Ninguna norma constitucional o legal excluye de responsabilidad penal al presidente del Perú, por delito común (ejemplo, asesinato) o de función (ejemplo, peculado). La inviolabilidad o indemnidad no es presidencial. En taxativos ciertos casos ella se posterga: solo acusación y juicio, pero no investigación, hasta culminado el mandato.
Su delito común o funcional, grave o no, al presidente en funciones siempre le acarrea, como debe ser, responsabilidad penal, ya que la acción concomitante y acomodaticia de los ministros por el fajín, en coyunda con el otro, no es liberatoria, según algunos creen, desbarrando, al atribuirle errada INDEMNIDAD o INVIOLABILIDAD, de la que carece, la que sí tienen los congresistas solo por sus votos y opiniones y no cuando roban, estafan, acuchillan o ensangrentan a cualquier ciudadano al asesinarlo.
Fue Pedro Pablo Kuczynski quien "comisionó", con propósito oculto, pero con suma urgencia, al ministro Martín Vizcarra primero y luego a Alfredo Thorne, a ablandar, persuadir, presionar, seducir o coimear al Contralor, pues ya se había hecho pública su inminente posición sobre NO A CHINCHERO, en Hildebrandt en sus trece. Ergo, el AUTOR MEDIATO del tinglado de contenido penal, o, si se quiere, el COAUTOR MATERIAL nefando, siempre resulta ser el presidente PPK, quien se escondía mientras los otros alfiles aparecían, tal como lo hizo en INTEROCEÁNICA SUR, con el entonces presidente Alejandro Toledo.
Siendo la inveterada conducta del actual presidente peruano demasiado sostenida en el tiempo, de principio a fin de este escandaloso caso CHINCHERO, en favor de una empresa extranjera insolvente, ligada al expresidente chileno, Sebastián Piñera, empresa a la cual el Estado peruano, por acción asaz escondida del mismo Kuczynski, le iba a entregar varias centenas de millones de dólares, muchas decenas en forma adelantada, y, en adición, 40 años más de concesión o usufructo del aeropuerto internacional cusqueño, la conducta delictiva, traicionera y la implicante tozuda INCAPACIDAD MORAL fluyen diáfanas.
Por semejante affaire, no solo deben responder penalmente los acomedidos ministros, usados o utilizados como viles instrumentos delictivos, sino el mismo personaje que nos gobierna, por ser una responsabilidad penal la concernida.
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