Las intervenciones de Naciones Unidas y de las organizaciones defensoras de derechos humanos contribuyeron a desprestigiar el proyecto de alternatividad que, sin duda alguna, consagra la impunidad a favor de los paramilitares. Las víctimas no cuentan y la representación parlamentaria expresó un apoyo incondicional a los propósitos gubernamentales.

Importante ha sido el debate con ocasión de las conversaciones de Santa fe de Ralito. La prensa corre el velo y deja al descubierto, lo que ya era una verdad de a puño para los sectores de izquierda y de oposición y para los pobladores en donde se impulsan los megaproyectos: la lucha paramilitar es más de acumulación de capital y de expropiación, que una lucha frontal contra la insurgencia; es una lucha contra las organizaciones sociales y la oposición política.

También, quedó al descubierto la contradicción entre los sectores políticos cercanos al Presidente. No todos apoyan la legalización de los negocios del narcotráfico ni de la expropiación y menos la impunidad total como política de Estado y, es en este contexto donde surge la coincidencia entre un grupo parlamentario que analiza una alternativa distinta para contribuir a despejar el marco jurídico del conflicto. Entre tanto, los paramilitares se han pronunciado agresivamente.

LOS PROYECTOS

1. El proyecto del grupo de parlamentarios

Pretende un marco jurídico integral. Tiene como fundamento, de acuerdo con los lineamientos y prácticas internacionales, plasmar los principios de verdad, justicia y reparación en el marco del conflicto armado. Reconocer la existencia de un conflicto armado es clave para comenzar a dilucidar la verdad, y, desde luego, el delito político.

En el ámbito internacional, especialmente en los países que han tenido conflictos similares, lo deseable es que la justicia sea la administrada por el aparato judicial del Estado como forma de recuperar la institucionalidad rota por el conflicto, por tal razón, se establece la existencia de un tribunal para la verdad, la justicia y la reparación. Este tribunal junto con la unidad de la fiscalía para la investigación de los delitos atribuidos a los miembros de los organismos armados es el comienzo de la aplicación de la justicia para las víctimas y la sociedad. Es el establecimiento de la verdad judicial que es tan importante como la verdad histórica que deberá establecerse en este proceso de reconciliación.

Es necesario, por tanto, comprender que la aplicación de esta justicia no podrá ser la misma que para los delitos comunes, sino que es la conocida como la justicia restaurativa, o alternativa que no implica ni perdón ni olvido, ni menos impunidad, pero que si es de alguna manera distinta, porque se pretende la reconciliación en medio de la reparación moral, material y social de las víctimas y la sociedad

Por lo anterior, se propone una tarifa distinta de penas a las fijadas en el código penal vigente y beneficios, al punto que la pena mínima sea de cinco años y máxima de diez (más generosidad imposible); se obliga a la confesión y a la colaboración en el esclarecimiento de los hechos; se obliga a declarar los bienes y su devolución cuando han sido producto de los negocios ilícitos y la expropiación; se establece mecanismos para la reclamación de los bienes por parte de las víctimas y la reparación por parte del victimario y el Estado mediante un fondo para la reparación de víctimas.

Adicionalmente, se propone que el aparato estatal integre a las víctimas y a sus organizaciones en el proceso, al igual que establezca las garantías procesales tanto para las víctimas como para los victimarios. De igual manera, contempla la reparación simbólica tanto para las víctimas, como para sus organizaciones y la sociedad.

La estructura judicial, de control y reclamaciones será la siguiente:

* Unidad especial de la fiscalía para la verdad, la justicia y la reparación

* Tribunal para la verdad, la justicia y la reparación

* Jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad

* Procuraduría para la verdad, la justicia y la reparación

* Comités regionales para las reclamaciones de tierras

* Consejo nacional de reparaciones

* Fondo de reparaciones, cuenta adscrita a la Red de Solidaridad Social

Los derechos de las víctimas

Las víctimas tendrán intervención en todas las etapas del juicio y contarán con asesoría y acompañamiento de la Procuraduría y del comité asesor compuesto por las organizaciones defensoras de derechos humanos y las víctimas del desplazamiento. Dicha instancia se denominará: El Consejo Nacional de Reparaciones, compuesto por el Procurador General de la Nación, el Vicepresidente de la República, el Ministro de Hacienda, el Director de la Red de Solidaridad Social y tres (3) representantes de las organizaciones no gubernamentales que están en el Comité Asesor adscrito a la Procuraduría.

Además, las víctimas podrán acudir a las reclamaciones por la vía judicial en proceso distinto si así lo deciden; la reparación será igualmente simbólica consistente en declaraciones públicas sobre las víctimas y las organizaciones a las cuales pertenecía; las organizaciones políticas diezmadas recuperarían sus derechos; tendrían acceso a rehabilitación psicológica y atención medica; y se propiciaría el retorno a sus sitios de origen.

2. Propuesta en borrador del gobierno

Aventurando una opinión sobre un borrador que ha circulado y presentado en Cartagena como la propuesta del Gobierno, se notan diferencias de fondo y de forma en relación con el proyecto 1 (No. 208) o de los parlamentarios Pardo, Parody, Velasco, Borja y apoyado por el Polo Democrático, los representantes Telésforo Pedraza y J.J. Vives entre otros. Las siguientes son algunas consideraciones al proyecto, el cual puede terminar enredando al gobierno y al mismo proceso:

* Insiste en negar la existencia del conflicto armado, en cuanto al ámbito de la ley, pero en otros artículos describe al grupo armado, lo mismo que el delito político en el caso de los beneficios: ¿hay o no conflicto armado? Esta ambigüedad servirá para que los detractores del marco jurídico comprendan que lo que se impulsa es una impunidad total. Si bien es cierto que se trata de una justicia restaurativa que permita solucionar un conflicto armado, no puede ser ni tan laxa ni tan flexible. Igual circunstancia encontrará ahora y en el futuro el no hacer la distinción entre la insurgencia y los paramilitares. Este es un problema conceptual vital.

* Las víctimas son convidadas de piedra en todo el proceso. Al punto que señala en el articulo 6 que "la reparación sólo procederá si la víctima se encuentra viva y la solicita". Es decir que la familia, la comunidad y la sociedad no serán sujetos de reparación. Esta es una perla en medio del articulado sobre el derecho a la reparación. En las distintas instancias no judiciales en las cuales pueden y deben participar las organizaciones de derechos humanos y de víctimas, el proyecto-borrador las considera como observadores.

* Según el articulo 9, Acuerdo de Paz (¿?) serán beneficiarios de esta normatividad tanto el grupo como los que individualmente se acojan y este es tal vez el mayor escollo con el cual se encontrará el proceso, en el supuesto de que este marco jurídico se apruebe. Cuáles serán los individuos que serán llevados a juicio si ya están desmovilizados y por tanto impunes. Las víctimas no tendrán efectivamente el derecho a la verdad, la justicia y la reparación. Y es posible que todo termine en manos del Estado, que a la larga es toda la sociedad que paga impuestos y los victimarios estarán a la sombra de los desmovilizados y los "perdonados".

* Otra consideración importante, consiste en que como es de su estilo, el gobierno, recibirá las listas de los miembros de los grupos, escogerá los candidatos a llevar a la fiscalía para las investigaciones y recibirá la información sobre fosas comunes y personas desaparecidas (articulo 10). Se puede intuir que la intervención del ejecutivo en la administración de justicia será muy preponderante. En treinta años -téngase presente el caso Chileno- la sociedad estará todavía clamando por la verdad, la justicia y la reparación.

3. Proyecto de Piedad Córdoba

Este proyecto esta circunscrito al sometimiento de los paramilitares únicamente y tiene la importancia de establecer la comisión de la verdad histórica, instrumento con el que debe concluir un proceso de paz y de reconciliación. Considera que la mayor importancia es la participación de las víctimas. Sin embargo, dadas las características del conflicto colombiano, agravado por la desmovilización sin marco jurídico de los paramilitares, un sometimiento a la ley no es factible, aunque si deseable.

4. Proyecto de Moreno de Caro

El proyecto del senador Moreno de Caro es interesante porque establece la exigencia de la devolución de las tierras usurpadas. Deja todo el proceso en manos del ejecutivo a pesar de que señala un Tribunal para la verdad, la justicia y la reparación, pero con funciones administrativas más no judiciales.

Por lo anterior, se puede concluir que el marco jurídico que requiere la sociedad colombiana, y más que nada las víctimas del conflicto interno, debe tener toda la institucionalidad y legalidad posibles que permitan recuperar por un lado la división de los poderes, pero por otro, el Estado de derecho, tan necesario en momentos en que algún sector de la comunidad es complaciente con el delito y con quienes delinquen. La reconciliación nacional se hace con generosidad, igualmente la memoria colectiva se construye sobre la verdad, no basta enunciarla, hay que alcanzarla efectivamente. El debate apenas comienza.