Las reglamentaciones constituyen un sistema de límites y dentro de ellos los derechos fundamentales se establecen frente al poder como una expresión de disenso. De hecho las constituciones políticas de los países limitan la actuación del poder político para proteger pretensiones y libertades, así como organizar su ejercicio. La constitución se convierte entonces en el eje fundamental debajo del cual se encuentran todas las reglamentaciones y que da el “poder” a las mismas.

Las mayorías construyen sus acuerdos a través de la democracia. Sin embargo, esa democracia tradicional nos acerca a la paradoja del disenso cuando aparecen nuevos grupos o actores y actrices en la escena y plantean una “desobediencia” o incumplen obligaciones basados en diferentes libertades. La objeción de conciencia es una expresión de ese disenso frente a un consenso previo y viene a resquebrajar lo mayoritario, convirtiéndose así en una afirmación más de los derechos humanos como límite al poder.

En las últimas décadas han aparecido personas con identidades de género y orientaciones sexuales no mayoritarias, quienes venimos a cuestionar el modelo de la mayoría que ha sido creado por personalidades blancas, urbanas, heterosexuales, patriarcales, antisépticas, antibacteriales, “correctas”, pagadoras de impuestos, “limpias”, varolines y que se mueven en la dicotomía de lo bueno – malo, adecuado – inadecuado, blanco – negro, sucio – limpio, aprobado – inaprobado. Dentro de las tensiones generadas por estos nuevos grupos sociales, los derechos fundamentales exigen algo mayor a la abstención u omisión de parte del Estado y los poderes públicos, requiriendo acciones positivas o activas.

Por quinta oportunidad se tramita un proyecto de ley dirigido a población homosexual, el cual fue redactado con base en las cuatro experiencias pasadas y con un texto minimalista de dos artículos en los cuales se equipa a las parejas del mismo sexo con las reglamentadas en la ley 54 de 1990 o unión marital de hecho conformada entre hombre y mujer y reconoce los beneficios de la seguridad social.

Este proyecto constituye una posibilidad de parte del Estado a través del legislativo y el poder ejecutivo de adelantar acciones efectivas para evitar las ciudadanías de segunda dentro de un Estado Social de Derecho y los derechos fundamentales del libre desarrollo de la personalidad, la igualdad como un plus a favor de sectores no mayoritarios y la construcción de democracias inclusivas como indicador de modernidad.

Nuevamente los conceptos, personas y grupos religiosos con experiencia en el congreso se atravesaron con argumentos de procedimiento, nulidades, publicaciones en las gacetas, reglamento del congreso, tiempo para leer detenidamente e incluso con argumentos constitucionales amañados para hacer prevalecer las lecturas propias de su libro sagrado.

Los libros sagrados como el Coran o la Biblia no pueden continuar por encima de las Constituciones de los países, de las construcciones de nuevas ciudadanías sujetas a los versículos, que sin negar la libertad religiosa – la que debe continuar como derecho fundamental- desdibujan la construcción de estados multiculturales, incluyentes, respetuosos de las diferencias étnicas, religiosas, culturales, académicas, de orientaciones sexuales e identidades de género, ejerciendo un control en quienes pueden, colocando representantes en ejes de decisión en lo legislativo, judicial y administrativo para que desde la mirada religiosa incidan en la toma de decisiones que son excluyentes y nugatorias de los derechos fundamentales. Por ello, se hace necesario el trabajo por el fortalecimiento de un Estado y una cultura laica que asegure la convivencia pacífica y construya tejidos desde las múltiples disidencias.

El proyecto ya aprobado evidencia una Colombia Incluyente y comienza a saldar una deuda de justicia social, equidad e inclusión. Con esta plataforma se cuestionan los totalitarismos excluyentes que imponen un único modelo de vida y se busca la igualdad real y efectiva: hacer real el principio de la dignidad humana, es decir la ampliación de la ciudadanía. El tema saca el discurso de la sexualidad y lo coloca en otros ambientes de la democracia.

Las múltiples formas de violencia contra homosexuales se encuentra amparada por la intolerancia y las inequidades que alimentan el conflicto social. Por ello, esta legislación es un aporte a la paz, entendida no solamente como una acción para silenciar las armas sino como la posibilidad de construir ciudadanías plenas, promover la convivencia diaria de lo diverso, de nuevos pactos sociales y de equidad real.

El Senado en plenaria llevada a cabo el martes 10 de octubre por 49 votos a favor y 40 en contra aprobó en segundo debate la ley 130, con el apoyo de las bancadas de Polo Democrático Alternativo, Movimiento Alas Equipo Colombia, Partido Liberal Colombiano y Partido Social de Unidad Nacional. Sin embargo, la lucha continúa ahora en la Cámara de Representantes en donde el presidente ya anunció estar en contra del mismo.

Con estas acciones legislativas quien mas gana es la democracia, sin embargo no soluciona los crímenes de odio, los discursos de exclusión, de negación, de violencias y de invisibilización a los cuales hemos sido sometidos; a la discriminación familiar, social religiosa, laboral etc. Es decir, todavía nos hacen falta acciones que reduzcan la exclusión y logren la convivencia pacífica de un sector históricamente no tenido en cuenta.