En el año 2000, los dirigentes sindicales Iván Narváez, Germánico Ávila y Fernando Villavicencio fueron tristemente conocidos por las millonarias indemnizaciones que recibieron de Petroecuador: Villavicencio fue el que menos recibió: ¡apenas 440 millones de sucres! en ese entonces… Posteriormente fueron despedidos Geovanny Cabrera y otros sindicalistas de Andinatel, que igualmente obtuvieron millonarias liquidaciones. No se puede obviar el caso de Faustín Valencia, ex dirigente sindical petrolero, que tiene pendiente el juicio por despido intempestivo en la actual Corte Nacional de Justicia, el mismo que, de tener un fallo favorable, recibiría más de 1millón de dólares, por esa causa.

Este tipo de inequidades fueron las que provocaron que la Asamblea Constituyente dicte los mandatos 02 y 04, que colocan un techo salarial y un límite a las indemnizaciones, algo que fue bien visto por la sociedad ecuatoriana y que fueron aprobados en el referéndum del 28 de septiembre de este año.

En este mes de octubre, dando cumplimiento a los mandatos 02,04 y 08, el Ministerio del Trabajo, a cargo del subsecretario de trabajo de la Sierra y la Amazonía, y presidente de la Comisión encargada de la revisión de Contratos Colectivos, Marcelo Kaviedes, inició la revisión de 80 contratos, siendo los de Petroecuador (y sus filiales) y los del IESS los que mayor número de eliminación de prebendas tendrán.

Un sindicalista petrolero, (que prefirió el anonimato), luego de asistir a la revisión del contrato colectivo petrolero, manifestó que se contradicen los mandatos y se violan los convenios internacionales. Según el dirigente, su gremio está de acuerdo con la revisión de los contratos colectivos, con la eliminación de las indemnizaciones millonarias y de los privilegios, pero no con la imposición a conveniencia del Ministerio del Trabajo.

Según Marcelo Kaviedes, los techos y los pisos están en el mandato 08, además no tienen voto los trabajadores de los distintos sectores, “porque no es una negociación, y quien decide es la Comisión; al respecto, no se está eliminando a rajatabla las conquistas, simplemente se está aplicando la Constitución, los mandatos y el Código del Trabajo para que las resoluciones respectivas sean aplicadas de forma inmediata y obligatoria por la administración de cada empresa pública”.

Kaviedes reconoció que en el país ha existido mucha liberalidad en el tema de la Contratación Colectiva (CC): “el espíritu es negociar y ponerse de acuerdo en las condiciones de empleo, salario, seguridad e higiene del trabajo, pero no establecer excesos y privilegios y eso es, precisamente, lo que se ha distorsionado en el país”.

José Chávez, vocero del Sindicato del IESS, ante el Ministerio del Trabajo, dio su opinión acerca de uno de los puntos más críticos de la revisión: “la estabilidad de los trabajadores es parte del mandato 4, la Constitución y los convenios 87 y 98 de la OIT, y lo que trata de imponer el Ministerio de Trabajo es una condición que no tiene sustento legal”. Sin embargo, el sindicalista de la CEOSL reconoce que la Constitución aprobada es la mejor que ha tenido el Ecuador, porque tiene normas y disposiciones extraordinariamente buenas en materia de protección de derechos de los trabajadores.

¿Se eliminan los derechos adquiridos?

En este proceso de revisión de la Contratación Colectiva, Nelson Erazo, presidente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador, UGTE, dijo que se debe analizar el Mandato 8, en lo que se refiere a la protección de derechos de los trabajadores y a la recuperación de sus conquistas.

El Mandato 08, según Nelson Erazo, “es el resultado de las aspiraciones de los trabajadores, de la urgente necesidad de equidad en la sociedad ecuatoriana, porque no es justo que una sola persona reciba más de 600 mil dólares por indemnización, o se hereden los puesto (esto impedía que gente preparada, o tal vez más capaz, ocupe por derecho un puesto) o que dirigentes sindicales cobren horas extras sin trabajar. Estos hechos son los que desdicen el sindicalismo y lo que rechaza la UGTE: el 98% de trabajadores no será afectado con la aplicación de estos mandatos”.

Lamentablemente, al parecer la Comisión de revisión de los Contratos Colectivos no ha comprendido los requerimientos de la población ni lo estipulado en los Mandatos, acotó el Presidente de la UGTE, pues se está aplicando la reducción de otros artículos que no deberían ser tomados en cuenta o eliminarlos; un ejemplo es el caso de Cementos Guapán, donde se elimina un bono anual de 12 dólares que recibían los trabajadores por el 1 de mayo; entonces nace la interrogante: ¿a qué se considera un exceso o privilegio?

Las autoridades que dirigen la Comisión para la revisión de los Contratos Colectivos y el Gobierno nacional deben revisar urgentemente las decisiones y acciones tomadas, porque de lo contrario contradicen lo planteado en el proyecto de cambio ofrecido por el actual régimen, al permitir que se eliminen derechos de los trabajadores que no caben calificarlos como excesos o privilegios.