Invasión de Ucrania por Rusia

El Parlamento Europeo,

 Vistas sus anteriores Resoluciones sobre la política europea de vecindad, sobre la Asociación Oriental y sobre Ucrania, en particular la de 27 de febrero de 2014 sobre la situación en Ucrania ,
 Vista su Resolución, de 12 de diciembre de 2013, sobre los resultados de la Cumbre de Vilna y el futuro de la Asociación Oriental, en particular en relación con Ucrania ,
 Vista su Resolución, de 6 de febrero de 2014, sobre la Cumbre UE-Rusia ,
 Vistas las conclusiones de la reunión extraordinaria del Consejo de Asuntos Exteriores sobre Ucrania, celebrada el 3 de marzo de 2014,
 Vista la declaración del Consejo del Atlántico Norte de 4 de marzo de 2014,
 Vista la declaración de los Jefes de Estado o de Gobierno sobre Ucrania tras la reunión extraordinaria del Consejo Europeo sobre Ucrania el 6 de marzo de 2014,
 Visto el artículo 2, apartado 4, de la Carta de las Naciones Unidas,
 Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A. Considerando que el acto de agresión por parte de Rusia al invadir Crimea constituye una violación de la soberanía y de la integridad territorial de Ucrania, es contrario al Derecho internacional y contraviene las obligaciones de Rusia como firmante del Memorando de Budapest sobre garantías de seguridad para Ucrania, que garantiza el respeto de la integridad territorial y la soberanía de Ucrania;

B. Considerando que individuos armados prorrusos y soldados rusos han ocupado edificios clave en Simferopol, capital de Crimea, así como importantes instalaciones ucranianas y objetivos estratégicos en Crimea, entre ellos, al menos, tres aeropuertos; que la mayoría de las unidades militares ucranianas en la península han sido rodeadas pero se han negado a entregar sus armas; que desde el inicio de la crisis se ha desplegado en Ucrania un número importante de soldados rusos;

C. Considerando que los argumentos esgrimidos por los dirigentes rusos para justificar esta agresión carecen de todo fundamento y no guardan relación alguna con la situación sobre el terreno pues no se han producido casos de ataque o de intimidación a ciudadanos rusos o de etnia rusa en Crimea;

D. Considerando que las autoridades autoproclamadas e ilegítimas de Crimea decidieron el 6 de marzo de 2014 solicitar la incorporación de Crimea a la Federación de Rusia y convocaron un referendo para el 16 de marzo de 2014 sobre la secesión de Crimea de Ucrania, con lo que vulneran tanto la Constitución de Ucrania como la de Crimea;

E. Considerando que el Primer Ministro ruso ha anunciado planes para aplicar procedimientos rápidos a fin de que los habitantes de habla rusa en países extranjeros obtengan la nacionalidad rusa;

F. Considerando que el 1 de marzo de 2014, el Consejo de la Federación de la Federación de Rusia autorizó el despliegue de sus fuerzas armadas en Ucrania con el fin de proteger los intereses de Rusia y de los habitantes de habla rusa en Crimea y en todo el país;

G. Considerando que son necesarios una enérgica acción diplomática internacional a todos los niveles y un proceso negociado para calmar la situación, rebajar tensiones, evitar que la crisis se agrave hasta quedar fuera de control y garantizar una salida pacífica; que la UE debe responder de forma eficaz a fin de permitir que Ucrania ejerza plenamente su soberanía y su integridad territorial libre de presiones exteriores;

H. Considerando que los veintiocho Jefes de Estado y de Gobierno de la UE lanzaron una seria advertencia acerca de las consecuencias de las acciones rusas y tomaron la decisión de interrumpir las conversaciones bilaterales con Rusia en materia de visados y las negociaciones sobre un nuevo Acuerdo de Colaboración y Cooperación, así como de suspender la participación de las instituciones de la UE en los preparativos de la Cumbre del G-8 que ha de tener lugar en Sochi en junio de 2014;

1. Condena firmemente el acto de agresión por parte de Rusia al invadir Crimea, que forma parte inseparable de Ucrania, tal y como reconocen la Federación de Rusia y la comunidad internacional; pide una rápida disminución de la tensión mediante la retirada inmediata de todas las fuerzas militares presentes de forma ilegal en el territorio de Ucrania y exige el pleno respeto del Derecho internacional y de las obligaciones contraídas vigentes;

2. Recuerda que estas acciones son una clara vulneración de la Carta de las Naciones Unidas, del Acta Final de Helsinki de la OSCE, del Estatuto del Consejo de Europa, del Memorando de Budapest de 1994 sobre garantías de seguridad, del Tratado bilateral de 1997 sobre Amistad, Cooperación y Asociación, del Acuerdo de 1997 sobre el estatuto y las condiciones para la presencia de la flota rusa del mar Negro en territorio de Ucrania y de las obligaciones internacionales de Rusia; considera que las acciones emprendidas por Rusia suponen una amenaza para la seguridad de la UE; lamenta la decisión de la Federación de Rusia de no asistir a la reunión sobre la seguridad de Ucrania convocada por los firmantes del Memorando y prevista para el 5 de marzo de 2014 en París;

3. Destaca que la integridad territorial de Ucrania ha sido garantizada por Rusia, los Estados Unidos y Gran Bretaña en el Memorando de Budapest firmado con Ucrania, y señala que, en virtud de la Constitución de Ucrania, la República Autónoma de Crimea solo puede organizar referendos sobre asuntos locales y no sobre la modificación de las fronteras de Ucrania reconocidas internacionalmente; subraya que un referendo sobre la cuestión de la adhesión a la Federación de Rusia se consideraría, por consiguiente, ilegítimo e ilegal, como lo sería cualquier otro referendo que contraviniese la Constitución de Ucrania y el Derecho internacional; adopta la misma posición con respecto a la decisión de las autoridades ilegítimas y autoproclamadas de Crimea de proclamar la independencia el 11 de marzo de 2014;

4. Destaca la necesidad de que la UE y sus Estados miembros se dirijan a Rusia con una sola voz y apoyen el derecho de una Ucrania unida a decidir libremente su futuro; celebra, por tanto, y apoya firmemente la Declaración conjunta de la Cumbre Europea extraordinaria de 6 de marzo de 2014, que condenó los actos de agresión de Rusia y apoyó la integridad territorial, la unidad, la soberanía y la independencia de Ucrania; pide una cooperación transatlántica estrecha en lo que se refiere a los pasos que conduzcan a una resolución de la crisis;

5. Condena, por ser contraria al Derecho internacional a los códigos de conducta, la doctrina oficial rusa con arreglo a la cual el Kremlin reclama el derecho de intervenir por la fuerza en Estados soberanos vecinos a fin de «proteger» la seguridad de los compatriotas rusos que viven en ellos; señala que tal doctrina equivale a usurpar unilateralmente la posición de árbitro supremo del Derecho internacional y se ha utilizado como justificación para múltiples actos de intervención política, económica y militar;

6. Recuerda que en el referendo nacional sobre la independencia celebrado en Ucrania en 1991, la mayoría de la población de Crimea votó a favor de la independencia;

7. Reafirma su convicción de que el establecimiento de un diálogo constructivo es la mejor forma de avanzar hacia la solución de cualquier conflicto y de lograr una estabilidad a largo plazo en Ucrania; elogia la gestión responsable, moderada y contenida del Gobierno ucraniano en esta grave crisis, en la que están en juego la integridad territorial y la soberanía del país; pide a la comunidad internacional que respalde y apoye enérgicamente a Ucrania;

8. Rechaza el objetivo aducido por Rusia de proteger a la población de habla rusa de Crimea pues carece de todo fundamento, ya que no corría ni corre peligro alguno ni se enfrenta a ningún tipo de discriminación; rechaza firmemente la difamación de los manifestantes contra la política de Yanukóvich, tildados de fascistas por la propaganda rusa;

9. Aboga por una solución pacífica a la actual crisis y por el pleno respeto a los principios del Derecho internacional y a las obligaciones contraídas en virtud de este; estima que la situación debe moderarse y seguir apaciguándose con el fin de evitar una confrontación militar en Crimea;

10. Destaca la importancia fundamental que revisten la observación y la mediación internacionales; pide a las instituciones de la UE y a los Estados miembros que estén preparados para agotar todas las vías diplomáticas y políticas posibles y para trabajar sin descanso con todas las organizaciones internacionales pertinentes, tales como las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y el Consejo de Europa, a fin de garantizar una solución pacífica, que debe basarse en la soberanía y la integridad territorial de Ucrania; pide, por tanto, el despliegue de una misión de observación de la OSCE en toda regla en Crimea;

11. Saluda la iniciativa de establecer un grupo de contacto bajo los auspicios de la OSCE, pero lamenta que grupos armados hayan impedido la entrada en Crimea de la misión de observación de la OSCE el 6 de marzo de 2014; critica a las autoridades de Rusia y a las autoproclamadas autoridades de Crimea por no colaborar con la misión de observación de la OSCE ni permitir a sus miembros el pleno acceso a la región en condiciones de seguridad;

12. Lamenta que el Enviado Especial del Secretario General de las Naciones Unidas a Crimea se viera obligado a poner fin a su misión de forma prematura tras las violentas amenazas de las que fue objeto;

13. Opina que determinados aspectos del acuerdo del 21 de febrero de 2014, que negociaron tres Ministros de Asuntos Exteriores en nombre de la UE pero fue incumplido por Yanukóvich, que no lo respetó al firmar la nueva ley constitucional, podrían todavía ayudar a salir de la situación actual de bloqueo; estima, no obstante, que nadie puede negociar ni aceptar soluciones que menoscaben la soberanía y la integridad territorial de Ucrania, y reafirma el derecho fundamental del pueblo de Ucrania a decidir libremente el futuro de su país;

14. Toma nota con gran preocupación de los informes que indican que individuos armados están marcando las casas de los tártaros ucranianos en zonas de Crimea donde conviven tártaros y rusos; señala que los tártaros de Crimea, que volvieron a su patria a raíz de la independencia de Ucrania tras haber sido deportados por Stalin, han estado pidiendo a la comunidad internacional que apoyara la integridad territorial de Ucrania y un acuerdo jurídico y político global sobre la restablecimiento de sus derechos como pueblo indígena de Crimea; pide a la comunidad internacional, a la Comisión y al Consejo, a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos que protejan los derechos de esta y de otras comunidades minoritarias de la península de Crimea; exige una investigación completa de la intimidación a judíos y de los ataques a lugares religiosos judíos tras la invasión de Crimea;

15. Celebra el compromiso del Gobierno ucraniano con un ambicioso programa de reformas que incluye cambios políticos, económicos y sociales; acoge, por tanto, con satisfacción la decisión de la Comisión de conceder a Ucrania un paquete de apoyo financiero a corto y medio plazo por valor de 11 000 millones EUR con el fin de ayudar a estabilizar la situación económica y financiera del país; espera que el Consejo y la Comisión presenten en el plazo más breve posible, junto con el FMI, el Banco Mundial, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, el Banco Europeo de Inversiones y otros países, un paquete de apoyo financiero sólido a largo plazo a fin de ayudar a Ucrania a hacer frente al deterioro de su situación económica y social, y que faciliten apoyo económico para acometer las necesarias reformas exhaustivas y profundas de la economía ucraniana; recuerda la necesidad de organizar y coordinar una conferencia internacional de donantes que debe convocar la Comisión y que debe reunirse en el plazo más breve posible; pide al FMI que evite la imposición de medidas de austeridad insoportables, por ejemplo rebajar el nivel de las subvenciones a la energía, que agravarían aún más la ya difícil situación socioeconómica del país;

16. Pide a la Comisión y a los Estados miembros, junto con el Consejo de Europa y la Comisión de Venecia, que faciliten, además de ayuda financiera, asistencia técnica en lo que respecta a la reforma constitucional, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción en Ucrania; confía en que se cree un historial favorable en este sentido, y subraya que el Maidán y todos los ucranianos están esperando un cambio radical y un sistema de gobierno adecuado;

17. Solicita que se organicen elecciones libres, justas y transparentes a escala nacional con observadores de la OSCE/OIDDH y reafirma su disposición a establecer su propia misión con el mismo fin; invita a las autoridades ucranianas a hacer cuanto esté en su mano para favorecer una alta participación en las elecciones presidenciales, también en las zonas este y sur del país; insiste en su petición a las autoridades ucranianas de que lleven a cabo elecciones legislativas con arreglo a las recomendaciones de la Comisión de Venecia y apoya la adopción de un sistema electoral proporcional que favorecería una representación adecuada de las circunstancias locales del país; destaca la importancia de que el Parlamento y sus diputados, tanto a escala central como local, respeten el Estado de Derecho;

18. Pide a Ucrania que no ceda a la presión para aplazar las elecciones presidenciales previstas para el 25 de mayo de 2014;

19. Aboga por un Gobierno de Ucrania que sea tan amplio e integrador como sea posible a fin de minimizar el riesgo de un rebrote de la violencia y de fragmentación del territorio; lanza una seria advertencia a Rusia respecto a las acciones que pudieran contribuir a un aumento de la polarización étnica o lingüística; destaca la necesidad de garantizar el respeto y la protección plenos de los derechos de las personas que pertenecen a minorías nacionales, de conformidad con las normas internacionales, incluidos los derechos de los ucranianos de habla rusa, colaborando estrechamente con la OSCE y el Consejo de Europa; reitera su llamamiento a favor de un nuevo régimen lingüístico amplio en apoyo de todas las lenguas minoritarias;

20. Celebra la decisión del Presidente en funciones de vetar el proyecto de ley destinado a revocar la Ley en materia de política lingüística de 3 de julio de 2012; recuerda que, en cualquier caso, esta ley no se aplicaría en Crimea; pide a la Rada Suprema que reforme la legislación en vigor para armonizarla con las obligaciones de Ucrania en virtud de la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias;

21. Celebra la disposición de los veintiocho Jefes de Estado o de Gobierno de la UE a firmar los capítulos políticos del Acuerdo de Asociación tan pronto como sea posible, y antes de las elecciones presidenciales del 25 de mayo de 2014, y a adoptar medidas unilaterales que permitan a Ucrania acogerse a las disposiciones del Acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo, tal como propuso la Comisión el 11 de marzo de 2014; señala que la UE está dispuesta a celebrar el Acuerdo de Asociación / Acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo completo en cuanto el Gobierno ucraniano esté listo para dar este paso; insiste en enviar mensajes claros que demuestren a Rusia que ningún elemento de dicho acuerdo pone en peligro ni daña unas futuras relaciones de cooperación en el ámbito político y económico entre Ucrania y Rusia; señala asimismo que, de conformidad con el artículo 49 del Tratado UE, Ucrania, como cualquier otro Estado europeo, tiene una perspectiva europea y puede solicitar su adhesión a la Unión siempre que suscriba los principios de la democracia, respete las libertades fundamentales y los derechos humanos y de las minorías, y garantice el Estado de Derecho;

22. Recuerda, a este respecto, que la exportación de armas y de tecnología militar puede poner en peligro la estabilidad y la paz en toda la región y debe cesar inmediatamente; lamenta profundamente que los Estados miembros de la UE hayan exportado armas y tecnología militar sin límite a Rusia, incluidos importantes medios estratégicos convencionales;

23. Celebra la decisión del Consejo Europeo, de 6 de marzo de 2014, sobre una primera serie de medidas selectivas respecto a Rusia, tales como suspender las conversaciones bilaterales en materia de visados y el nuevo acuerdo, así como la decisión de los Estados miembros y de las instituciones de la UE de suspender su participación en la cumbre del G-8 en Sochi; advierte, no obstante, que en el caso de que no se reduzca la tensión o si esta aumenta con la anexión de Crimea, la UE debe adoptar rápidamente medidas pertinentes, que deben incluir un embargo de armas y de tecnologías de doble uso, restricciones en materia de visados, la congelación de bienes, la aplicación de la legislación contra el blanqueo de capitales respecto a quienes participaron en el proceso de toma de decisiones en la invasión de Ucrania y medidas contra las empresas rusas y sus filiales, especialmente en el sector de la energía, para cumplir plenamente con el Derecho de la UE, y tener consecuencias para los actuales vínculos políticos y económicos con Rusia;

24. Subraya que la colaboración parlamentaria entre el Parlamento Europeo y la Duma estatal y el Consejo de la Federación rusos no puede llevarse a cabo como si no hubiera pasado nada;

25. Celebra la decisión del Consejo de adoptar sanciones centradas en la congelación y la recuperación de fondos ucranianos sustraídos, dirigidas a 18 personas, Yanukóvich entre ellas;

26. Pide a la Comisión, en este sentido, que apoye proyectos en el Corredor Meridional que diversifiquen efectivamente el abastecimiento de energía, e insta a los Estados miembros a que no hagan participar a sus empresas públicas en proyectos con empresas rusas que aumenten la vulnerabilidad europea;

27. Hace hincapié en la importancia de un suministro de energía seguro, diversificado y asequible para Ucrania; destaca, en este sentido, el papel estratégico de la Comunidad de la Energía, cuya presidencia ocupa Ucrania en 2014, y de sumarse a la resistencia del país frente a las amenazas de Rusia en materia de energía; recuerda la necesidad de aumentar la capacidad de almacenamiento de la UE y facilitar un flujo inverso de gas desde los Estados miembros de la UE a Ucrania; celebra la propuesta de la Comisión de modernizar el sistema de tránsito de gas de Ucrania y de ayudarlo en el pago de sus deudas con Gazprom; pone de relieve la urgente necesidad de seguir avanzando hacia una política de seguridad energética común con un mercado interior sólido y unos suministros energéticos diversificados, y de trabajar en favor de la plena aplicación del Tercer paquete energético, con lo que se reduciría la dependencia de la UE del petróleo y el gas rusos;

28. Pide al Consejo que autorice inmediatamente a la Comisión a acelerar la liberalización de visados con Ucrania, a fin de avanzar en la introducción de un régimen de exención de visados, siguiendo el ejemplo de Moldavia; solicita, por el momento, la introducción inmediata de procedimientos de visado temporales, muy sencillos y de bajo coste, en el ámbito de la UE y de los Estados miembros;

29. Tiene la firme convicción de que los acontecimientos en Ucrania resaltan la necesidad de que la UE redoble su compromiso y su apoyo a la opción europea y la integridad territorial de Moldavia y Georgia, cuando estos países se disponen a firmar los Acuerdos de Asociación y de libre comercio de alcance amplio y profundo con la UE durante el presente año;

30. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Presidente en funciones, al Gobierno y al Parlamento de Ucrania, al Consejo de Europa y al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de la Federación de Rusia.

(2014/2627(RSP))