Sin orden de aprehensión, efectivos militares con los rostros cubiertos y de manera violenta entran a casas-habitación en busca de armas, drogas, narcotraficantes o disidentes sociales.

El pasado 2 de agosto, alrededor de las 6:30 de la mañana, 150 elementos del Grupo Aeromóvil de Fuerzas Especiales del Ejército Mexicano irrumpieron violentamente y sin orden de cateo –denunciaron los afectados– en 14 casas de la colonia El Sol, en Nezahualcóyotl, estado de México.

La Procuraduría General de la República informó que el operativo fue parte de pesquisas relacionadas con secuestro, delincuencia organizada y narcotráfico. No obstante, vecinos del lugar comentaron que más que buscar armas o droga, parecía que buscaban personas o documentos. En los hogares revisados no encontraron nada; algunos aseguran que iban por miembros del Ejército Popular Revolucionario (EPR).

Los soldados cubrieron sus rostros con pasamontañas y ocultan los números de serie de los camiones oficiales que los trasportaban. Transgrediendo garantías individuales, los militares forzaron cerraduras, anotaron nombres y ocupación de cada uno de los habitantes de las viviendas. Además, les tomaron fotografías y se llevaron teléfonos celulares y credenciales de elector.

En su artículo 16, la Constitución dice: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento”.

Pero el Ejército realiza cateos amparados en una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitida el 17 de enero pasado, donde autoriza la irrupción de policías en domicilios particulares sin una orden judicial, cuando haya flagrancia de delitos graves (hecho delictivo que se descubre cuando se está cometiendo o acaba de cometerse).

Miguel Sarre, licenciado en Derecho y director del Programa Atalaya de Derechos Humanos del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), señala que dicha tesis es insostenible. En la práctica es imposible de aplicar, porque fue aprobada por una mayoría limitada: tres ministros a favor y dos en contra. Además, para que exista flagrancia tiene que ser algo evidente, sólo podría darse el caso cuando se puede apreciar la comisión de un delito desde el exterior de un lugar.

Claro que, en tal caso –aclara Sarre– no habría necesidad de acudir a la figura de la flagrancia, puesto que en esta situación cualquier autoridad militar, civil e incluso un particular está autorizado por una figura que se conoce como “estado de necesidad”, la cual está reconocida legalmente a nivel mundial y consiste en el acceso a un lugar para evitar que se siga cometiendo un delito.

El experto en derechos humanos explica que los cateos ilegales son típicos de sistemas inquisitivos. Las deficiencias de las investigaciones se subsanan limitando los derechos de los particulares y reduciendo los controles que deben existir sobre la actuación de las autoridades.

Muchos de esos cateos, donde no se encuentra nada y aun así se invoca la flagrancia, son ilegales. Si fueran flagrantes, la policía tendría que encontrar algo.

La resolución de la Corte también vulnera la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, que en el país tiene fuerza de ley. En sus artículos 29 y 30 prohíbe prácticas que supriman derechos como la privacidad, libertad, y excluyan garantías, a excepción de que se basen en una ley.

El Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, en su Balance del sistema ombudsman mexicano I, sostiene: “La gestión de Felipe Calderón inició con una lucha frontal contra la delincuencia organizada en el plano policiaco-militar, lo que ha puesto en riesgo las garantías fundamentales de la población civil.”

Estado de excepción

Para que los cateos realizados por militares sin orden judicial no sean ilegales, se tendría que declarar un estado de excepción, como lo establece el artículo 29 constitucional, es decir, suspender las garantías, siempre respetando los derechos básicos. Pero tendría que darse un registro detallado del ejercicio de esas facultades extraordinarias, explica Miguel Sarre.

Al respecto, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Colombia dice en el libro Derecho Internacional de los Derechos Humanos: “En caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado, éste podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esta Convención, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social”.

Cualquier Estado que forme parte de la Convención Americana haga uso del derecho de suspensión deberá informar de inmediato a los demás Estados miembros, por conducto del secretario general de las Naciones Unidas, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la suspensión.

Miguel Sarre comenta que en México, hasta el momento, Felipe Calderón no ha declarado un estado de excepción, esto implica que “en el país se violan de facto las garantías constitucionales”.

Enrique Benítez, integrante de la Comisión de Defensa en la Cámara de Diputados, dice que en México desde hace muchos años “el Ejército Mexicano está en todas partes –y agrega– no lo deben tener en las calles, porque en muchos lugares más que ayudar causan temor”.

Cateos ilegales

El caso de los cateos en Ciudad Nezahualcóyotl no es aislado. En Nocupétaro, Carácuaro, Huetamo y Apatzingán –Michoacán–, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) denunció que los días 2 y 3 de mayo tuvieron lugar cateos ilegales, detenciones arbitrarias, tortura, atentados a la integridad física, allanamientos y ejercicio indebido del servicio público, por parte de militares.

Por tales hechos, la CNDH tiene 52 quejas contra militares que incurrieron en violaciones de graves a derechos humanos. Cinco denuncias son de jóvenes ultrajadas; cuatro, de menores de edad, una plenamente acreditada con evidencias científicas.

Rupert Knox, investigador para México de Amnistía Internacional (AI), comenta que resulta preocupante que se les hayan dado funciones policiacas a militares, ya que no es sustentable a largo plazo. El ejército no es un instrumento capacitado ni diseñado para llevar a cabo este tipo de actividades.

Aumenta la inquietud –agrega– con la falta de claridad respecto a la coordinación de mandos y la responsabilidad directa de dichos operativos. Si no está claro el control, si la autoridad militar no está bajo las órdenes de civiles se inician las violaciones a los derechos humanos.

Knox comenta que se ha detectado en México que el ejército no está capacitado para seguir las reglas civiles. Las pautas sobre el uso de la fuerza son muy ambiguas.

“Se tiene que garantizar que los derechos humanos no sean violados, porque si el ejército busca delincuentes en flagrante, puede caer en la tentación de ellos buscar la flagrancia.”

En enero se dio otro caso de cateos ilegales en Tecpan, Guerrero. Autoridades ejidales denunciaron que agentes federales que participan en el Operación Conjunta Guerrero realizaron revisiones al margen de la ley en viviendas de la sierra.

Los comisionados de Santa Lucía, Tereso Rendón Estrada, y de El Guayabal, Francisco Chávez Paniagua, presentaron la denuncia ante el presidente municipal de Tecpan, Elfego Martínez González, y ante el capitán del ejército, Marco Antonio Montes.

Miguel Sarre dice que la presencia de militares en actividades de seguridad pública puede no ser perversa; sin embargo, en la práctica, la falta de controles civiles, democráticos y castrenses hace que su labor sea difícilmente escrutable, quedando cubierta con un manto de impunidad, que incentiva y favorece la violación de derechos humanos.

A decir del catedrático, la seguridad pública nada tiene que ver con enfrentar a un enemigo exterior, defender la soberanía nacional y la integridad del territorio, porque a eso está reducido el ejército. El incluirlo en prácticas policiacas genera un despilfarro de recursos poco transparente.

El especialista señala que los derechos civiles están menos garantizados, porque en caso de cometerse un delito, los militares son juzgados ilegalmente por cortes marciales.

Sarre explica que los tribunales militares siguen juzgando y extendiendo su jurisdicción sobre civiles. En el artículo 20, apartado B, constitucional, se reconocen los derechos de las víctimas; por lo tanto, los tribunales militares no pueden juzgar a civiles; están limitados al ámbito castrense.

Las mejores familias

Marco Antonio Peyrot Solís, integrante de la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados, dice que los militares no pueden realizar un cateo, porque el ejército no está facultado. Los soldados pueden entrar como apoyo de una autoridad ministerial, “pero nunca llevar a cabo la revisión”.

Señala que lo primero que alegan las personas cuando sufren un cateo es que se están violando sus derechos. Como no existe una autorización judicial y como ven un gran número de militares, piensan que están realizando una revisión. Así que considera como información poco verídica las historias de los cateados en Ciudad Nezahualcóyotl.

El también militar sostiene que el Ejército Mexicano está capacitado para realizar labores de apoyo en cateos y que son respetuosos de los derechos humanos de civiles: “Las autoridades todo el tiempo están cuidando que no se transgredan dichos derechos”.

Respecto a las violaciones ocurridas en Michoacán, el legislador comenta que “son situaciones que pueden llegar a suceder. Hasta en las mejores familias ocurren incidentes, pero no es algo que se promueva dentro de las fuerzas armadas. Son casos aislados. Es el precio que pagamos por tratar de combatir al crimen organizado”.

Miguel Sarre, catedrático del ITAM, asevera que no son abusos aislados o cuestiones circunstanciales en donde un soldado, por la presión de los hechos, se desborda y actúa indebidamente. Son cuerpos jerarquizados. En México no se ha desarrollado el tema de la responsabilidad de los superiores, cuando se hacen efectivas algunas reglas sobre agentes inferiores.

Sarre menciona que el ombudsman nacional tendría que encarar a Calderón y cuestionarlo sobre por qué el personal bajo las órdenes de su secretario de Defensa está cometiendo violaciones a los derechos individuales. Hay que saber si estas acciones son ordenadas por el presidente de la República o por su secretario.

Enrique Benítez, miembro de la Comisión de Defensa, señala que ni con el pretexto de combatir el crimen y el narcotráfico se puede permitir que el ejército realice prácticas que lastimen a la sociedad.

Valentina Batres, integrante de la Comisión de Derechos Humanos, menciona que con los operativos militares se dejan desprotegidos a los civiles. “Todo parece indicar que a nombre de cualquier operativo en contra de la delincuencia se pueden atropellar los derechos humanos”.

Llegamos ante el escenario –agrega– de que todos somos sospechosos de tener un vínculo con el narcotráfico o con la guerrilla. Además, como no se conocen los resultados de los cateos, la ciudadanía no tiene información sobre la efectividad de los operativos, ni sobre el atropello que se da en los mismos.

“Me quedo con una frase de Irene Khan –secretaria general de AI–: ‘no hay seguridad que valga la pena si ésta sacrifica los derechos humanos’. Mi preocupación es: en Neza, ¿iban por gente del EPR? ¿Dónde radicaría entonces la diferencia cuando, el día de mañana, hagan persecuciones a los adversarios políticos?”.

CNDH, acotada

Valentina Batres sostiene que la CNDH “es un órgano maiceado, donde se tiene un ombudsman de caricatura. José Luis Soberanes está subordinado a que Calderón le de permiso de hablar, cerrando los ojos ante las grandes violaciones de derechos humanos.

“Soberanes está complacido con su vida de despilfarro. No tenemos un ombudsman real. Se ha malbaratado, extinguido y prostituido a la Comisión con el sistema de cambio de favores presidenciables”, afirma la diputada perredista.

El Centro Miguel Agustín Pro Juárez señala que, respecto a las quejas contra militares presentadas ante la CNDH, en todos los casos ésta ha acompañado los procesos aceptando la prevalencia del fuero militar, aun cuando algunos civiles han sido afectados en sus derechos.

Para Miguel Sarre, la actuación de la CNDH es insuficiente y limitada; hay un cúmulo de autoridades no ejercidas. El ombudsman debe cuestionar qué pasa con los cateos por parte de militares y quién los autorizó.

Revista Contralínea
Fecha de publicación: Septiembre 1a quincena de 2007