Para lograr modificar la Constitución 552 veces han sido necesarios 197 decretos, mediante los que se reformaron uno o varios de sus Artículos; cuatro leyes; dos declaratorias, y dos reformas por las que se adicionaron fracciones o párrafos.

No obstante, el constitucionalista Miguel Covián expone que el acto jurídico por el cual se modifica la Constitución no debería llamarse decreto, sino ley, debido a que su naturaleza es legislativa. “Tiene todas las características de una ley, los elementos que contienen los decretos son normas generales. El decreto es una aplicación de la ley… Antes de un decreto expropiatorio hay una ley de expropiación. Ni siquiera sabemos cómo se llama ni qué naturaleza tiene el acto jurídico mediante el cual se modifica la Constitución”.

Una de las deficiencias de la Constitución, menciona, es que no tenemos ningún Artículo que detalle qué órganos tienen derecho de iniciar el procedimiento de revisión constitucional. Tampoco, alguno que diferencie cuándo se cambia sólo una norma esencial y cuándo se cambia una no esencial. Mucho menos, uno que especifique en qué circunstancias o situaciones de la realidad no es posible llevar a cabo una reforma constitucional.

“No tenemos una regulación mínima que nos diga, por ejemplo, que durante los primeros o los últimos 6 meses de un gobierno no se cambiará la Constitución. Estamos ante un tremendo atraso en una materia tan importante como es la constitucional.”

—¿Hay falta de voluntad legislativa para revisar puntualmente los procedimientos por los cuales se modifica la Constitución?

—Más que falta de voluntad, hay un desconocimiento de la materia. En México hay especialistas en materia penal, civil, laboral, pero no constitucional; hay un rezago histórico.

—Si surgió como la Constitución más avanzada en su época, ¿qué se dejó de hacer para que ahora se encuentre en el rezago?

—Se abandonaron los estudios de derecho constitucional durante 100 años. Como en México no existía un campo amplio para el ejercicio profesional de un especialista en materia constitucional, a nadie le interesó especializarse. No obstante, de 20 años a la fecha, se empezó a entender la importancia de los estudios constitucionales; sin embargo, en 2 décadas no hemos podido superar ese atraso.

Hacia dónde va la Constitución

Miguel Covián Andrade, experto en control de la constitucionalidad, considera primordial modificar el sistema mexicano de control de la constitucionalidad, a cargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: crear nuevos recursos, como la llamada “cuestión de constitucionalidad”, y reestructurar los existentes, debido a sus problemas técnicos.

“Hay que reformar las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales. Se necesita crear la cuestión de constitucionalidad. En materia de responsabilidad de los servidores públicos, se debe trabajar en la responsabilidad administrativa y política. Espero que en los próximos meses se apruebe una reforma en el Congreso para crear un organismo que combata la corrupción de los funcionarios en materia administrativa.”

Respecto al tema electoral, el especialista plantea que se necesita debatir si es conveniente una segunda vuelta electoral para elegir presidente; también, si es viable reducir el número de legisladores. “En concreto: hay que preservar el tipo de Estado que plantea la Constitución; sin embargo, hay que revisar y, en su caso, cambiar todas las estructuras de gobierno; de lo contrario nunca alcanzaremos los objetivos planteados en 1917”.

Parte I: La Constitución, desfigurada

Parte II: Constitución Mexicana, estructura de poder arcaica

⇒ Parte III: México: retroceso en materia constitucional

Fuente
Contralínea (México)