el mecanismo internacional de no proliferación nuclear, y a que sigan manteniendo la confianza y la calma, actúen con moderación, estudien nuevas maneras de pensar y continúen llevando adelante de manera creativa los esfuerzos diplomáticos a favor de la solución de la cuestión nuclear del Irán. Acogemos con agrado las ideas y esfuerzos propicios para celebrar conversaciones, salir del estancamiento y lograr avenencias.

Durante este delicado período es esencial que el Irán y todas las otras partes involucradas no adopten ninguna medida que perjudique los esfuerzos diplomáticos mencionados y pueda causar complicaciones o incluso la pérdida del control. Exhortamos a todas las partes a que reanuden el diálogo y las negociaciones lo antes posible para lograr una solución adecuada para la cuestión nuclear del Irán.

Como siempre, China continuará con sus esfuerzos tendientes a ayudar a mantener la paz y la estabilidad mundiales y regionales, salvaguardar y fortalecer el mecanismo internacional de no proliferación e intensificar los esfuerzos políticos y diplomáticos en pro de la solución de la cuestión nuclear del Irán.

Sr. Manongi (República Unida de Tanzanía) (habla en inglés): La República Unida de Tanzanía votó a favor de la resolución que acabamos de aprobar. Votamos así a la vez que lamentamos que hayan fracasado los esfuerzos diplomáticos cuyo objetivo era lograr que la República Islámica del Irán colaborara y se comprometiera a lograr un resultado adecuado que hubiese protegido el derecho del Irán a llevar a cabo actividades nucleares con fines pacíficos.

Como cuestión de principio, la República Unida de Tanzanía se opone a las armas nucleares, estén en manos de amigos o de enemigos. Por consiguiente, nos oponemos a la proliferación nuclear y respaldamos enérgicamente el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares y el régimen de no proliferación que éste establece, bajo los auspicios del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), que la República Islámica del Irán también respalda.

La República Unida de Tanzanía cree firmemente en el derecho del pueblo del Irán a disponer de energía nuclear con fines de carácter civil. En esta resolución no se trata en modo alguno de limitar ese derecho. Sin embargo, se trata de lograr que todo programa de esa índole quede sometido a un régimen verificable de inspección del OIEA. A nuestro juicio, así es como debe ser.

La República Unida de Tanzanía es consciente de que la República Islámica del Irán había ofrecido responder antes del 22 de agosto de 2006 al conjunto de propuestas presentadas por los Cinco Permanentes más uno. Lamentamos que el ofrecimiento del Irán no se haya tenido en cuenta. Sin embargo, abrigamos la esperanza de que la voluntad de diálogo demostrada a través de ese ofrecimiento pueda aún ser correspondida. A nuestro juicio, es necesario que todas las partes, incluido el OIEA, traten de seguir logrando el compromiso de la República Islámica del Irán.

La República Unida de Tanzanía también votó a favor de la resolución porque esencialmente descarta el uso de la fuerza como opción para persuadir a la República Islámica del Irán. Esperamos que incluso con la forma actual de la resolución no sea necesario adoptar medidas adicionales.

Para concluir, la República Unida de Tanzanía también abriga la esperanza de que la aprobación de la presente resolución a estas alturas no contribuya a complicar más las cosas en una región ya de por sí inestable.

Sr. Oshima (Japón) (habla en inglés): La delegación del Japón considera que la resolución que se acaba de aprobar es un texto equilibrado. Su aprobación representa el respaldo de la comunidad internacional en general a los esfuerzos de Francia, Alemania y el Reino Unido y otros por lograr la no proliferación en una región importante del mundo. El Japón agradece los esfuerzos de los tres países para diseñar el paquete de medidas que fue presentado al Irán a principios de junio y para emprender el diálogo que siguió con las autoridades iraníes.

El Japón considera que la importante cuestión de la no proliferación debe resolverse por medios diplomáticos y pacíficos. A nuestro juicio, la aprobación de la resolución de hoy constituye uno de esos esfuerzos diplomáticos. El Japón espera sincera y fervientemente que el Irán se tome en serio el mensaje del Consejo de Seguridad tal como aparece en la resolución y responda de manera favorable dentro de los plazos establecidos.

El Japón, como país que tradicionalmente ha mantenido una relación cercana, amistosa e importante a todos los niveles con el Irán, y como país profundamente comprometido con la no proliferación nuclear y la no proliferación de otras armas de destrucción en masa y sus sistemas vectores, ha emprendido su propia iniciativa diplomática con las autoridades iraníes para tratar de encontrar una solución pacífica para esta cuestión. El Japón se compromete a continuar realizando sus propios esfuerzos destinados a contribuir a la resolución de la cuestión mediante el diálogo constante y el compromiso con el Irán.

Sr. Mayoral (Argentina): La Argentina ha votado a favor de la presente resolución tomando en cuenta también que el texto aprobado reafirma el derecho que tienen todos los Estados miembros del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, de conformidad con los artículos I y II de dicho Tratado, de desarrollar la investigación, la producción y la utilización de la energía nuclear con fines pacíficos sin ningún tipo de discriminación.

Asimismo, mi delegación hace votos y espera que se llegue a una solución diplomática negociada con el Gobierno del Irán. Es por eso que llamamos a las partes involucradas a retomar el diálogo a fin de encontrar una solución en el marco de lo dispuesto por la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica y por este Consejo de Seguridad a la cuestión nuclear del Irán.

El Presidente (habla en francés): A continuación formularé una declaración en mi calidad de representante de Francia.

La resolución 1696 (2006) que acaba de aprobar el Consejo de Seguridad resultó necesaria por el hecho de que el Irán, pese a las reuniones mantenidas entre el Sr. Javier Solana y el Sr. Ali Larijani, no ha mostrado ninguna voluntad de debatir seriamente el contenido de las propuestas presentadas el 6 de junio en nombre de China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, los Estados Unidos y el Reino Unido, y, en esas condiciones, a los seis países no les quedó más opción que reanudar las actividades que había suspendido el Consejo de Seguridad. Acogemos con satisfacción el apoyo de la comunidad internacional, mediante este voto, a los esfuerzos de nuestros países.

Francia, en una posición que comparte Alemania, patrocinador del texto, hace hincapié en los siguientes elementos.

La resolución que acabamos de aprobar hace obligatoria la suspensión solicitada por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA); no implica el fin de las negociaciones. Reiteramos las propuestas presentadas por nuestros seis países al Irán el 6 de junio. Si el Irán se negara a cumplir la resolución entonces trabajaremos en la adopción de medidas, de conformidad con el Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Si el Irán acata las decisiones del OIEA y del Consejo de Seguridad y entabla negociaciones, estaremos dispuestos a abstenernos de adoptar medidas en el Consejo.

Una vez más, hacemos un llamamiento al Irán para que responda de manera favorable a las importantes propuestas que se le hicieron el mes pasado.

Reanudo ahora mis funciones como Presidente del Consejo de Seguridad.

Tiene ahora la palabra el representante de la República Islámica del Irán.

Sr. Zarif (República Islámica del Irán) (habla en inglés): En mi carta de 28 de julio de 2006 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad pedí que se me diera la oportunidad de hablar antes de que el Consejo adoptara medidas con el fin de que el Consejo estuviera informado —debo añadir que por primera vez— de las opiniones de la parte interesada antes de que éste adoptara una decisión. Los miembros recordarán que también se denegó mi solicitud anterior para hablar ante el Consejo, cuando aprobó su declaración de la Presidencia el 29 de marzo. Ciertamente demuestra el grado de transparencia y justicia del Consejo el hecho de que éste haya aprobado una declaración de la Presidencia y una resolución sin tan siquiera permitir que se escuchen las opiniones de la parte interesada.

De todas maneras, supongo que para que conste en acta, formularé la declaración que había preparado para presentarla antes de que se tomaran medidas. Sin embargo, antes de hacerlo, permítaseme expresar nuestra profunda gratitud a nuestro vecino Qatar por su voto en contra basado en una posición de principio así como por su legítima preocupación por la estabilidad de nuestra región.

No es la primera vez que los esfuerzos del Irán por valernos por nosotros mismos y avanzar tecnológicamente se han encontrado con una fuerte resistencia y una presión concertada por parte de algunas Potencias con representación permanente en el Consejo de Seguridad. De hecho, el Irán contemporáneo se ha visto sometido a numerosas injusticias y prejuicios por parte de esas Potencias. En un proyecto de resolución presentado el 12 de octubre de 1951 por el Reino Unido y respaldado en el Consejo por los Estados Unidos y Francia, la lucha del pueblo iraní por nacionalizar su industria petrolera fue tachada de amenaza para la paz y la seguridad internacionales. Ese proyecto de resolución precedió a un golpe de Estado organizado por los Estados Unidos y el Reino Unido en un intento menos encubierto por restablecer sus intereses egoístas. El golpe, que obviamente no se podía ocultar por más tiempo tras el texto de la carta o por medio de subterfugios diplomáticos, restableció la brutal dictadura. No obstante, el pueblo del Irán tuvo éxito en la nacionalización de su industria petrolera, encabezando así un valiente movimiento en el mundo en desarrollo para exigir su derecho inalienable a ejercer la soberanía sobre sus recursos naturales.

Más recientemente, la agresión de Saddam Hussein contra la República Islámica del Irán, el 22 de septiembre de 1980, y su rápido avance para ocupar 30.000 km² del territorio iraní no preocuparon a los mismos miembros permanentes del Consejo de Seguridad lo suficientemente como para que consideraran que esa situación constituía una amenaza a la paz y la seguridad internacionales, ni siquiera para hacer un llamamiento de rutina para una cesación del fuego y una retirada. Me pregunto si aún puedo llamarle “un llamamiento de rutina” en estos días. Ni siquiera consideraron necesario aprobar una resolución durante los siete largos días después de la agresión, en la esperanza de que el cálculo erróneo de que Saddam podría liquidar a la República Islámica en una semana se podría materializar.

En estos días esto suena familiar, ¿no es así?

Aún entonces, y durante otros los dos largos años posteriores, no consideraron necesario hacer un llamamiento para que se retiraran las fuerzas invasoras. La primera resolución del Consejo de Seguridad que exigía la retirada se produjo en julio de 1982, sólo después de que el pueblo iraní por sí liberara su territorio, contra todas las adversidades. Ni tampoco este Consejo permitió, durante muchos años, y a pesar de la evidencia y los muchos informes de las Naciones Unidas, ocuparse del uso de las armas químicas por el ex dictador iraquí, utilizadas contra el personal civil y militar iraní, porque, como dijo un ex funcionario de la Agencia de Inteligencia del Departamento de Defensa de los Estados Unidos al New York Times, “El Pentágono no estaba tan horrorizado por el uso de gas por el Iraq ... Era sencillamente otra forma de matar gente.” Sencillamente, otra forma. Unos 20 años después, decenas de miles de iraníes siguen sufriendo y muriendo por esa “sencillamente otra forma de matar”.

Durante las últimas semanas a este órgano se le ha impedido actuar para detener la agresión en masa contra los pueblos palestino y libanés y la terrible crisis humanitaria que ha desencadenado. Las palabras diplomáticas no describen la forma en que se produjo ayer la masacre en Qana. Ni se dio al Consejo ni la mínima oportunidad de abordar el arsenal nuclear del agresor, a pesar de su tendencia compulsiva a emprender agresiones y matanzas.

Asimismo, se le ha impedido al Consejo de Seguridad reaccionar ante las amenazas cotidianas de recurrir al uso de la fuerza contra el Irán, ni siquiera ante las amenazas del uso de armas nucleares declarado en los niveles más altos por representantes de los Estados Unidos, el Reino Unido y el ilegal régimen israelí, en violación del párrafo 4 del Artículo 2 de la Carta.

Por otra parte, durante los últimos años, algunas grandes Potencias no han escatimado esfuerzos por convertir al Consejo de Seguridad o amenazar con recurrir al Consejo en un instrumento, con la intención de impedir que el Irán ejerza su derecho inalienable de utilizar la tecnología nuclear con fines pacíficos, reconocido explícitamente en el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares. La intención de utilizar al Consejo sólo como instrumento con ese fin o, incluso, con fines más peligrosos, no podría ser más clara que en la declaración del Representante Permanente de los Estados Unidos formulada en la reunión del American-Israeli Public Affairs Committee, el 5 de marzo de este año:

“Es fundamental que utilicemos al Consejo para ayudar a movilizar la opinión pública internacional. Sin embargo, pueden estar tranquilos; el Consejo de Seguridad no es la única herramienta con que contamos para abordar este problema.”

El pueblo y el Gobierno de la República Islámica del Irán están decididos a ejercer su inalienable derecho de utilizar la tecnología nuclear para fines pacíficos y aprovechar sus progresos científicos para desarrollar los distintos aspectos pacíficos de esa tecnología. Al mismo tiempo, como las únicas víctimas del uso de armas de destrucción en masa en la historia reciente, rechazan el desarrollo y el uso de todas esas armas inhumanas, por motivos tanto ideológicos como estratégicos. El líder de la República Islámica ha dado a conocer un decreto religioso público y categórico contra el desarrollo, la producción, el almacenamiento y el uso de armas nucleares.

El Irán ha hecho también hincapié de manera clara y constante en que las armas nucleares no tienen cabida en su doctrina militar. El Presidente de la República Islámica del Irán, en su declaración formulada ante la Asamblea General en septiembre pasado, recalcó también el rechazo fundamental del Irán a las armas nucleares, así como la necesidad de fortalecer y revitalizar el Tratado sobre la No proliferación. También hizo énfasis en que “la interacción constante y la cooperación técnica y jurídica con el Organismo Internacional de Energía Atómica serán el centro de nuestra política nuclear” (A/60/ PV.10, pág. 8).

Para disipar toda duda sobre nuestro programa nuclear pacífico permitimos que el Organismo Internacional de Energía Atómica realizara una serie de inspecciones, hasta la inspección más minuciosa que se le hace a cualquier Estado miembro del Organismo Internacional de Energía Atómica. Esas inspecciones abarcaron más de 2.000 días de escrutinio por inspectores durante los tres años últimos; la firma del Protocolo Adicional, el 18 de diciembre de 2003, y su aplicación inmediata hasta el 6 de febrero de 2006; la presentación de más de 1000 páginas de declaración en virtud del Protocolo Adicional; el permiso para tener acceso en más de 53 casos a diferentes instalaciones en todo el país; y el permitir a los inspectores que investigaran las acusaciones infundadas al adoptar la medida sin precedentes de brindar acceso en reiteradas ocasiones a instalaciones militares.

Por consiguiente, en todos los informes del Organismo Internacional de Energía Atómica desde noviembre de 2003 se ha señalado la índole pacífica del programa nuclear iraní. En noviembre de 2003, a raíz de las noticias sensacionalistas de los medios de difusión sobre lo que llamaron 18 años de ocultamiento por el Irán, el Organismo confirmó que “hasta la fecha no hay pruebas de que el material y las actividades nucleares no declaradas anteriormente estuviesen relacionados con un programa de armas nucleares” (GOV/2003/75, párr. 52). Todos recordamos cómo recibió esa declaración el Subsecretario de Estado de los Estados Unidos de aquel momento.

La misma conclusión puede encontrarse en otros informes del Organismo Internacional de Energía Atómica, hasta en el más reciente, de febrero de 2006, en que se afirma que “tal como señaló a la Junta en noviembre de 2004, y de nuevo en septiembre de 2005, todo el material nuclear declarado en el Irán ha sido examinado” (GOV/2006/15, párr. 53). En el párrafo 53 del mismo informe el Organismo reafirmó una vez más que “no había visto ningún desvío del material nuclear hacia armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares” (Ibíd.).

Se ha hablado mucho, incluso en la resolución de hoy, acerca de una declaración del Organismo Internacional de Energía Atómica en el sentido de que aún no está en condiciones de “llegar a la conclusión de que no hay materiales o actividades nucleares no declarados en el Irán” (GOV/2005/67, párr. 51). Sin embargo, los patrocinadores han pasado por alto a conveniencia el reconocimiento reiterado por el Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica de que “el proceso de sacar una conclusión ... es un proceso que requiere tiempo” (Ibíd.). También hicieron caso omiso de la adición al informe sobre la aplicación de las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica de 2005, publicado en junio de 2006, en el que se señala que otros 45 países están en la misma categoría que el Irán, entre ellos 14 países europeos y varios miembros de este Consejo. Debo añadir que de los tres patrocinadores de la resolución de hoy, dos evidentemente se encuentran en la clase privilegiada, auto inmunizados de cualquier escrutinio, pero el tercero se encuentra en la misma categoría que el Irán.

El programa nuclear pacífico del Irán no presenta amenaza alguna a la paz y la seguridad internacionales y, por lo tanto, abordar esa cuestión en el Consejo de Seguridad no se justifica y carece de cualquier fundamento jurídico o utilidad práctica. Lejos de reflejar, como se advirtió, las preocupaciones de la comunidad internacional, el enfoque de los patrocinadores viola la posición declarada de la mayoría abrumadora de la comunidad internacional, reflejada claramente en las últimas declaraciones formuladas por los ministros de Relaciones Exteriores del Movimiento de Países No Alineados y de la Organización de la Conferencia Islámica y en parte en las conclusiones del Presidente de la Junta del Organismo Internacional de Energía Atómica, de junio de 2006.

En su última reunión ministerial, celebrada en Baku, los 57 miembros de la Organización de la Conferencia Islámica expresaron su “convicción de que la única vía para resolver la cuestión nuclear del Irán es reanudar las negociaciones sin condiciones previas” (A/60/915, anexo, material adjunto 2, párr. 12).

Acogieron con beneplácito “la disposición de la República Islámica del Irán a solucionar el resto de cuestiones pendientes por medios pacíficos”; reconocieron que “todo intento de limitar la aplicación de los usos pacíficos de la energía nuclear afectaría al desarrollo sostenible de los países en desarrollo”; rechazaron “la discriminación y los dobles raseros en la esfera de los usos pacíficos de la energía nuclear”; y, por último, expresaron su “preocupación por el hecho de que ciertos círculos estén presionando a la República Islámica del Irán para que renuncie a su derecho inalienable a desarrollar la energía nuclear con fines pacíficos”.

El Movimiento de los Países No Alineados, incluida la inmensa mayoría de los Miembros de la Organización, en una declaración reciente de su reunión ministerial celebrada en Putrajaya, “recalcó que no debía haber ninguna presión indebida ni injerencia en las actividades del Organismo, sobre todo en su proceso de verificación, que pondrían en peligro la eficacia y la credibilidad del Organismo” y que “nada debía interpretarse de tal modo que inhibiera o restringiera el derecho de los Estados a desarrollar la energía atómica con fines pacíficos”. También afirmaron que “las opciones y decisiones de los Estados en la esfera de los usos pacíficos de la tecnología nuclear y su política en materia de ciclo del combustible deben respetarse”.

Pero, alegando que representaban a la comunidad internacional, tres países de la Unión Europea, en su llamado paquete de incentivos del pasado agosto, pidieron al Irán que “contrajera el compromiso vinculante de no proseguir las actividades relacionadas con el ciclo del combustible” (circular informativa del OIEA, INFCIRC/651, anexo, párr. 34). Un rápido examen de la cronología de lo acaecido desde el pasado agosto indica que el rechazo del Irán de esa exigencia ilegal e injustificada sigue siendo la única razón de la imposición de resoluciones y declaraciones al Organismo Internacional de Energía Atómica y al Consejo de Seguridad. La acción que propone hoy el Consejo —que es la culminación de esos esfuerzos encaminados a hacer obligatoria la suspensión del enriquecimiento de uranio— viola los principios fundamentales del derecho internacional, el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares (TNP) y las resoluciones de la Junta del OIEA. También contradice la opinión de la mayoría de Estados Miembros, a los que está obligado a representar el Consejo de Seguridad.

En su resolución de noviembre de 2004, que irónicamente fue redactada por los mismos patrocinadores de la resolución de hoy, la Junta del OIEA declaró que la suspensión “es una medida de fomento de la confianza voluntaria y no vinculante jurídicamente”. Ello se repitió hace muy poco, el 15 de junio de 2006, en la conclusión del Presidente de la Junta del OIEA.

El Movimiento de los Países No Alineados, en su declaración ministerial a la que aludimos antes, recalcó “la distinción fundamental entre las obligaciones legales de los Estados respecto de sus acuerdos de salvaguardas respectivos y toda medida de fomento de la confianza que se empiece a aplicar voluntariamente para resolver problemas difíciles” y “esas promesas voluntarias no son obligaciones jurídicas contraídas en virtud de salvaguardas”.

La única razón para impulsar al Consejo a tomar medidas, como se destaca en la resolución, es que el Irán decidió, tras más de dos años de negociaciones, reanudar el ejercicio de su derecho inalienable a la tecnología nuclear con fines pacíficos mediante una reapertura parcial de las instalaciones que están totalmente sujetas a las salvaguardas y la finalización de una suspensión voluntaria. El derecho del Irán a enriquecer uranio se reconoce en el TNP. Respetar los derechos de los Estados partes relativos a los tratados internacionales es tan esencial como velar por que cumplan con sus obligaciones. Esos regímenes, incluido el TNP, se basan en el equilibrio entre los derechos y las obligaciones. Las amenazas no van a servir para mantener el TNP ni ningún otro régimen internacional. Lo que servirá será velar por que los miembros disfruten de las ventajas a las que tienen derecho y que no se premie a los que no son miembros por su intransigencia.

Sin embargo, la tendencia actual es precisamente la contraria. Hoy se observa una tendencia extremadamente peligrosa. No se reconocen los derechos de los miembros del TNP y se los castiga. A quienes desafían el TNP, sobre todo a los responsables de las matanzas del Líbano y Palestina, se les premia con acuerdos de cooperación nuclear generosos. Esto se lleva tan lejos que, cuando le conviene a los Estados Unidos, incluso la adquisición de armas nucleares que efectúan Estados que no son miembros del TNP se convierte en “legítima”, y con ello cito al Embajador de los Estados Unidos. Este es un modo muy extraño de fortalecer el TNP o de garantizar su universalidad.

Esa tendencia ha llegado a un punto tan terrible, y evidentemente ridículo, que el régimen israelí —un Estado que no es miembro del TNP, cuyo arsenal nuclear, junto con sus políticas y su comportamiento expansionistas, represivos y de terrorismo de Estado se reconocen reiteradamente como la amenaza más grave a la paz y la seguridad regional e internacional— tiene la audacia de decir que viene el lobo cuando se trata del programa nuclear pacífico del Irán y de encabezar una campaña internacional de amenazas, mentiras, engaños, presiones, chantaje y extorsión descarada. No obstante, pese a la enorme maquinaria política y de propaganda, hoy en día nadie puede aceptar la intrincada lógica de que esté bien que algunos puedan tener armas nucleares mientras que a otros se les impide que desarrollen la energía nuclear.

Otra tendencia destructiva es la imposición de umbrales arbitrarios, que con frecuencia sirven para las consideraciones bilaterales y no para criterios objetivos o técnicos. Sería interesante recordar que los Estados Unidos empezaron intentando negar la posibilidad de realizar cualquier tipo de actividad nuclear. Incluso el 31 de enero de 2003, el portavoz del Departamento de Estado dijo “hemos instado sistemáticamente a Rusia a poner fin a ese tipo de cooperación con el Irán, incluida su asistencia para el reactor de agua ligera de Bushehr”.

El nuevo umbral para el enriquecimiento es tan arbitrario como los anteriores, y no es más que una excusa para iniciar una tendencia que impida el cumplimiento de los derechos de los miembros del TNP al uso pacífico. Según el Embajador de los Estados Unidos, los Estados que no son miembros podrían seguir produciendo bombas nucleares legítimamente.

Se ha argumentado que la intervención del Consejo de Seguridad es necesaria para velar por que el Irán coopere con el Organismo y para volver a llevar a nuestro país a la mesa de negociaciones. Me parece que no se precisa la participación del Consejo de Seguridad para lograr ese objetivo. De hecho, su participación obstaculiza, más que ayuda, este proceso en curso, porque se ha concebido como instrumento de presión.

Como indiqué anteriormente, la cooperación del Irán con el Organismo fue mucho más amplia antes de que se impusiera a la Junta del OIEA la medida de que hiciera participar al Consejo de Seguridad en el proceso. Esa cooperación permitió al Organismo llegar a la conclusión, el pasado septiembre, de que se había progresado mucho “en cuanto a la capacidad del Organismo de confirmar ciertos aspectos de las declaraciones actuales del Irán, cuyo seguimiento se efectuará como una cuestión rutinaria relativa a la aplicación de las salvaguardas” (documento del OIEA GOV/2005/67/párr.43). En cuanto a regresar a la mesa de negociaciones, el Irán siempre ha estado dispuesto a negociar. Durante casi tres años, el Irán intentó mantener, e incluso resucitar, las negociaciones con tres Estados de la Unión Europea. El Irán ofreció propuestas de amplio alcance para responder a las inquietudes, así como para marcar el comienzo de una nueva era de cooperación: en agosto de 2004, enero de 2005, marzo de 2005, abril de 2005, julio de 2005, septiembre de 2005, enero de 2006, febrero de 2006 y marzo de 2006. Durante todo ese período, el Irán aprobó medidas de fomento de la confianza amplias y extremadamente costosas, que incluían la suspensión de sus actividades de enriquecimiento legítimas durante dos años, para garantizar el éxito de esas negociaciones.

Desde el primer momento, algunos han insistido en trazar arbitrariamente líneas rojas y fechas tope que han cerrado las puertas a cualquier compromiso. Esta tendencia ha bloqueado, por sí sola, el éxito y en la mayoría de los casos ha frustrado las propuestas en sus primeros momentos. Esa ha sido la estrategia de Washington desde que el Irán y los tres países de la Unión Europea iniciaron sus negociaciones en octubre de 2003. Sólo han cambiado las tácticas.

Desde el primer momento, las amenazas esgrimidas por algunos, en cuanto a traer el tema ante el Consejo y sacarlo de su correspondiente estructura técnica y negociada han ensombrecido notablemente las negociaciones y han obstaculizado los progresos, han desorientado los debates y los han apartado de las soluciones mutuamente aceptables. La forma en que se condujeron las negociaciones en torno al reciente conjunto de propuestas, es una nueva indicación de la misma tendencia a recurrir a las amenazas, así como de la falta de una verdadera voluntad para buscar soluciones aceptables.

El Irán, de manera pública y como una muestra de su buena fe, reaccionó positivamente a esta iniciativa e indicó su disposición a participar en negociaciones justas, no discriminatorias y orientadas a resultados respecto del conjunto de propuestas en un plazo mutuamente acordado y sin precondiciones. Sin embargo, más tarde, sin justificación alguna para ello, se fijó un plazo arbitrario que sólo obedecía al objetivo ulterior de maximizar la presión.

En realidad resulta instructivo observar cómo tomó casi cinco meses, entre marzo y agosto de 2005, a los tres países de la Unión Europea, el examen de una propuesta muy seria presentada por el Irán el año pasado. A pesar de que los tres países de la Unión Europea respondieron a esa propuesta, lo hicieron sin abordar ninguno de los elementos contenidos en ella. Aún más, cuando la República Islámica del Irán ha declarado con toda claridad que necesita tres semanas para concluir la evaluación del conjunto de propuestas y tener reacción sustantiva, es sorprendente, y en verdad revelador, ver que los tres países de la Unión Europea y los Estados Unidos se muestran tan apurados por obstaculizar prematuramente el camino de las negociaciones imponiendo una resolución del Consejo de Seguridad que es destructiva y totalmente injustificada. Esta urgencia despierta aún más sospechas si se toman en cuenta las constantes declaraciones del Director General del OIEA, de varios expertos de los Estados Unidos e incluso de la comunidad de inteligencia de los Estados Unidos en el sentido de que no existe urgencia alguna.

Compárese su apuro con el hecho de que algunas de esas mismas Potencias han impedido durante tres semanas cualquier acción del Consejo de Seguridad —incluso una tregua humanitaria de 72 horas— en la grave situación que vive el Líbano, una actitud que de manera oficial y publica el agresor ha interpretado como luz verde para seguir con sus ataques y, lamentablemente, con carnicerías como la ocurrida en Qana. Los miembros del Consejo de Seguridad podrán juzgar por sí mismos cuánto afecta todo esto la credibilidad del Consejo. Millones de personas en todo el mundo ya han dictado su fallo.

De modo que es pertinente preguntar: ¿Cuál es el motivo que se oculta tras esta ya antigua urgencia de algunos miembros por llevar al Irán frente al Consejo de Seguridad? Y, ¿cuál es ahora el apuro? Sugeriría que este enfoque no conducirá a ningún resultado productivo y que en realidad sólo exacerbará la situación. El pueblo y el Gobierno de la República Islámica del Irán no buscan la confrontación y siempre se han manifestado dispuestos a participar en negociaciones serias y orientadas a resultados que tengan como base el respeto mutuo y la igualdad. También han demostrado, una y otra vez, su capacidad de resistencia frente a la presión, la amenaza, la injusticia y la imposición.

El Presidente (habla en francés): No hay más oradores inscritos en mi lista. El Consejo de Seguridad ha concluido así la presente etapa del examen del tema que figura en el orden del día. El Consejo de Seguridad seguirá ocupándose de la cuestión.