Recientemente se presentó en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la firma de los ocho integrantes del interbloque de izquierda, el Proyecto de Ley 462-D-2005 de derogación de la facultad de detener para establecer su identidad (averiguación de antecedentes) y toda aquella disposición que permita el arresto o detención de personas que no se encuadre en las conductas definidas como delito en el Código Penal de la Nación y leyes complementarias.

Debemos recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado Argentino con fecha 18 de septiembre de 2003 por el caso Walter Bulacio y entre las medidas ordenadas por la Corte se encuentra la de adoptar las normas legislativas para “adecuar el ordenamiento jurídico interno a las normas internacionales de derechos humanos y darles plena efectividad”, a fin de poner freno a las detenciones arbitrarias por parte de las fuerzas policiales.

Por supuesto, nada ha hecho el Estado Argentino para cumplir esta exigencia y es altamente improbable que la Legislatura considere siquiera el proyecto de ley. Ya el similar proyecto 3048-D-2002, presentado por los diputados Latendorf y Echegaray y basado como éste en la propuesta formulada en 1994 por CORREPI y acompañado por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, CHA, Jóvenes por los DDHH, AABA y AAJ, perdió estado parlamentario sin haber sido tratado por ninguna comisión.

Del otro lado del charco, en Uruguay, ante gravísimas acciones criminales cometidas por personal policial, el gobierno del Frente Amplio ha tomado sus primeras medidas en materia de seguridad, entre las cuales se destaca la derogación de la facultad policial de detención en averiguaciones.

Esta facultad, similar a la averiguación de antecedentes argentina, había sido regulada por sucesivos decretos, el último de los cuales era el 690/980, de 30 de diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial el 19 de enero de 1981 pero en vigencia desde el 1º de enero de ese año (para qué fijarse en detalles como la imposibilidad de aplicación retroactiva de leyes penales contra los imputados si la propia detención por averiguaciones viola garantías constitucionales).

Este decreto 690/980 fue ahora derogado por las autoridades orientales, en una medida claramente favorable a las libertades públicas (aunque este avance fue matizado por las mejoras salariales para los efectivos de las fuerzas represivas y de una mayor presencia policial en las calles). Por supuesto, la derogación de este decreto dictatorial podría transformarse en un símbolo vacío si no es acompañada de una política concreta para evitar las detenciones arbitrarias por otras vías.

CORREPI