El tema del derecho de las mujeres en el Tratado Constitucional debe plantearse ya que no se ha logrado nada, ni siquiera en Europa. Después de todo, nuestro continente continúa pagando menos a las mujeres que a los hombres. El estudio de la Constitución exige rigor y honestidad. Poco importan los textos pasados, de lo que hablamos es del futuro, y recordemos que ya era difícil hacer que se aprobara la igualdad entre el hombre y la mujer como un valor de la Unión Europea en la Carta de los Derechos Fundamentales. Lamentablemente, esa Carta no tiene ningún valor de obligatoriedad.
Pero existen cosas más preocupantes aún. En su Artículo II-62.1, el Tratado Constitucional proclama de forma solemne el derecho a la vida, derecho utilizado por los adversarios de la libertad de las mujeres para luchar contra el derecho al aborto. Hace poco, recordamos el intento de un diputado por conceder al feto los derechos de la persona. Mencionar la jurisprudencia que hizo que fracasara apenas nos convence. Por definición, la jurisprudencia evoluciona. Se nos dice para tranquilizarnos que ese pasaje sólo tiene por objetivo prohibir la pena de muerte pero el artículo siguiente precisa específicamente «Nadie puede ser condenado a la pena de muerte, ni ejecutado». Hay que saludar esta prohibición pero es de lamentar que la Constitución no impida en lo absoluto la prohibición de la interrupción voluntaria del embarazo.
Esa afirmación del derecho a la vida exigía una correspondencia: el reconocimiento del derecho para las mujeres de optar darla. Mucho más cuanto que el «diálogo abierto, transparente y regular con las Iglesias...» (Art. I-52), predicado por la Constitución, es objeto de preocupación ya que en ningún momento se trata de laicidad. Recordemos que el aborto sigue estando prohibido en cinco países miembros: Portugal, Irlanda, Polonia, Chipre y Malta (Malta insiste en ello en un protocolo adicional). Con nuestra solidaridad respecto de las mujeres de esos países y gracias a la «cláusula de la europea más favorecida», todo podría cambiar. La asociación Choisir-La Cause des femmes [Optar-La Causa de las Mujeres] defiende esta cláusula desde 1978 y la ha apoyado ante la administración europea de Bruselas. Solicitamos que la Unión Europea cree un estatus único de la mujer basándose en los derechos más elevados en cada país. Es una pena que ese viejo sueño de las feministas europeas no se realice. Más bien, léase: «La ley marco europea no implica la harmonización de las disposiciones legislativas y reglamentarias de los Estados Miembros» (Art. III-207).
Por el contrario, el himno al liberalismo afectará más duramente a las mujeres que a los hombres. La Constitución proporciona el 81% del trabajo a tiempo parcial, y las mujeres sufren directamente la precariedad del empleo, su flexibilidad. Esta Constitución encierra amenazas y trampas para las mujeres. Hay que decirle NO, abrir el futuro y construir otra Europa.

Fuente
Le Monde (Francia)

«El Tratado Constitucional, una amenaza para las mujeres», por Gisèle Halimi, Le Monde, 18 de mayo de 2005.