El primero, entre otros, fundamenta en lo jurídico las restricciones a las libertades, derechos y garantías de los colombianos, justificando las detenciones masivas y colocando en la fuerza pública funciones de policía judicial, que no es otra cosa que trasladar al ejército y la policía, la etapa previa de instrucción e investigación de los delitos que venían en cabeza de la Fiscalía.

La segunda, aún en discusión en el Congreso nacional, contiene un sin número de procedimientos mecánicos dentro de la línea de importar de los gringos el Sistema Acusatorio, negando nuestra tradición jurídica, entre ellos la Parte Civil como sujeto procesal.

La Parte Civil es una figura mediante la cual, las víctimas de cualquier delito (los dolientes en el homicidio, las víctimas de la estafa, del hurto, del acceso carnal

violento y demás delitos) pueden hacerse parte en el proceso penal, en procura de la indemnización, como de la búsqueda de la verdad y la justicia.

La Parte Civil logró importantes avances en Colombia: se superó la concepción según la cual la parte civil actuaba únicamente movida por intereses pecuniarios al pretender solamente indemnización económica con la que se había sostenido a lo largo de su existencia, para entender hoy que la Parte Civil también actúa en el proceso penal para contribuir en la búsqueda de la verdad de los hechos y la identificación y sanción penal de los responsables.

En un país donde la impunidad obedece a una pensada y desafortunada política oficial (especialmente en lo que tiene que ver con casos de graves violaciones a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad y delitos contra la humanidad), resulta supremamente peligroso e inconveniente eliminar la Parte Civil como sujeto procesal. Es gracias a la posibilidad de constituirse en sujeto procesal en representación de las víctimas que se ha logrado evidenciar la estructura de violación de los derechos humanos. Es gracias a su intervención que se han logrado identificar los mecanismos de impunidad. Es gracias a su participación que se han logrado impulsar investigaciones. Es gracias a ella que se ha hecho prevalecer la justicia ordinaria sobre la penal militar. Es gracias a su papel que se ha contribuido u obligado a identificar y perseguir a los responsables de tales conductas. Si la impunidad impera, aún con la participación de la parte civil, es evidente que sin ésta, la impunidad encontrará menos obstáculos para su entronización.

Casos como las masacres de Mapiripán, Riofrío, Los Uvos, Caloto, Mondoñedo, Tatacoa, 16 de mayo, Santodomingo, La Galleta, Chengue, Alaska, entre otras; así como los magnicidios de los parlamentarios Manuel Cepeda y Octavio Sarmiento, de Jorge Ortega García, del ex Defensor Regional

del Pueblo Doctor Iván Villamizar Luciani, de Jaime Garzón, el atentado al sindicalista Wilson Borja no hubieran tenido el mismo desarrollo sin la activa participación de la Parte Civil .

De esta manera, en el proyecto de reforma del Código de Procedimiento Penal, la intervención cierta de las víctimas (Parte Civil) se limita a intervenir en una diligencia llamada "incidente de reparación integral" (posterior a la sentencia) en el cual -como su nombre lo indica- el único interés que se persigue es el patrimonial dejando de lado el derecho a conocer la verdad y de tener un acceso real a la justicia.

Hacemos un urgente llamado a los congresistas para que se mantenga a la Parte Civil y al actor popular como sujetos procésales, al menos con los mismos derechos y prerrogativas que tienen en el momento actual. Hacemos un llamado a la comunidad nacional e internacional para que se pronuncien ante las autoridades colombianas frente a este atentado contra los derechos de las víctimas. Permitir la eliminación de la Parte Civil es dar pasos opuestos a las aspiraciones de la normatividad internacional sobre los derechos de las víctimas y la lucha contra la impunidad. Este crucial momento de la historia exige asumir grandes responsabilidades.