¡Ultimo minuto, Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro resolvió Tacha

El JEE declaró INFUNDADA la tacha presentada por el abogado Guillermo Olivera Díaz.

Se trata de un fallo prevaricador por ser manifiestamente contrario al texto expreso y claro de la Ley de Partidos Políticos en cuanto a normas relativas a sus elecciones internas y además cita hechos falsos.

Fallo esquivo, además, porque afirma que no le compete pronunciarse respecto de los "defectos en la constitución, funcionamiento y designación de representantes dentro de la organización política por la cual postula" Alex Kouri.

Con semejante criterio de este JEE cualquier esperpento que se autodenomine partido político puede presentar candidatos a los municipios del país los que serían aceptados porque el ente juzgador no tiene que pronunciarse respecto del partido, su funcionamiento, ni de sus representantes en el Comité Ejecutivo Nacional proponente de las candidaturas.

¡Increíble pero cierto!

Este es un fallo prevaricador y esquivo, porque resuelve contra ley expresa y no valora la prueba presentada porque dizque "no guarda relación con la tacha", aunque sí con la estructura y funcionalidad ilegal de "Cambio Radical".

No advierte el JEE que la ilegitimidad y falsedad del proponente "CAMBIO RADICAL" acarrea ilegitimidad y falsedad al candidato propuesto KOURI. Es como si un partido alquilara su representatividad, siendo falso, por tanto, sus representantes, candidatos o personeros, también serán falsos o ilegítimos. Sin embargo a este JEE este concepto jurídico de reconocimiento internacional e histórico, le resbala.

Se presentará apelación contra este fallo prevaricador.

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Fallo prevaricador del JEE 1
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Fallo prevaricador del JEE 2
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