Al finalizar el año 2004, el señor Álvaro Uribe Vélez (AUV) firmó el Acto Legislativo O2, que autoriza su reelección.

La autorización ocurrió después del accidentado trámite por la instancia legislativa, donde se omitieron procedimientos claves del Reglamento mediante la compra de votos parlamentarios con cuotas burocráticas, partidas presupuestales, licitaciones públicas y otras prebendas en post de una reorganización estructural de su sistema político.

La norma consta de 5 artículos, después que en la prolongada deliberación se llegó a considerar hasta 18. Se reforman los artículos 127, 197, 204 y 152 de la Constitución de 1991, para dar vía a la estrategia de guerra y violencia del grupo que conduce el señor Uribe, integrado por prominentes empresarios, latifundistas, banqueros, multinacionales, generales, burócratas y narcoparamilitares, estos últimos integrados ya en el mundo de la política oficial, mediante un fementido proceso de desmovilización patrocinado por la Embajada Norteamericana, empeñada en reordenar la función del narcotráfico colombiano en el marco de sus estrategias contrainsurgentes, tal como aconteció en Laos, Vietnam, Nicaragua -con la Contra- y Afganistán, donde los barones de la droga han sido puestos al servicio de los planes imperialistas de saqueo de la riqueza petrolera de Oriente Medio-

Por cuenta del mencionado Acto Legislativo se inicia una prematura campaña presidencial, parte de la cual son las encuestas que nos dicen que la continuidad de Uribe está bastante asegurada y, obviamente, las promesas y las migajas presupuestales que en sus correrías está repartiendo el presidente-candidato.

El Movimiento Popular en todas sus expresiones está perfilando su estrategia en esta batalla que tendrá momentos difíciles a lo largo de los próximos 18 meses. Por el momento, se abre paso la posibilidad de un Gran Acuerdo de todos los grupos de oposición al actual gobierno, para anular, mediante el voto en blanco, los comicios presidenciales de el 6 mayo del 2006, debido a la protuberante desigualdad electoral, por el evidente ventajismo del aspirante a la reelección, y como la vía más eficaz para deslegitimar ante el mundo un gobierno minoritario que se sustenta en la violencia, el fraude, el clientelismo, la compra y la manipulación de conciencias y votos. Postular desde ya un candidato de la oposicion, como apresuradamente lo quieren algunas corrientes políticas (más interesadas en elegir uno o dos parlamentarios que en la solución de nuestra profunda crisis), constituye un craso error que contribuye a legitimar la reelección y darle visos de realidad a la campaña demagógica que quiere dar a entender que en Colombia funciona a plenitud una democracia moderna. Acuerdo que por supuesto incluye la convocatoria de nuevas elecciones en circunstancias de transparencia y equidad política para todos los movimientos.

Por el momento conviene tener claro el parapeto legal orquestado por la cúpula gubernamental en el Acto Legislativo:

Artículo primero

Esta disposición modifica los incisos 2 y 3 del artículo 127 de la Constitución Política, para permitir la participación electoral como candidatos de los actuales Presidente y Vice-presidente de la Republica, al tiempo que mantiene prohibiciones en tal sentido para una importante gama de funcionarios públicos -como el Alcalde de Bogota y el Gobernador del Valle del Cauca-, en un notable acto de ventajismo. De la misma manera, establece inútiles normas con plazos para iniciar la campaña electoral, cuando se sabe que ésta ya lleva más de 20 meses a favor de AUV, por la descarada manipulación del poder que se ha hecho hasta el momento desde el Palacio de Nariño. En el colmo de la idiotez, se establece que los candidatos oficiales "no podrán utilizar -en su campaña- bienes del Estado o recursos del Tesoro Público a su favor.

Artículo segundo

Reforma el artículo 197 de la Constitución para autorizar la reelección del señor Uribe, al establecer que nadie podrá ser elegido para ocupar la Presidencia de la Republica por más de dos períodos. Debieron ahorrarse la vuelta y decir francamente, como ocurrió a principios del siglo XX con el general Rafael Reyes, que se modificaba la Constitución para reelegir a Álvaro Uribe Vélez, a quien además quieren mantener en el poder por 20 años más.

Artículo tercero

Modifica el artículo 204 de la Carta Constitucional para convertir el cargo de Vicepresidente en un elemento de negociación que permita el amarre de todas las facciones políticas empeñadas, mediante la reeleccion, en conservar su cuotas burocráticas y presupuestales en el Estado. Es el sentido del inciso que establece que "el Vicepresidente podrá ser reelegido para el período siguiente si integra la misma fórmula del Presidente en ejercicio".

Artículo cuarto

La reforma que aqui se hace del artículo 152 del estatuto vigente es como de antologia. Dispone la expedición de una Ley Estatutaria, la cual estará lista prácticamente cuando ya termine la campaña reeleccionista, para garantizar la ’igualdad’ electoral mediante la regulación de las siguientes materias: "garantías a la oposición, participación en política de servidores públicos, derecho al acceso equitativo a los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético, financiación preponderantemente estatal de las campañas presidenciales, derecho de réplica en condiciones de equidad cuando el Presidente de la República sea candidato y normas sobre inhabilidades para candidatos a la Presidencia de la República". Tal ley será elaborada por el actual Congreso o por el Consejo Electoral, sin presencia de la Oposición.

Artículo quinto

Señala la vigencia inmediata del Acto Legislativo, olvidando que aún está pendiente el control de la Corte Constitucional, en la cual se han radicado numerosas demandas con ocasión de los vicios de procedimiento detectados a lo largo del tortuoso trámite legislativo y de la modificación, a mitad del camino, de las reglas de juego electorales, del sistema político vigente con la Constitución del 91 y para favorecer al señor AUV.

Voto en Blanco

Ojalá prevalezca el buen juicio entre los distintos grupos de la oposición y se adopte un adecuado plan de movilización política que permita (como en el caso del derrotado referendo fondo- monetarista) derrotar y anular la reelección de Uribe Vélez. El voto en blanco mayoritario, de acuerdo con la Constitución y la Ley de Mecanismos de Participacion Ciudadana, permitirá dejar sin vigencia una elección en la que muy probablemente concurrirá una minoría comprada con prebendas, promesas clientelistas y presiones para respaldar un gobierno de y para la plutocracia y no en favor de las grandes mayorías. Amanecerá y veremos.

Bogotá, 30 de diciembre de 2004.