REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/897 DEL CONSEJO de 29 de junio de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela(1), y en particular su artículo 17, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 13 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/2063.

(2) El 21 de diciembre de 2019, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante»), emitió una declaración en nombre de la Unión en la que señalaba que la decisión del Tribunal Supremo de Venezuela y de la Asamblea Constituyente no reconocida de privar de la inmunidad parlamentaria que otorga la Constitución a cuatro miembros de la Asamblea Nacional constituía una vulneración grave de las disposiciones constitucionales, del Estado de Derecho y del principio democrático de la separación de poderes. En esta declaración manifestó claramente que la Unión seguirá observando la situación e indicó la disposición de la Unión a recurrir a los instrumentos a su disposición para promover la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, lo que incluye medidas selectivas que no perjudiquen al pueblo venezolano.

(3) El 9 de enero de 2020, el Alto Representante emitió una declaración en nombre de la Unión en la que declaraba que los recientes actos contra el único órgano elegido democráticamente en Venezuela, la Asamblea Nacional, y muchos de sus miembros, incluido el presidente de la Asamblea Nacional, habían intensificado la crisis venezolana y que los intentos de bloquear por la fuerza, el 5 de enero de 2020, un proceso electivo legítimo para nombrar a la junta directiva de la Asamblea Nacional, así como el uso de la fuerza contra su presidente y varios diputados para impedir su acceso a la Asamblea Nacional, eran totalmente inaceptables. Dicha declaración también manifestó que la votación que dio lugar a la llamada «elección» de Luis Parra no fue legítima, ya que no respetó los cauces legales ni los principios constitucionales democráticos, y que los miembros de la Asamblea Nacional deben poder ejercer el mandato parlamentario recibido del pueblo venezolano sin sufrir intimidación ni represalia alguna. Asimismo, a la luz de estos actos y decisiones graves que socavan la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, esa declaración destacó el compromiso de la Unión a empezar a trabajar para aplicar medidas específicas contra las personas implicadas en la violación de esos principios y derechos.

(4) El 4 de junio de 2020, el Alto Representante emitió una declaración en nombre de la Unión sobre los últimos acontecimientos en Venezuela, entre ellos la decisión del Tribunal Supremo de Venezuela de 26 de mayo de 2020 por la que se ratificó a Luis Parra como Presidente de la Asamblea Nacional. En dicha declaración se destacaba que la Unión considera que la votación que dio lugar a la llamada «elección» de Luis Parra no fue legítima, ya que no respetó los cauces legales ni los principios constitucionales democráticos. También se afirmaba que los últimos acontecimientos han agudizado aún más la prolongada crisis institucional y política en Venezuela y han estrechado el espacio democrático y constitucional en el país. Dicha declaración reiteraba la posición de la Unión de que solo puede conseguirse una salida sostenible de la crisis venezolana a través de un proceso político auténtico e integrador, y subrayaba que la Unión rechaza todos los tipos de violencia, incluida cualquier incursión militar o violenta en el país. En este contexto, la Unión ha observado que el reciente acuerdo entre los agentes nacionales sobre la ayuda humanitaria es un paso positivo y ha destacado la necesidad de que todas las partes trabajen juntas y de manera constructiva para aliviar el dramático sufrimiento del pueblo venezolano que se está viendo agravado por la pandemia de COVID-19.

(5) En este contexto, y a la vista de la gravedad de la situación que continúa en Venezuela, debe incluirse a once personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063.

(6) Procede, por tanto, modificar el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 2020.

Por el Consejo La Presidenta A. METELKO-ZGOMBIĆ

ANEXO

En el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 se añaden las siguientes personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos:

Nombre Datos de identificación Motivos Fecha de inclusión
26. José Adelino Ornelas Ferreira Apodos: Ornella Ferrei­ra/Ornellas Ferreira Fecha de nacimiento: 14 de diciembre de 1964 Lugar de nacimiento: Caracas, Distri­to Capital (Venezuela) Número de documento de identidad: V-7087964 Sexo: masculino Secretario general del Consejo de Defensa de la Nación desde el 26 de julio de 2019 y antiguo comandante de la Región Estratégica de Defensa Integral Capital (REDI Capital), antiguo jefe del Estado Mayor y antiguo segundo comandante del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de Venezuela (CEOFANB). En el ejercicio de estas funciones ha apoyado y facilitado las acciones y las políticas del Gobierno de Venezuela que han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela. Responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela, en particular obstruyendo la prestación de ayuda humanitaria y recurriendo al uso excesivo de la fuerza por parte de agentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y de las fuerzas subordinadas bajo su mando, especialmente la Región Estratégica de Defensa Integral (REDI), la Zona Operativa de Defensa Integral (ZODI) y la Guardia Nacional Bolivariana. 29.6.2020
27. Gladys del Valle Requena Fecha de nacimiento: 9 de noviembre de 1952 Lugar de nacimiento: Puerto Santo, Sucre (Venezuela) Número de documento de identidad: V-4114842 Sexo: femenino Miembro y, desde el 26 de octubre de 2018, vicepresidenta segunda de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), no reconocida. En su liderazgo en la ANC no reconocida, ha menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular firmando el decreto que privó al presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Juan Guaidó, de su inmunidad parlamentaria. 29.6.2020
28. Tania Valentina Díaz Gon­zález Fecha de nacimiento: 18 de junio de 1963 Lugar de nacimiento: Caracas, Distri­to Capital (Venezuela) Número de documento de identidad: V-6432672 Sexo: femenino Miembro y, desde el 4 de enero de 2018, vicepresidenta primera de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), no reconocida. En su liderazgo en la ANC no reconocida, ha menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular firmando el decreto que privó al presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Juan Guaidó, de su inmunidad parlamentaria. 29.6.2020
29. Elvis Eduardo Hidrobo Amoroso Fecha de nacimiento: 4 de agosto de 1963 Lugar de nacimiento: Caracas, Distri­to Capital (Venezuela) Número de documento de identidad: V-7659695 Sexo: masculino Contralor general desde el 23 de octubre de 2018, y antiguo vicepresidente primero y segundo de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), no reconocida. Sus acciones han socavado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular dirigiendo la ANC no reconocida, firmando la "ley contra el odio", justificando la expulsión de un gobernador de la oposición elegido legalmente y prohibiendo a Juan Guaidó ejercer cualquier cargo público. 29.6.2020
30. Juan José Mendoza Jover Fecha de nacimiento: 11 de marzo de 1969 Lugar de nacimiento: Trujillo (Vene­zuela) Dirección: Arnoldo Gabaldón, Can­delaria, Edo. Trujillo Número de documento de identidad: V-9499372 Sexo: masculino Segundo vicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) y presidente de la Sala Constitucional del TSJ desde el 24 de febrero de 2017. Sus acciones han socavado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular mediante una serie de resoluciones judiciales que en los dos últimos años han limitado o socavado las competencias constitucionales del órgano legislativo de Venezuela elegido democráticamente, la Asamblea Nacional. 29.6.2020
31. Jorge Elieser Márquez Monsalve Fecha de nacimiento: 20 de febrero de 1971 Lugar de nacimiento: Caracas (Venezuela) Número de documento de identidad: V-8714253 Sexo: masculino Director general de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) desde el 7 de agosto de 2017. Sus acciones han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular limitando gravemente los derechos del pueblo venezolano a la libertad de prensa, a la libertad de expresión y a la información. Hizo uso de sus competencias especiales en CONATEL para acallar las críticas y a los disidentes del régimen bloqueando, filtrando y obstaculizando sitios web de internet, así como revocando licencias existentes para emisoras de radio y televisión y no concediendo nuevas licencias. 29.6.2020
32. Farik Karin Mora Salcedo Número de documento de identidad: V-8608523 Sexo: masculino Fiscal del Tribunal Especial Primero de Primera Instancia de Venezuela con despacho en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM). Sus acciones han socavado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular incoando procesos penales por motivos políticos que dieron lugar a la detención arbitraria de miembros de la Asamblea Nacional y otros funcionarios opositores al régimen de Maduro. 29.6.2020
33. Dinorah Yoselin Bustamante Puerta Fecha de nacimiento: 14 de enero de 1975 Número de documento de identidad: V-10002096 Sexo: femenino Fiscal del Tribunal Especial Primero de Primera Instancia de Venezuela con despacho en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM). Sus acciones han socavado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, en particular incoando procesos penales por motivos políticos que dieron lugar a la detención arbitraria de miembros de la Asamblea Nacional y otros funcionarios opositores al régimen de Maduro. 29.6.2020
34. Luis Eduardo Parra Rivero Fecha de nacimiento: 7 de julio de 1978 Número de documento de identidad: V-14211633 Sexo: masculino Miembro y presidente electo de forma ilegítima de la Asamblea Nacional. En su calidad de miembro de la Asamblea Nacional, organizó su elección como Presidente de la Asamblea Nacional el 5 de enero de 2020, socavando así la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela. La elección se produjo mientras la policía (militar) bloqueaba la entrada de la sede de la Asamblea Nacional a varios parlamentarios y sin que hubiera quorum. Por lo tanto, los miembros de la oposición tuvieron que organizarse fuera de la sede de la Asamblea Nacional para volver a elegir a Juan Guaidó como presidente. Poco después de la elección organizada de Parra, apoyada por el partido político del régimen (PSUV), Parra fue reconocido por Maduro y la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) no reconocida. 29.6.2020
35. Franklyn Leonardo Duarte Fecha de nacimiento: 15 de mayo de 1977 Número de documento de identidad: V-3304045 Miembro y vicepresidente primero electo de forma ilegítima de la Asamblea Nacional. En su calidad de miembro de la Asamblea Nacional, organizó su elección como vicepresidente primero de la Asamblea Nacional el 5 de enero de 2020, socavando así la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela. La elección se produjo mientras la policía (militar) bloqueaba la entrada de la sede de la Asamblea Nacional a varios parlamentarios y sin que hubiera quorum. Por lo tanto, los miembros de la oposición tuvieron que organizarse fuera de la sede de la Asamblea Nacional para volver a elegir a Juan Guaidó como presidente. Poco después de la elección organizada de Duarte, apoyada por el partido político del régimen (PSUV), la elección del órgano de dirección de la Asamblea Nacional fue aprobada por Maduro y la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) no reconocida. 29.6.2020
36. José Gregorio Noriega Fi­gueroa Fecha de nacimiento: 21 de febrero de 1969 Número de documento de identidad: V-8348784 Sexo: masculino Miembro y vicepresidente segundo electo de forma ilegítima de la Asamblea Nacional. En su calidad de miembro de la Asamblea Nacional, organizó su elección como vicepresidente segundo de la Asamblea Nacional el 5 de enero de 2020, socavando así la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela. La elección se produjo mientras la policía (militar) bloqueaba la entrada de la sede de la Asamblea Nacional a varios parlamentarios y sin que hubiera quorum. Por lo tanto, los miembros de la oposición tuvieron que organizarse fuera de la sede de la Asamblea Nacional para volver a elegir a Juan Guaidó como presidente. Poco después de la elección organizada de Noriega, apoyada por el partido político del régimen (PSUV), la elección del órgano de dirección de la Asamblea Nacional fue aprobada por Maduro y la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) no reconocida. 29.6.2020