“AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD¨

Lima, 23 de Abril del 2012
CARTA No 03-JOORSI/2012/SBLM
Señor

CPC. FAUD KHOURY ZARZAR
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
Atención:
Gerencia de Gestión OCI

Presente.-
Asunto: -Oficio Nº 00415-2012-CG/DOCI del 27MZO2012
-EXP. 08-20 11-51909 del 21NOV2011

De mi mayor consideración:

Yo, JORGE CÉSAR ORELLANA SIFUENTES, trabajador de carrera de la SBLM, con DNI 07280960, domiciliado en Av. Lima 2249 San Martín de Porres, Lima, teléfono 5688260, con el debido respeto me dirijo a usted, a fin de hacer de su conocimiento lo siguiente:

1.- Con fecha 02 de Abril del 2012 a horas 10.35 am, recibí el Oficio Nº 00415-2012-CG/DOCI de fecha 27 de Marzo del 2012, donde presenté denuncia documentada contra el Ex Auditor Interno de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana Sr. Mario Escobar la Cruz según Expediente Nº 08-20 1151909 de fecha 21 de Noviembre del 2011. (Anexos 1-2)

2.- Al respecto le manifiesto que solamente se hace referencia a los supuestos malos manejos económicos que habría realizado el Sr. Eduardo Burga Aranguren, Ex Director de Cementerios y Servicios Funerarios de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, según Informe Nº 02-2012-OGAI/SBLM de fecha 23 de Enero del 2012.

3.- No tengo respuesta sobre:
3.1.- MEMORANDO No 015-JOORSI-2010/SBLM (Anexo A 05- folios)
Ya que cuando ejercí el cargo de Contador General de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, me negué a convalidar el pago de S/ 10,000.00 nuevos soles a la Empresa Corporación Scanner S.R.L, por los supuestos “trabajos” realizados en la SUNAT, Dicho trabajo solamente consistía en copias simple entregados por dicho ente recaudador de impuestos y que además esas copias ya se encontraban en la Oficina de Contabilidad que como encargado de dicha Oficina solicité a la SUNAT. Dicho trabajo me costó el pasaje de ida y vuelta y en movilidad masiva de S/ 3.00 nuevos soles hacia el Distrito de Miraflores. A la Empresa CORPORACIÓN SCANER S.R.L se le pagó la suma de S/ 10,000.00 nuevos soles, según C/P Nº 0244 de fecha 08 de Febrero del 2010. (Anexos 3-4-5-6-7)

¿Este fue el motivo para que me separaran del cargo de Contador General de la SBLM?
¿Qué hizo el Órgano de Control Interno (OCI) al respecto?

4.- Tampoco tengo respuesta sobre:
4.1.- INFORME No 09-2011-JOORSI/SBLM (Anexo D- 14 Folios)
4.2..- CARTA No 01-2011/JOORSI/SBLM ( Anexo G- 10 Folios)
El Órgano de Control Interno (OCI) de la SBLM, tuvo conocimiento según Carta Nº 01-2011-JOORSI/SBLM, de fecha 20 de Abril del 2011, que el Sr. ING. LEOPOLDO EDMUNDO GUARDIA DEL ÁGUILA, Director General de Cementerios y Servicios Funerarios de la SBLM de ese entonces, tuvo SENTENCIA PENAL VIGENTE POR DIFAMACIÓN Y CALUMNIA, por lo tanto dicho funcionario estaba impedido de ejercer cargos en la Administración Pública, menos cobrar, tal como lo especifica el D.L 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público. Hice de conocimiento a las más altas autoridades de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana sobre este hecho, también a la Defensoría del Pueblo, MIMDES, etc. Sin embargo dicho ex Director General de Cementerios y Servicios Funerarios el ING. Leopoldo Edmundo Guardia del Águila siguió trabajando hasta el 21 de Junio del 2011 ¿Qué hizo Auditoría Interna al respecto? (Anexos 8 al 24)
Con Informe Nº 09-2011-JOORSI/SBLM de fecha 17 de Junio del 2011, hago de conocimiento al Órgano de Control Interno de la SBLM, cuyo Jefe era el ING. MARIO ESCOBAR LA CRUZ, que la Dirección General de Cementerios y Servicios Funerarios y la Gerencia General de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana jefaturado por el DR. MARIO SABINO VALCÁRCEL ARAGÓN, CONSTANTEMENTE ME NEGABAN A ENTREGAR LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS a fin de realizar mis descargos de acuerdo a Ley (Anexos 25-26)
Ya que con DIFAMACIÓN Y CALUMNIA perpetrado por el Sr. Ing. LEOPOLDO EDMUNDO DEL ÁGUILA contra mi persona, lograron destituirme como Director de Cementerios y Servicios Funerarios de la SBLM (Anexos 27-28), prohibiéndome incluso de ingresar a las Oficinas de Cementerios y Servicios Funerarios (Anexo 29), y en el colmo de los colmos pidiendo SANCIÓN DE 10 DÍAS SIN GOCE DE REMUNERACIONES para mi persona (Anexo 30-31-32- y 33) , que esta Administración ejecuta, según Resolución Jefatural Nº 005-2012-OP/OGAF/SBLM de fecha 06 de Enero del 2012, donde no se cumplió con los Principios del Debido Procedimiento, de razonabilidad, de imparcialidad de presunción de veracidad y verdad material que establece la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. (Anexos 34-35)
¿Qué hizo al respecto el Órgano de Control Institucional?
¿Existe en las Normas de Control Gubernamental el “amiguismo” ya que el Sr. Ing. Leopoldo Edmundo Guardia del Águila y el Ing. Mario Escobar la Cruz habrían estudiado juntos en la Facultad de Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional Federico Villarreal? ¿y la imparcialidad?

5.- Con CARTA No 07-2011/JOORSI/SBLM (Anexo H- 02 Folios) de fecha 31 de Agosto del 2011, solicito al Nuevo Director General de Cementerios y Servicios Funerarios Sr. Julio César Calle Arteaga, los DOCUMENTOS NEGADOS por los Señores Edmundo Guardia del Águila y Mario Sabino Valcárcel Aragón. (Anexos 36-37)
Con Carta Nº 027-2011-DGCSF/SBLM de fecha 13 de Setiembre del 2011, la Dirección General de Cementerios y Servicios Funerarios me hace entrega de los Expedientes solicitados a fin de realizar mis descargos de acuerdo a Ley. (Anexo 38 )

Con Expediente Nº 5125-2011 de fecha 28 de Noviembre del 2011, solicito a la Gerencia General de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana solicito la Revisión de los Expedientes Nº 531-2010 y Nº 797-2010 si se AJUSTAN A LEY. (Anexos 39 al 48)

Habiendo transcurrido más de 56 días de no recibir respuesta, interpongo Recurso de Apelación contra Resolución Negativa Ficta con Expediente. Nº 0887 -2012 de fecha 20 de Febrero del 2012. (Anexo 49)

Con Resolución de Presidencia Nº 64-2012-P/SBLM de fecha 12 de Abril del 2012, se declara Improcedente mi Recurso de Apelación por Denegatoria Ficta, por no haberse resuelto lo peticionado mediante Expediente Nº 5125-2011. Es decir NO DICEN NADA SI LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS PARA SU REVISIÓN SE ENCUENTRAN DE ACUERDO A LEY. Apelaré a dicho Expediente dentro de los términos de Ley. (Anexos Nº 50-51-52)

AMPLIACIÓN DE DENUNCIA CONTRA EL EX AUDITOR DE LA SBLM, ING. MARIO ESCOBAR LA CRUZ:

Señor Contralor General de la República Dr. CPC. FAUD KHOURY ZARZAR, también solicito muy respetuosamente a su superior despacho ordenar investigar a quién corresponda sobre el papel cumplido por la Secretaria de la Dirección General de Cementerios y Servicios Funerarios de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana SRA. RUTH MARTINA CUSIPAUCAR FUENTES, durante la gestión del Ex Director de Cementerios y Servicios Funerarios Sr. Eduardo Burga Arangúren, ya que dicha secretaria estaba a cargo de la Actividad de NOCHES DE LUNA LLENA, junto con el ex Director de Cementerios Sr. Eduardo Burga Arangúren. ¿Existirá documentos generados por dicha secretaria sobre los supuestos actos de corrupción que realizó el mencionado Ex Director?
La Sra. Ruth Martina Cusipaucar Fuentes durante mi gestión se dedicó junto con el Ex Director General de Cementerios y Servicios Funerarios de la SBLM el Ing. Leopoldo Edmundo Guardia del Águila una labor obstruccionista y negativa contra el Estado, ya que yo laboro para el Estado en forma honrada y denunciando los actos de corrupción en todas las administraciones.
El Ex Jefe del Órgano de Control Interno de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana Sr. Ing. Mario Escobar la Cruz y las más altas autoridades de la SBLM, estuvieron constantemente informados por la labor negativa de dicha secretaria durante mi gestión como Director de Cementerios y Servicios Funerarios de acuerdo a los siguientes documentos:
• Informe Nº 019-2010-DCSF-DGCSF/SBLM de fecha 23 de Noviembre del 2011. (A-53 )
• Memorándum Nº 16-2011-DCSF-DGCSF/SBLM de fecha 31 de Enero del 2011.(A –
54)
• Memorándum Nº 033-2011-DCSF-DGCSF/SBLM de fecha 04 de Marzo del 2011 (A-55)
• Informe Nº 031-2011-DCSF/DGCSF/SBLM de fecha 17 de Marzo del 2011.(A-56)
• Informe Nº 12-2011-JOORSI/SBLM de fecha 26AGO2011. (A-57-58-59-60-61)
¿Qué hizo Auditoría Interna al respecto?

Lo que es más grave aún Sr. Contralor, es que dicha Sra. RUTH MARTINA CUSIPAUCAR FUENTES, habría estado ligado a ACTOS DE CORRUPCCIÓN cuando trabajó en la Administración General de Administración Inmobiliaria (API) de la SBLM, SEGÚN ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 93-2008 donde se acuerda: (A- 62 al 74)
• Rotar al personal vinculados en presuntos actos de corrupción. Ella fue rotada a la Dirección General de Cementerios y Servicios Funerarios, donde actualmente labora.
• Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los presuntos responsables de las irregularidades. No hubo dicho Proceso Administrativo ya que como representante de los trabajadores en la Comisión de Procesos Administrativos, nunca tuve conocimiento al respecto.
• Poner en conocimiento del MIMDES, INABIF y del Órgano de Control Institucional los acuerdos adoptados.

¿Qué hizo al respecto el Órgano de Control Institucional? Cuando ejercía el cargo el Ing. Mario Escobar la Cruz?

De acuerdo a la gravedad de la denuncia ¿Por qué el Órgano de Control Institucional de la SBLM, no cumplió su papel de fiscalizar los posibles actos de corrupción?

De acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Ley Nº 27806 solicito que se me haga entrega del Informe Nº02-2012-OGAI/SBLM de fecha 23 de Enero del 2012, a fin de evaluar mis denuncias contra el Sr. Eduardo Burga Arangúren.
Por tanto es justicia que de usted espero alcanzar.

Atentamente

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CPC. JORGE CÉSAR ORELLANA SIFUENTES
DNI 07280960

c.c. Presidente del Directorio SBLM
OCI
OGAJ
OGAF
DGAI
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