Entre este jueves 26 y el viernes 27 de mayo se realizará el II Encuentro Binacional entre las Autoridades Ministeriales y Operativas, de Colombia y Venezuela, en Maracaibo Estado Zulia, con el propósito de dar cumplimiento a los términos del Memorándum de Entendimiento sobre el tratamiento de las personas desplazadas en territorio colombiano que ingresan a territorio venezolano.

Este instrumento fue suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia, el 23 de abril de 2003 en la Ciudad de Puerto Ordaz -en el marco del encuentro presidencial Uribe-Chávez- a raíz de lo cual, ambos países
nombraron a las Autoridades Ministeriales y Operativas, encargadas de ejecutar y velar por el cumplimiento del referido Memorándum de Entendimiento.

En este sentido. el I Encuentro, celebrado en la Ciudad de Cúcuta, Colombia, las Autoridades Ministeriales y Operativas, definieron los procedimientos a seguir por las partes signatarias del Memorándum, así como las coordinaciones respectivas, además de establecer los canales por medio de los cuales se realizará el intercambio de información con la finalidad de dar cumplimiento a los parámetros establecidos por las partes.

El instrumento determina el procedimiento a cumplir por cada país, de acuerdo a la legislación nacional e internacional, para atender los casos de desplazamientos que puedan presentarse. :

En ese sentido se establece el intercambio de información oportuna y completa sobre los desplazamientos de personas en las zonas fronterizas, especialmente de carácter masivo, que ingresen o puedan ingresar a territorio venezolano; así como analizar los hechos relevantes de los que se tenga conocimiento, de manera que se puedan adelantar gestiones de alerta temprana.

Se prevé también gestionar la coordinación de acciones binacionales para el logro de ayuda humanitaria que permita la asistencia temporal necesaria para los desplazados, tales como: previsión de alimentos, techos y servicios básicos de higiene y salud bajo condiciones de seguridad, buscando preservar la unidad familiar.

Igualmente se contempla promover la ayuda financiera y humanitaria, de parte de los organismos y de la comunidad internacionales, para ejecutar las acciones que se acuerden , dirigidas a la protección temporal de esas personas.

Por último, se deberán examinar y coordinar las acciones necesarias para facilitar el retorno voluntario de las personas desplazadas, en condiciones que garanticen su dignidad y seguridad..