1. Habrá un alto el fuego inmediato y general en ciertas zonas de las regiones ucranianas de Donetsk y Lugansk, que deberá observarse estrictamente a partir de las 00.00 horas (hora local) del 15 de febrero de 2015.

2. Ambas partes retirarán todas las armas pesadas la misma distancia con el fin de crear una zona de seguridad de al menos 50 km entre una y otra parte para los sistemas de artillería de calibre igual o superior a los 100 mm, una zona de 70 km entre los sistemas de lanzamiento múltiple de cohetes y una de 140 km entre los sistemas de lanzamiento múltiple de cohetes tipo Tornado-S, Uragan, Smerch y los sistemas de misiles tácticos (Tochka, Tochka-U):
 Para las fuerzas ucranianas: desde la línea real del frente;
 Para las fuerzas armadas de ciertas zonas de las regiones ucranianas de Donetsk y Lugansk: desde la línea del frente de conformidad con el Memorando de Minsk de 19 de septiembre de 2014.

La retirada de las armas pesadas mencionadas anteriormente comenzará a más tardar el día 2 del alto el fuego y concluirá en un plazo de 14 días.

La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), con el apoyo del Grupo de Contacto Trilateral, ayudará en este proceso.

3. La OSCE garantizará el seguimiento y la verificación eficaces del régimen de alto el fuego y la retirada de las armas pesadas desde el día 1 de la retirada, utilizando todos los medios técnicos necesarios, incluidos satélites, drones y equipos de radar, etc.

4. En el día 1 después de la retirada se iniciará un diálogo sobre las condiciones para llevar a cabo elecciones locales de acuerdo con la legislación de Ucrania y la Ley de Ucrania sobre el orden de autogobierno local provisional en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk, así como sobre el régimen futuro de esas zonas con arreglo a esa ley.

Inmediatamente, y en un plazo no mayor de 30 días tras la fecha de firma del presente documento, el Parlamento de Ucrania aprobará una resolución en la que indicará el territorio que abarca el régimen especial con arreglo a la Ley de Ucrania sobre el orden de autogobierno local provisional en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk sobre la base de la línea establecida en el Memorando de Minsk de 19 de septiembre de 2014.

5. Se concederán indultos y amnistías mediante la promulgación de la ley que prohíba el enjuiciamiento y castigo de personas en relación con los sucesos acaecidos en ciertas zonas de las regiones ucranianas de Donetsk y Lugansk.

6. Se liberarán e intercambiarán todos los rehenes y las personas detenidas ilegalmente en base al principio de “todos por todos”. Este proceso deberá concluirse a más tardar el día 5 después de la retirada.

7. Se asegurará el acceso, la entrega, el almacenamiento y la distribución en condiciones de seguridad de asistencia humanitaria a los necesitados mediante un mecanismo internacional.

8. Se establecerán las modalidades para la restauración plena de las relaciones socioeconómicas, incluidas las ayudas sociales, como el pago de pensiones y otros pagos (recibos e ingresos, el pago puntual de todas las facturas de servicios públicos, reestableciendo la tributación con arreglo al marco jurídico de Ucrania).

A este fin, Ucrania reinstaurará el control de todo su sistema bancario en las zonas afectadas por el conflicto, y posiblemente se establecerá un mecanismo internacional para facilitar esas ayudas.

9. El Gobierno de Ucrania restablecerá el control total de la frontera estatal a lo largo de la zona de conflicto, a partir del día 1 después de la celebración de elecciones locales y concluirá tras un acuerdo político amplio (reforma constitucional y elecciones locales en ciertas zonas de las regiones ucranianas de Donetsk y Lugansk, de conformidad con la Ley de Ucrania), a más tardar a finales de 2015, con sujeción a la aplicación del párrafo 11 en consulta con los representantes de ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk y con su acuerdo, en el marco del Grupo de Contacto Trilateral.

10. Todas las unidades armadas y equipos militares extranjeros, así como los mercenarios, se retirarán del territorio de Ucrania bajo la vigilancia de la OSCE, y todos los grupos ilegales deberán desarmarse.

11. En Ucrania se llevará a cabo una reforma constitucional con la entrada en vigor de una nueva constitución a finales de 2015, uno de cuyos elementos principales será la descentralización (y en la que se hará referencia a las características especiales de ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk, sobre las que deberá llegarse a un acuerdo con representantes de esas zonas), y la aprobación de leyes permanentes sobre el estatuto especial de ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk, en consonancia con las medidas establecidas en la nota de pie de página hasta finales de 2015
 [1].

12. Tomando como base la Ley de Ucrania sobre el orden de autogobierno local provisional en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk, todas las cuestiones relacionadas con las elecciones locales se examinarán y acordarán con los representantes de ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk, en el marco del Grupo de Contacto Trilateral. Las elecciones se llevarán a cabo de acuerdo con las normas pertinentes de la OSCE y serán observadas por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE.

13. Las actividades del Grupo de Contacto Trilateral se intensificarán, en particular mediante el establecimiento de grupos de trabajo para la aplicación de los aspectos pertinentes de los Acuerdos de Minsk, que reflejarán la composición del Grupo de Contacto Trilateral.

Miembros del Grupo de Contacto Trilateral:
Heidi Tagliavini, Embajadora
L. D. Kuchma, Segundo Presidente de Ucrania
M. Yu. Zurabov, Embajador de la Federación de Rusia ante Ucrania
A. W. Zakharchenko
I. W. Plotnitski

[1Esas medidas son, de conformidad con la Ley de Ucrania sobre el orden de autogobierno local provisional en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk:
 Exoneración de castigo, juicio y discriminación para las personas involucradas en los hechos que tuvieron lugar en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk;
 Derecho a la libre determinación lingüística;
 Participación de órganos de autogobierno local en el nombramiento de los jefes de órganos fiscales y tribunales en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk;
 Facultad de las autoridades ejecutivas centrales para celebrar acuerdos con órganos de autogobierno local respecto del desarrollo económico, social y cultural de ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk;
 Apoyo del Estado para el desarrollo socioeconómico de ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk;
 Apoyo del Gobierno central para la cooperación transfronteriza entre ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk y distritos de la Federación de Rusia;
 Establecimiento de unidades de milicia por orden de los consejos locales con el fin de mantener el orden público en ciertas zonas de las regiones de Donetsk y Lugansk;
 Los poderes de los delegados y funcionarios de los consejos locales elegidos en las elecciones anticipadas, nombrados por el Verkhovna Rada de Ucrania de conformidad con esta ley, no podrán ser revocados antes de que completen sus mandatos.