La Comisión Nacional de de Desplazados (CND) promueve la realización de un Tribunal Internacional de Opinión (TIO) que juzgue la responsabilidad del Estado colombiano en torno a 20 años de desplazamiento forzado en el marco del conflicto armado, político, económico y social del país. Los esfuerzos del CND son apoyados inicialmente por el Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos (ILSA), el “Centre on Housing Rights and Evictions” (COHRE) y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado. Los TIO surgen como una búsqueda de las víctimas para contrarrestar la ausencia de castigo, y su objetivo consiste, entre otras cosas, en que se haga pública la verdad, tanto en la voz de las víctimas, como a través del dictamen de opinión que pueda motivar a los Tribunales en Derecho para que se haga justicia. Según la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento hay más de 3,8 millones de desplazados, siendo sus tierras en muchos casos despojados por los grupos armados.

El desplazamiento forzado constituye uno de los más graves problemas humanitarios que ha afrontado Colombia, durante los últimos 20 años del conflicto. Los actores armados ilegales, han acudido al desplazamiento forzoso, al igual que a la masacre, el desaparecimiento de personas, el asesinato selectivo como estrategias y conductas de guerra. En el caso especifico del desplazamiento forzado, además de lograr el objetivo del dominio y el control territorial, los grupos armados han consolidado un posicionamiento y un ejercicio de apropiación y concentración de la tierra en deterioro de la propiedad y el patrimonio de la población víctima de una conducta reconocida y tipificada por normas penales internacionales como crimen de Lesa Humanidad. Hoy, las cifras de personas desplazadas forzosamente de su territorio a causa del conflicto son realmente alarmantes: según datos arrojados por la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) y la Conferencia Episcopal Colombiana en su último informe (febrero de 2007), se estima en más de 3 millones ochocientos el número de desplazados en nuestro país (casi el 9% de la totalidad de la población colombiana). Estos datos contrastan sustancialmente con el millón novecientos que registra el Gobierno colombiano.

Concentración acelerada de la tierra

La consecuencia de este éxodo interno fue una contrarreforma agraria de hecho, reflejada en una concentración acelerada de la tierra (claro ejercicio de latifundismo moderno). Muestra de ello es el hecho de que el 74,5% de desplazados, según la Acción Social, eran, al momento de su desplazamiento, propietarios de tierras; incluso, entidades como la Conferencia Episcopal, CODHES y la Contraloría General de la República (CGR) señalan que el porcentaje sube al 76% e incluso al 79%. Así mismo, la Contraloría General de la Nación estima en 2,6 millones de hectáreas, equivalentes al 5,8 de las tierras con mayor aptitud agrícola del país, los que han sido apropiados ilegalmente.

De igual forma, esta llamada contrarreforma agraria conllevó a un cambio de uso y explotación de la tierra, (mayor destinación a la ganadería o al pastizaje que a la agricultura ). Esta situación demuestra la verdadera finalidad de los actores armados y sus “apoyos intelectuales desde la sombra” en el ejercicio sistemático, masivo y generalizado del desplazamiento forzado: la apropiación de territorios y la concentración de la tierra, por medio del despojo.

Denunciar la responsabilidad del Estado

Sobre la base de todo lo anterior, en un reciente estudio realizado por la Procuraduría General de la Nación se considera que, durante un proceso de post conflicto y justicia restaurativa, una eventual reparación al enorme universo de desplazados le costaría al Estado entre 8 y 21 billones de pesos. Este panorama obliga a todas las organizaciones de población desplazada, organizaciones no gubernamentales comprometidas con el tema y movimientos sociales a visibilizar, denunciar y determinar las responsabilidades históricas y políticas del Estado, así como la situación de emergencia humanitaria y lo que la Corte Constitucional Colombiana dio en llamar “estado de cosas inconstitucional” en que se encuentra la población víctima de un delito de lesa humanidad como lo es el desplazamiento forzado.

En este orden de ideas, la Coordinación Nacional de Desplazados, con el acompañamiento inicial de ILSA, COHRE y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, se ha dado a la tarea de impulsar la propuesta de la realización de un Tribunal Internacional de Opinión en Colombia que juzgue la responsabilidad del Estado en torno a 20 años de desplazamiento forzado en el marco de un conflicto armado, político, económico y social que, entre otros sectores, ha victimizado y puesto como principal sujeto humanitario a la población desplazada, sin que el Estado haya asumido su deber constitucional y funcional de protección y salvaguarda de la vida, la dignidad, los bienes y el respeto a los derechos fundamentales de la población civil.

Soporte ético

El espacio construido por las organizaciones y los movimientos sociales, en éste caso el del Tribunal Internacional de Opinión, se legitima gracias al soporte ético que nace de aquellos que desde la dignidad y la resistencia han sufrido en carne propia el envilecimiento y la ignominia de los perpetradores de los más abyectos crímenes contra la humanidad, referidos en especial al desplazamiento forzado.

El Tribunal Internacional de Opinión, espacio de judicialización y justiciabilidad del pueblo para juzgar la responsabilidad del Estado en torno al desplazamiento forzado, asumirá, además del reto propio de la construcción y realización del Tribunal (documentación de caso, consecución de presupuesto, socialización y divulgación nacional e internacional…), el compromiso de desarrollarlo, en medio de un conflicto armado que no ha cesado, del reagrupamiento de las autodefensas y del incesante desplazamiento que continúa en estos momentos. Hoy, regiones como Arauca, Nariño y la Costa son los principales expulsores de población civil que huyen, en algunos casos de la contienda entre grupos subversivos, en otros de los escenarios de guerra y combate entre Ejército y actores armados y en otros de las amenazas, asesinatos y masacres realizadas por las autodefensas, hoy repotenciadas y rebautizadas con una nueva franquicia: Aguilas Negras.

Contrarrestar la impunidad

Los procesos que anteceden la creación de los Tribunales Internacionales de Opinión, y de una de sus aplicaciones específicas, cual es el Tribunal Permanente de los Pueblos, devienen de la iniciativa del filósofo y matemático inglés Sir. Bertrand Russell, de crear un Tribunal destinado, en principio, a juzgar los crímenes de guerra cometidos por el gobierno de los Estados Unidos en Vietnam y el Sudeste Asiático. Dicho juzgamiento tendría un carácter moral, con importantes fundamentos jurídicos, al incorporar en su estructura todo el Derecho de Núrenberg, sus deliberaciones y conclusiones. Posteriormente, el Tribunal Russell sesionaría por segunda vez entre 1974 y 1976, con el fin de enjuiciar a las dictaduras militares de América Latina. Al finalizar esta segunda sesión, quedaron constituidos varios organismos que asumieron la lucha por la defensa de los derechos de los pueblos, entre ellos el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) .

Por su parte, los Tribunales Internacionales de Opinión (TIO) surgen como una búsqueda de los pueblos y de las víctimas para contrarrestar la impunidad y la ausencia de castigo, la cual pareciera circunscribirse a un terreno estrictamente jurídico. Pero la constitución de los TIO no obedece a una simple actividad retórica de juzgamiento, sino que éstos buscan instituirse como instancia de visibilización de grupos minoritarios con extraordinaria fuerza moral, y en general, en la voz de las víctimas de crímenes de lesa humanidad , a fin de cuestionar radicalmente la impunidad impuesta sobre ellas.

Detectar los errores del aparato judicial

En definitiva, los Tribunales Internacionales de Opinión constituyen un mecanismo social de protección de todos los derechos humanos, son una manera clara de hacer justicia apelando a la conciencia de la humanidad, con gran fuerza moral, unido al valor y a la fuerza ética de las víctimas. Estos tribunales permiten, ante la inexistencia de un aparto judicial que establezca la verdad, que ésta se haga pública, tanto en la voz de las víctimas, como a través del dictamen de opinión que pueda motivar a los Tribunales en Derecho para que se haga justicia. Los Tribunales Internacionales de Opinión permiten detectar los errores del aparato judicial al interior de los Estados, pueden aportar las pruebas que antes no existían y contribuir a dar el primer paso en la verificación de evidencias, que posteriormente lleven a establecer responsabilidades.

En definitiva, los Tribunales Internacionales de Opinión constituyen un mecanismo social de protección de todos los derechos humanos, son una manera clara de hacer justicia apelando a la conciencia de la humanidad…

Igualmente estos tribunales contribuyen a la reconstrucción del tejido social, mostrando cómo su caso llama la atención de la comunidad nacional e internacional, y permite acallar las falsedades con que se estigmatiza a las víctimas, recuperando su dignidad, su memoria y la de su entorno familiar y social. No deben verse como un fin, o como una institución acabada, por el contrario, son un medio, un proceso que debe adicionarse a los tribunales de justicia nacionales, a la justicia internacional, y a los Estados que dan operatividad al principio de jurisdicción universal, a fin de establecer la responsabilidad de los Estados en las violaciones a los derechos humanos.

Justicia institucional ineficaz

No debe olvidarse que los Tribunales Internacionales de Opinión nacen de los pueblos, mientras que los Tribunales de los Estados, o los Tribunales ad hoc nacen de los sistemas estatales o interestatales; y por tanto, su legitimidad emana de una fuente distinta a los Estados, y son conciencia para dinamizar y cambiar una justicia institucional ineficaz. Todo ello lleva a que los TIO se erijan en fuente vital para determinar la veracidad de lo ocurrido, acudiendo directamente a las víctimas, a los móviles y a la responsabilidad de los victimarios y generando una gran solidaridad hacia lo ocurrido y para que nunca más, esto vuelva a repetirse.

Como lo manifestamos en líneas precedentes, el compromiso inquebrantable de parte de las organizaciones inicialmente involucradas en esta tarea es de enormes proporciones, si se tiene en cuenta el tema que involucra y la necesaria protección de los testimonios y la documentación previa de casos, en una época en la que persiste el conflicto y sigue generándose desplazamiento forzado. El reciente asesinato de líderes, especialmente el homicidio de la dirigente del movimiento de desplazados Yolanda Izquierdo en Montería, demuestra que para todos los actores armados, la voz del desplazado se debe acallar, pues, entre otras cosas, su exigencia por la verdad histórica pasa por saber quién se benefició de la expoliación: los grandes terratenientes y latifundistas del presente, los grandes industriales productores de palma aceitera, los ganaderos latifundistas venidos a políticos y gamonales regionales, es decir, quienes hoy detentan y arrogan las más grandes y mejores hectáreas cultivables del país. Por eso, la propuesta del TIO es al mismo tiempo un develamiento de la ignominia histórica que se ha perpetrado como estrategia de guerra por el paramilitarismo y la Fuerza Pública en Colombia contra la población civil víctima del desplazamiento forzado, en muchas ocasiones con anuencia del Estado.