Han pasado ya casi ocho meses de la entrada en vigor la reforma al Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la obligatoriedad del Estado de garantizar la educación media superior. El tiempo transcurrido no ha servido, sin embargo, para consolidar el mandato constitucional. El ahínco que a principios de 2012 acompañó el anuncio de la reforma, con el paso del tiempo, se esfumó.

Y es que, a la fecha, ni siquiera se han realizado las adecuaciones correspondientes a la Ley General de Educación y a otras normatividades, tal como lo marca el Decreto por el que se Declara Reformado el Párrafo Primero; el Inciso C de la Fracción II y la Fracción V del Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 9 de febrero de 2012 en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con el artículo cuarto transitorio de esta disposición, “dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados deberán adecuar en el ámbito de sus respectivas competencias, la Ley General de Educación y demás disposiciones legales aplicables en la materia”.

Hugo Aboites Aguilar, doctor en educación por la Universidad de Harvard y acompañante del Movimiento de Aspirantes Excluidos de la Educación Superior (Maes), refiere que durante los encuentros que recientemente han sostenido con diversos funcionarios del ramo educativo, han logrado incorporar el tema a la agenda de discusión.

No obstante, la impresión que deja la conversación con las autoridades de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y de la Subsecretaría de Educación Media Superior “es que no previeron, no anticiparon, no han discutido con las instituciones como la UNAM [Universidad Nacional Autónoma de México] o el Politécnico [Instituto Politécnico Nacional] qué en concreto va a significar esta reforma”.

Se advierte, asimismo, que ni siquiera cuentan con un proyecto respecto de cómo hacer realidad la obligatoriedad de la enseñanza de nivel medio superior, más allá de lo que establece el propio decreto de reforma en sus artículos 2 y 3 transitorios: que “será de manera gradual y creciente a partir del ciclo escolar 2012-2013 y hasta lograr la cobertura total en sus diversas modalidades en el país a más tardar en el ciclo escolar 2021-2022”; que “en los presupuestos federal, de las entidades federativas y de los municipios se incluirán los recurso necesarios”; y que “se establecerán los mecanismos para impulsar la implementación de presupuestos plurianuales que aseguren a largo plazo los recursos económicos crecientes para infraestructura.

“Lo único que nos han dicho es que el Conaedu [Consejo Nacional de Autoridades Educativas], que es una especie de asamblea de todos los secretarios de educación de los estados, tiene un grupo de trabajo que está tratando de ver cuáles son las implicaciones de la reforma”, agrega el también catedrático de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

La ausencia de un plan de trabajo concreto y coordinado entre las autoridades educativas del país en torno a esta reforma es evidente. Al respecto, José Narro Robles, rector de la UNAM, declara a Contralínea que “a lo largo de estos próximos años, meses, días, vamos a estar insistiendo reiteradamente en la necesidad de que el país cuente con un plan muy claro, a 10 años, para garantizar la universalización de la educación media superior y la atención consecuente al crecimiento que vamos a tener de demanda en materia de educación superior”.

Por lo pronto, la máxima casa de estudios del país da cabida a más 100 mil estudiantes de bachillerato. Anualmente recibe a unos 35 mil alumnos de este nivel y egresa a casi 26 mil bachilleres.

Los temas que tendrán que incluirse en el proyecto que garantice el cumplimiento de la más reciente reforma al Artículo 3 de la Constitución son, a decir del rector universitario, la calidad educativa, la infraestructura y, lo más importante, la planta docente. Y es que “se puede construir rápidamente, en unos cuantos meses, un edificio, [pero] no se puede formar en unos cuantos meses a un profesor”.

Narro Robles apunta que aunque “la sociedad se ha acostumbrado a que nuestros derechos básicos se vuelven aspiracionales”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación “ha empezado a dar señales muy claras de que la norma máxima, la Constitución, no es aspiracional; que los derechos que están contenidos en ella deben ser de cumplimiento obligatorio”.

Consultada al respecto, Yoloxóchitl Bustamante Díez –directora General del Instituto Politécnico Nacional–, dice que “quizá el único cambio drástico” que esta institución ha realizado “para apoyar la definición de la universalización de la educación media superior” es la eliminación de la cuota que antes se cobraba en el bachillerato a distancia; ahora sólo existe la figura de un donativo que “ellos [los estudiantes] pueden dar cuando se inscriben”.

Respecto de las medidas que se planean a futuro, Bustamante Díez explica que se acaba de poner la primera piedra para la construcción de una unidad de nivel medio superior en Hidalgo y que próximamente se hará algo similar en León, Guanajuato. También, que el pasado 4 de septiembre esta casa de estudios firmó un convenio con el gobierno de Guerrero, el cual está interesado en contar con la presencia del IPN. “Quizá una de las unidades que pudiéramos construir fuese otra de nivel medio superior en Guerrero”.

Para el doctor en derecho Rodrigo Gutiérrez Rivas, la reforma educativa vigente desde el 9 de febrero pasado es “afortunada” pero tardía, considerando que se prevé alcanzar la cobertura total hasta 2022.

El también integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM explica que México atraviesa por un momento coyuntural en el que la población en edad de trabajar es mayor que la dependiente, mismo que los estudiosos de las poblaciones humanas denominan bono demográfico.

Por eso, “hoy deberíamos tener la posibilidad de dar acceso a la educación a todas esas personas, no en el año 2022 cuando ya va a empezar a disminuir ese boom generacional. Vamos a tener educación media superior garantizada para todas las personas cuando ya se pasó el momento histórico para ofrecer a los jóvenes todo ese arsenal educativo fundamental para que el país crezca, se desarrolle”.

Anticonstitucionales, cobros en el bachillerato

Con la reforma que eleva a rango constitucional la obligatoriedad de la educación media superior “queda explícitamente establecido” que ésta debe impartirse de manera gratuita, apunta Rodrigo Gutiérrez Rivas.

Desde febrero pasado, en el primer párrafo del Artículo 3 de la Constitución se lee: “todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado federación, estados, Distrito Federal y municipios, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”. Más adelante, la fracción IV, señala: “toda la educación que el Estado imparta será gratuita”.

A pesar de la claridad de la norma jurídica fundamental, el grueso de las instituciones educativas de nivel medio superior, de carácter público, siguen cobrando cuotas como una contraprestación del servicio, algunas de ellas cuentan incluso con reglamentos de pago, asegura Aboites Aguilar.

El investigador del Departamento de Educación y Comunicación de la UAM, campus Xochimilco, refiere lo que las autoridades educativas manifestaron al respecto durante el encuentro que sostuvieron con miembros del Maes el pasado 21 de agosto.

En aquella ocasión, Elena Verdugo Quiñones, coordinadora de asesores de la Subsecretaría de Educación Media Superior, de la SEP, aseguró que actualmente no se realizan cobros de manera coercitiva y que, en caso de existir aportaciones, éstas deben ser voluntarias y acordadas previamente con las familias y los estudiantes, y no requisito para la prestación del servicio educativo.

Ilegales, exámenes de selección

A partir de 1996, nueve instituciones que ofrecen programas de educación media superior pública en el Distrito Federal y en 22 municipios del Estado de México delegan la responsabilidad de su ingreso estudiantil a la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior. Ésta, a su vez, encomienda al Centro Nacional de Evaluación (Ceneval) la elaboración del mecanismo de selección de los aspirantes al bachillerato: un examen estandarizado que consta de 128 preguntas de opción múltiple.

Así, año con año, en un concurso que dura hasta cuatro horas (tiempo límite para responder a las preguntas), miles de personas, en su mayoría adolescentes y jóvenes, se juegan su futuro académico.

El examen del Ceneval y en general el procedimiento de selección a cargo de la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior atentan contra la letra y el espíritu de la Carta Magna, aseguran especialistas e integrantes del Maes en el documento Derecho a la educación en el nivel medio superior. Algunas de sus implicaciones.

En sus ocho cuartillas, con fecha de julio de 2012, Hugo Aboites, Rodrigo Gutiérrez y Manuel Ulloa Herrero (investigador del Centro de Estudios en Economía de la Educación) señalan que no pueden establecerse criterios adicionales a los que marca la Constitución, mucho menos si éstos contravienen su mandato.

Y es que, mientras el Artículo 3 constitucional, reformado el 9 de febrero pasado, contempla como únicos requisitos de ingreso al nivel medio superior tener la edad típica y haber concluido la educación básica, la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior condiciona el ingreso al examen que cuesta 300 pesos. Además, establece que el criterio de asignación de lugares es dar prioridad a los aspirantes que obtienen un mayor número de aciertos y dejar fuera a los que tienen menos de 30 o a quienes no entreguen su certificado de secundaria en el tiempo estipulado.

A la luz del Artículo 1 constitucional, que brinda un marco de igualdad al plantear que “todas las personas gozarán de los derechos humanos”, como lo es el derecho a la educación, Aboites, Gutiérrez y Ulloa redundan en la ilegalidad del proceso de selección a la educación media superior para la zona metropolitana, que se replica también en otras entidades del país.

Así en el documento, respaldado por el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria y Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, manifiestan que cualquier requisito o práctica encaminada a establecer diferencias, preferencias o prioridades que sirvan para excluir a las personas a partir, por ejemplo, de sus posibilidades económicas o de su desempeño en exámenes de selección “cuyo objetivo es precisamente diferenciar entre los demandantes”, deben desaparecer.

Hugo Aboites refiere que este punto se abordó también durante las reuniones entre el Maes y las autoridades educativas. Entonces, los representantes de la Subsecretaría de Educación Media Superior se comprometieron de palabra –no quisieron firmar una minuta– a revisar la pertinencia de seguir aplicando este tipo de exámenes estandarizados.

No obstante, en el mismo encuentro, los funcionarios de la SEP y la Subsecretaría de Educación Media Superior negaron que estas pruebas atenten contra la Constitución, pues, según ellos, se trata de meros mecanismos de ubicación. A partir de su experiencia en el tema, Aboites Aguilar replica que el objetivo de exámenes como los del Ceneval es precisamente “seleccionar a unos poquitos y excluir a una gran mayoría”.

—¿A raíz de la reforma de principios de año al Artículo 3 de la Constitución Política del país, han pensado en modificar los mecanismos de ingreso al IPN? –se le pregunta a Bustamante Díez, directora General del Instituto.

—El Politécnico está, en todas sus actividades, coordinado por lo que es nuestra ley orgánica; y esta ley dice que para el ingreso a cualquiera de nuestros procesos tiene que pasarse por un examen de admisión. Y en ese examen de admisión, el número de alumnos que son aceptados depende de la capacidad que tenemos en cada una de las escuelas y las carreras. El proceso se hace a través de la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior; no lo hacemos directamente.

—¿La obligatoriedad de la educación media superior, plasmada en la Constitución, obliga al Politécnico a aceptar a todos los alumnos que le soliciten un espacio a nivel bachillerato?

—No, de ninguna manera. Es decir, la obligatoriedad está por parte del Estado en cuanto a ofrecer la formación, pero nosotros no podemos recibir a todos ¿En dónde los recibimos? Cada institución tiene limitaciones marcadas por la capacidad física de su infraestructura. Entonces nosotros recibimos a los que caben en nuestras escuelas –responde la directora del Instituto Politécnico Nacional.

Discriminatorio, examen de ingreso

Otra vertiente de ilegalidad de los exámenes estandarizados del Ceneval es la discriminación. De acuerdo con el libro La medida de una nación. Los primeros años de la evaluación en México. Historia de poder, resistencia y alternativa (1982-2012), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha desestimado el hecho, a pesar de conocerlo desde el 8 de marzo de 1999.

Entonces, un grupo de jóvenes –respaldado por los escritores Elena Poniatowska y Carlos Monsiváis, ya fallecido– presentó una queja ante la CNDH en la que asegura que “constituía una violación a los derechos humanos la discriminación que venía ocurriendo en los exámenes estandarizados, como el examen único en contra de las mujeres, los más pobres y los que provienen de escuelas públicas con menos recursos”.

Un mes después, un particular ingresó una queja similar al organismo autónomo. Argüía la existencia de un “sesgo de género” en estos exámenes. “Lo anterior con base en que las autoridades federales están utilizando un instrumento de evaluación de un tipo que ha sido reconocido y comprobado como sistemáticamente discriminatorio de las mujeres, y que violenta el derecho humano elemental que éstas tienen a un trato no discriminatorio”.

Como consta en el oficio 00030383, fechado el 9 de septiembre de 1999, la respuesta de la CNDH a la segunda de estas quejas fue que “no se actualizan violaciones a derechos humanos cometidas por parte de la Secretaría de Educación Pública, en agravio de las jóvenes mujeres que participan en los exámenes que el Ceneval aplica para su ingreso a la educación media superior y superior, ya que tanto en la elaboración como en la aplicación de éstos intervienen calificados representantes de las instituciones públicas de educación en el país aportando los criterios para determinar cuáles aspirantes son aceptados, vigilando y auditando el procedimiento de inicio al fin, lo que garantiza la transparencia y honestidad del Ceneval y sus exámenes”.

No obstante, datos de la UNAM, que es la institución con más demanda, ponen en duda tal fallo. Por ejemplo, en 1997 sólo en tres de los 14 planteles de bachillerato con que cuenta esa casa de estudios (nueve preparatorias y cinco Colegios de Ciencias y Humanidades) fueron admitidas más mujeres que hombres. La tendencia se mantuvo para 2000: 32.7 de cada 100 aspirantes hombres lograron ingresar al bachillerato universitario y tan sólo 29.9 de cada 100 aspirantes mujeres.

Esta situación se extiende a otros sectores de la población: a los egresados de escuelas públicas, a los hijos de familias populares, a los aspirantes de las zonas periféricas y a los indígenas, apunta Hugo Aboites, autor del libro Viento del Norte: TLC y privatización de la educación superior en México.

Rodrigo Guitérrez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, explica que el derecho a la no discriminación es un derecho fundamental plasmado no sólo en la Constitución Política de México, sino en diversos instrumentos internacionales signados y ratificados por el Estado mexicano. Así, cualquier acto discriminatorio producido en un Estado constitucional es ilegal y, por tanto, debe ser “corregido y expulsado”.

Con base en la observación general número 20 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, refiere que el examen del Ceneval conlleva un tipo de discriminación considerada indirecta y que es más difícil de identificar. Consiste en que aunque no existe una disposición explícita de que las personas de escasos recursos, las mujeres o los indígenas no pueden ingresar a la educación media superior, en los hechos el propio diseño del examen les limita el acceso.

Lo mismo sucede, por ejemplo, con las personas discapacitadas que desean acceder a la educación media superior y superior. No hay disposiciones legales que se los impidan, pero tampoco hay rampas en las calles o en las escuelas que les permitan moverse con facilidad y, por tanto, gozar plenamente de este derecho.

—¿En términos de la actual redacción del Artículo 3 constitucional, se puede afirmar que la aplicación de cualquier tipo de exámenes de ingreso al bachillerato es ilegal? –se le pregunta.

—En tanto la autoridad no nos demuestre de una manera más razonada, justificada, que explique con claridad cuáles son las razones que están detrás de un examen, ese examen es ilegal.

Para Aboites Aguilar, cualquier mecanismo de selección a la educación media superior es de facto ilegal, más aún a la luz de la reforma del 9 de febrero al Artículo 3 constitucional, que establece claramente los criterios de ingreso a este nivel: tener la edad típica y haber concluido la educación básica.

El especialista en educación plantea, asimismo, que los exámenes del Ceneval son “irredimibles”. Sustenta su afirmación en una serie de estudios elaborados en Estados Unidos, en donde este tipo de pruebas se aplican desde la década de 1960. A pesar de que la Educational Testing Service (el Ceneval estadunidense) ha reformado en diversas ocasiones sus exámenes estandarizados con el objetivo de eliminar la discriminación de género y clase social, ha fracasado.

—¿Si estos exámenes desaparecieran, se corre el riesgo de demeritar la calidad de la educación?

—No. Estos exámenes no se hacen para medir el nivel de calidad de conocimientos. Se trata de preguntas deliberadas, cuyo propósito es que unos pocos obtengan un alto número de aciertos y una gran mayoría un bajo número de aciertos.

El profesor universitario se pronuncia por una admisión libre, es decir, sin examen, como ocurre actualmente en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. En caso de existir una evaluación, considera que debe basarse en la trayectoria de las personas y contemplar, por ejemplo, el promedio de la secundaria. Éste, a diferencia del examen del Ceneval que dura cuatro horas, es fruto de tres años de exámenes, maquetas, investigaciones, trabajos de campo, desde unas 30 perspectivas distintas.

Más de 40 mil excluidos

Durante el reciente proceso de selección de los aspirantes al bachillerato, que se celebró cuatro meses después de la última reforma al Artículo 3 de la Constitución, 42 mil 710 personas (el 13.9 por ciento), de un total de 307 mil 23 que demandaron un lugar en la educación media superior que se imparte en la zona metropolitana, no fueron asignadas a alguna opción académica.

La justificación de la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior es que estas personas no cumplieron con los requisitos: 12 mil 796 no acudieron al examen, 24 mil 449 no presentaron certificado de secundaria y 5 mil 462 no obtuvieron como mínimo 31 aciertos.
Javier Olmedo Badía, vocero de la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior, aseguró que quienes sumaron menos de 30 aciertos tendrían un lugar en el sistema abierto, y que las 29 mil 973 personas que no alcanzaron el número de aciertos necesarios para la opción de su elección o que no obtuvieron un promedio mínimo de siete en secundaria y solicitaron ingresar a la UNAM o el IPN podrían elegir entre alguna de las instituciones con espacios disponibles.

Aboites Aguilar considera que las alternativas que plantea la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior representan una forma de cumplir de manera “aparente”, “burocrática” con el derecho a la educación.

En lo que se refiere al sistema abierto o a distancia, el catedrático de la UAM apunta que estas modalidades no son las adecuadas para jóvenes de 14 a 18 años de edad, quienes además de conocimientos requieren dprocesos de socialización y convivencia grupal para formarse como personas. Además, porque “es muy complicado para esos jóvenes asumir individualmente la responsabilidad de su formación, porque eso requiere la educación a distancia: forzarse a leer y trabajar en soledad, sin el apoyo de un colectivo de profesores, de una institución, de un grupo de estudiantes”.

Respecto de las personas a las que se les asignarían los espacios disponibles (que son generalmente los de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial o del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica), apunta que no basta con ofrecer una banca a cada uno de los aspirantes; se trata de garantizar que éstos reciban un tipo específico de educación acorde con lo que establece la Constitución. Se trata de un “proceso de formación integral de amplios horizontes: democrático, científico, nacional, orientado a la mejor convivencia humana, el interés general y la igualdad”, mismo que no brindan las escuelas técnicas.

Para la realización de este trabajo se solicitó entrevista con Ángel Martínez Espinosa, subsecretario de Educación Media Superior. La gestión se realizó con dos semanas de anticipación a través de Oyuki Sánchez, del área de Comunicación de la Subsecretaría de Educación Media Superior. Finalmente, la funcionaria informó de la negativa a la petición por cuestiones de agenda.

Pliego petitorio del Maes a propósito de la obligatoriedad del bachillerato

Que la Secretaría de Educación Pública y las instituciones mexicanas propongan de inmediato una ruta que describa los pasos para lograr que a partir de 2013 opere un mecanismo de ingreso a la educación media superior respetuoso del derecho humano a la educación y a la Constitución. Ésta debe contemplar la realización de foros públicos en donde pueden escucharse las diversas opiniones sobre las características que tendría el nuevo procedimiento.

Considerando que el procedimiento actual de ingreso al bachillerato atenta contra el derecho a la educación, que se adopten medidas paliativas e inmediatas que reparen los efectos de tal violación, como:

Establecer la gratuidad total del procedimiento y la cancelación de las colegiaturas y otros gastos en los planteles de este nivel educativo.

Garantizar que todos los demandantes registrados que cumplan con los dos requisitos constitucionales (que tengan la edad típica y que hayan concluido la educación básica) tengan un lugar en la educación media superior.

Establecer asesorías y cursos de apoyo propedéutico en las escuelas técnicas y en los planteles de otros sistemas que lo requieran, y restaurar materias como filosofía que fueron eliminadas con la reforma integral de la educación media superior con el fin de que los estudiantes puedan acceder a la educación de amplios horizontes que plantea la Constitución.

Reparar las desigualdades en el ingreso en perjuicio de ciertos grupos sociales.
Se propone correr los techos de admisión de las personas de estos grupos hasta que se igualen las tasas de acceso.

Concretar el compromiso de que este año se aumentará la matrícula en el bachillerato, particularmente en las instituciones más demandadas.

Fuente
Contralínea (México)