Una fiebre reformista de la Constitución recorre el Congreso. Sin querer alabarlos en demasía, de los 120 legiferantes es posible que 110 no hayan leído nunca en su vida la Constitución del Estado. Ni la de 1979, como tampoco la facturada por el fujimorismo en 1993. Sin embargo, los extravagantes ya han pretendido empujar sus cambios a conveniencia y majadería de unos cuantos.

En el artículo 206 se dice: “Toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas”.

Como ahora hay grupos parlamentarios dispuestos a tumbar leyes sociales so pretexto que así se ahorra y posibilita el desarrollo del Perú, se contrabandea que la reforma constitucional puede aprobarse así como así en estos días turbulentos. ¡Qué falsedad!

Digamos que el Congreso aprueba el cierre de lo que ya está cerrado, la ley 20530, y consigue que la mayoría absoluta del número legal de sus miembros vote por ese camino. En cualquier caso se necesita el camino del referéndum para que el pueblo (entre los que están hijos, esposas y parientes de los afectados) apruebe la reforma constitucional. ¿Un Parlamento de prestigio nulo como el actual, lograría legalizar la flagrante violación de al menos, catorce previsiones constitucionales, entre garantías y derechos?

El efecto carambola, además, se haría presente. Porque al aprobar la reforma de algunos artículos sobre previsión social que el Perú ha suscrito en convenios de obligatorio cumplimiento, también se haría pasible de un severo jalón de orejas a nivel internacional. ¡Y no hablemos del estentóreo ridículo de que Perú se haría protagonista!

Si el Congreso quiere evitarse el referéndum, entonces tendría que aprobar en dos legislaturas ordinarias consecutivas, es decir el 28 de julio del 2004, la primera, y el 28 de julio del 2005 la segunda, la o las reformas constitucionales. Ya empiezo a imaginar la grita desaforada de tanto asno sentado en muelle curul. ¡Que me demuestren lo contrario!

Y un dato de lo más interesante: apenas el 1% de la masa pensionaria gana más de S/ 5 mil soles y su eliminación para entrar al régimen de topes, ahorraría una cantidad mínima al presupuesto nacional. ¿Para esta minucia, una reforma constitucional? ¡Qué disparate! ¿O hay más razones inconfesables?

Por ejemplo, hay derecho a preguntarse, ¿si la eliminación de pasivos (como se considera a los jubilados) no es también parte del frío y calculado plan del Fondo Monetario Internacional, iglesia que por estos lares, recibe adhesión vergonzosa?

La ignorancia cuando se matrimonia con la irresponsabilidad sólo produce espectáculos penosos y aborchonantes como el del Congreso actual. En los días que vienen seguiremos sobre este mismo tema.

¡Atentos con la historia; las tribunas aplauden lo que suena bien!

¡Ataquemos al poder; el gobierno lo tiene cualquiera!

Hay que romper el pacto infame y tácito de hablar a media voz.