¿Cuáles son los argumentos de la Campaña por una Convención Interamericana por los derechos sexuales y reproductivos acerca de la despenalización del aborto en el país?
Generar debates políticos y públicos en Colombia sobre temas que no tengan que ver con el conflicto armado, la seguridad democrática, el TLC, los procesos de reinserción o de reelección es casi una odisea y a poco público interesa. Y más aun si se trata de asuntos que tienen que ver con reivindicaciones de un grupo de mujeres “feministas”, que traen consigo elementos de discusión como el placer, el sexo, la sexualidad, la libertad y el cuerpo, claro está, relacionado con las mujeres, porque de estos asuntos ya la historia, la sociedad y el Estado le otorgó a los varones el “poder” de hacer lo que a su juicio, y gozando de su libertad, decidan.
Pero la indiferencia pública no ha sido obstáculo para quienes con perseverancia y constancia política han ventilado en muchas oportunidades el tema del aborto en Colombia. Son las feministas y los grupos de mujeres quienes históricamente han puesto el tema en la escena pública del país, desde diferentes ámbitos y posiciones: libre opción a la maternidad, interrupción libre de la preñez, derechos sexuales y derechos reproductivos, despenalización o legalización del aborto. Sea cual sea la expresión gramatical o política, el asunto es que en Colombia aún se envía a las mujeres a prisión en el momento que deciden interrumpir su preñez: en palabras más simples, a las mujeres en Colombia se nos trata como “criminales” por decidir con libertad sobre nuestro cuerpo, nuestra sexualidad y nuestra reproducción.
La osadía de estos grupos de mujeres de asumir públicamente la defensa de una posición liberalizadora del aborto y colocar el término “placer” como centro de las reivindicaciones feministas, le ha traído altos costos sociales, no sólo por la descalificación y satanización que hacen de ellas los sectores religiosos y conservadores, sino también porque, en un contexto generalizado de crisis nacional y de violencia como el que vive nuestro país, ocuparse de la emancipación de las mujeres y la defensa de sus intereses no constituye una prioridad.
Es inevitable resaltar que gracias a las acciones y entereza de estas mujeres, hoy muchas de nosotras gozamos de relativa libertad y disfrute de nuestros cuerpos, así como de garantías civiles y políticas para el ejercicio de nuestra ciudadanía; sin embargo, siguen siendo mayoría las mujeres colombianas a las que, por temas como el aborto, se les dificulta el ejercicio de su autonomía individual en medio de contradicciones sociales y planteamientos éticos absolutos.
Hace cinco meses una vez más los grupos de mujeres y feministas emprendieron de nuevo la batalla de colocar el tema del aborto en el escenario político; a través de la puesta en marcha de la Campaña por la despenalización del aborto en Colombia[1], impulsada por un sinnúmero de organizaciones sociales que vienen desarrollando acciones alrededor de la Campaña por una Convención Interamericana por los derechos sexuales y los derechos reproductivos[2] y la demanda de inconstitucionalidad que la abogada Mónica Roa interpuso ante la Corte Constitucional.
Como era de esperarse, en Colombia estamos lejos de emprender un análisis integral, amplio y sereno sobre esta problemática, por el contrario, la iniciativa ha suscitado reacciones que entrelazan principios morales, valores éticos y posiciones políticas. En esta oportunidad, y a diferencia de otras épocas, el debate en nuestro país ha tomado diferentes matices, originados principalmente por el interés de los medios de comunicación; por la posición de instituciones como la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación; la Conferencia Episcopal; de personalidades políticas como Congresistas, diputados-as; de los sectores mal denominados “ProVida”, y hasta de la Señora Lina Moreno de Uribe, quienes se han pronunciado a favor y en contra de la despenalización, originando un cierto “aire de importancia al tema”, que para la opinión pública y el común de la ciudadanía viene cobrando más interés día a día. Igualmente, cabe resaltar cómo profesionales del sector de la salud, la psicología y hasta de la educación han dejado claras sus posiciones como opositores y seguidores.
Esta situación fue más que evidente en la Audiencia Pública realizada el 20 de octubre pasado, en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, la cual fue citada por el Representante al Valle del Cauca, el señor José Luis Arcila, quien radicó ante el Congreso un proyecto de ley para despenalizar el aborto en algunas circunstancias y a la cual asistieron e intervinieron diferentes sectores de la sociedad colombiana: maestras-os, psicólogas-os, madres de familia, laicos, médicos-as, gineco-obstetras, pediatras, politólogas-os, feministas, mujeres embarazadas, estudiantes de derecho, mujeres en situación de desplazamiento, mujeres jóvenes, rectores de universidades, representantes de iglesias católicas, islámicas, cristianas, evangélicas, el Ministerio Público, abogadas-os, en fin, no faltó casi nadie; y esto podríamos sumarlo como ganancia: el que un tema “tan espinoso” llame la atención ahora de los honorables diputados-as de la Cámara de Representantes.
Aborto: un asunto de derechos humanos de las mujeres
Estando del lado de quienes apoyamos la despenalización del aborto en Colombia, apostamos a un debate desde los derechos humanos de las mujeres, lo que significa visualizar cómo la tipificación de este delito es una de las formas en las cuales se manifiesta la persistente discriminación contra las mujeres en nuestro país, otorgándole al Estado, a través de su sistema de administración de justicia, la facultad de desconocer derechos humanos, como la libertad, la vida, la libre expresión de su personalidad y la salud de las mujeres. Son las leyes imponiéndonos determinado proyecto de vida, por encima del derecho a la autonomía. Es la normatividad desconociendo la dignidad de las mujeres al reducirnos a la condición de medio para la reproducción de la especie humana. Es el Estado entrometiéndose en nuestros cuerpos y violando nuestro derecho a la libertad[3].
La penalización del aborto no solo implica una de las formas de discriminación contra las mujeres en Colombia; implica una forma de violencia y de iniquidad contra ellas, porque cada año aproximadamente mueren en Colombia 400.000 mujeres pobres, quienes en su desesperación y por múltiples razones, acuden a centros clandestinos a interrumpir sus embarazos y ponen sus cuerpos y sus vidas en manos de personas inescrupulosas que, sin las medidas médicas idóneas e higiénicas, practican abortos inseguros que llevan a estas mujeres a perder sus úteros en el mejor de los casos y en los peores a la muerte.
La desigualdad social en nuestro país es evidente: las mujeres pobres continúan poniendo las cifras de mortalidad materna por aborto, mientras que las mujeres con mejores recursos económicos y soporte social, asisten a clínicas privadas o salen del país para realizar esta práctica. Las cifras demuestran estos niveles de desigualdad. América Latina es la región con más altas tasas de aborto inseguro, con 41 abortos inseguros por 1.000 mujeres. Dicha cifra es casi tres veces más alta que el promedio mundial (15 por mil) y cinco veces más alta que la de los países industrializados, en la mayoría de los cuales el aborto es permitido ya sea en determinadas circunstancias o sin ninguna restricción.
Colombia, El Salvador y Chile[4] son los únicos países en donde por ninguna circunstancia se permite el aborto; situación que pone a Colombia ante la comunidad internacional como un Estado en donde las leyes no son progresistas y equitativas socialmente, y al cual no le interesan las recomendaciones de instancias internacionales, que en cuanto a protección de derechos humanos de las mujeres han venido configurando un marco general de reconocimiento.
Por ejemplo, el Programa de Acción Mundial adoptado en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing –1995-, establece que los derechos sexuales se entienden como “el derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a la sexualidad, incluida la salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, la discriminación y la violencia.”
Otro ejemplo claro es la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo en el Cairo –1994-, que reconoció que “el aborto realizado en condiciones no adecuadas es un importante problema de salud pública y que las mujeres que hayan recurrido a su práctica deben ser atendidas de manera pronta y humanitaria”. Y hasta la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer, Sra. Radhika Coomaraswamy, en el año 2001 exhortó al Estado colombiano a poner en práctica “las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, entre otras, que el estatuto penal que regula el aborto se revise y se ajuste para que cumpla las normas establecidas en la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”.
Por su parte, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, encargado de hacer seguimiento al cumplimiento del Estado colombiano de las obligaciones contraídas a través de la ratificación de la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” en su cuarto informe periódico, observó con gran preocupación que el aborto -segunda causa de mortalidad materna en Colombia- es sancionado como conducta ilegal y que no se permite excepción en esta prohibición ni para salvar la vida de la madre, su salud física y mental o en casos de violación o peligro de muerte, y consideró esta disposición en relación con el aborto tanto una violación de los derechos de la mujer a la salud y la vida, como una violación del artículo 12 de la Convención. Por ello, solicitó al gobierno de Colombia que evaluara la posibilidad de tomar medidas, de manera inmediata, para derogar estas normas.
Nos preguntamos entonces cómo el Estado colombiano sigue siendo sordo y mudo ante una realidad que sobrepasa las esferas privadas y se convierte en un tema político de análisis, en un problema de salud pública, de violación a los derechos humanos de las mujeres y para completar de desacato a las disposiciones internacionales. Como vemos, esto ya no es asunto de unas “feministas” y organizaciones de mujeres, es un asunto de Estado, de política pública, de leyes y de garantías constitucionales. Es decir, un asunto de todas y todos.
Los argumentos para el debate
En cualquier debate democrático, es necesario que los argumentos sean claramente expuestos con el propósito que los consensos o disensos sean el resultado de la manera como esos argumentos fueron sustentados o defendidos. En el debate del aborto y para efectos de este artículo, esbozamos algunos que hacen parte de las-os seguidores de la despenalización, frente a aquellos que por el contrario se colocan en la orilla de la oposición y tratan de convencer a la opinión pública que sus planteamientos son acertados, profundos y principalmente acordes con las realidades del país. Y es que, aun existiendo suficientes razones que justificarían la despenalización del aborto desde el orden constitucional, desde el derecho y desde la salud, estas-os opositoras-os consideran el absoluto valor de la vida del no nacido, derivado de una también particular concepción moral de la vida que -aun si es la de la mayoría- ignora el reconocimiento de la diferencia, la libertad de cultos, de conciencia y de religión que caracterizaría un Estado social de derecho, democrático y pluralista como el nuestro.
Por qué despenalizar el aborto en Colombia
1.
Porque las consideraciones de tipo moral no pueden constituirse en vetos absolutos y rígidos a los que el ordenamiento responde. Al defender una determinada concepción moral del valor intrínseco de la vida, el Estado desconoce las libertades de conciencia y de religión.
2.
Porque otorgarle personalidad jurídica al nasciturus y reconocerle derechos fundamentales significa la restricción de derechos de las mujeres preñadas, entre otros el de la autonomía procreativa, el derecho a decidir libremente sobre su cuerpo.
3.
Porque al penalizar el aborto por violación, el Estado aplica cargas excesivas a las mujeres, pues las obliga a asumir una maternidad impuesta mediante la violencia, lo que significa restricciones desproporcionadas a sus derechos fundamentales, bajo la consideración sagrada de la vida.
4.
Porque en los planteamientos de quienes se oponen al aborto subsiste la idea de que el único fin en sí mismo de las mujeres es ser madre, por lo que renunciar a ello es "contrariar esa naturaleza". Semejante consideración reafirma la concepción biologista que sirve para alinderar las diferencias entre hombres y mujeres y, por ende, para legitimar la discriminación de género.
5.
Porque el marco constitucional y legal vigente -que consagra la libertad de conciencia y religiosa, el libre desarrollo de la personalidad, la decisión libre y responsable de la pareja sobre el número de hijos- es congruente con la despenalización del aborto.
6.
Porque el Estado colombiano debe responder a los compromisos adquiridos en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) y en la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing, 1995), respecto a adoptar medidas que garanticen la plena vigencia de los derechos sexuales y reproductivos, entre ellos, el derecho a la libre opción de la maternidad.
7.
Porque los embarazos no deseados tienen implicaciones negativas sobre la salud mental de las madres y las-os hijas-os.
8.
Porque es ético reconocer el conflicto existente entre el reconocimiento de los derechos de las mujeres y la personalidad jurídica del no nacido.
9.
Porque tenemos derecho a decidir sobre nuestros cuerpos, nuestra sexualidad y nuestra reproducción.
10.
Porque tenemos derecho a decidir el número de hijas e hijos que deseamos tener.
11.
Porque tenemos derecho a educación sexual para decidir libremente.
12.
Porque tenemos derecho a métodos anticonceptivos seguros.
13.
Porque tenemos derecho a servicios de salud dignos, integrales, oportunos y de buena calidad.
14.
Porque tenemos derecho a aborto legal para no morir.
15.
Porque la vida y la salud de las mujeres son derechos humanos fundamentales.
16.
Porque no podemos tener más muertes maternas por partos y abortos clandestinos.
17.
Porque defendemos la vida de las mujeres, su dignidad y su libertad.
18.
Porque la lucha por la despenalización del aborto en Colombia es un asunto de salud pública, derechos humanos y justicia social.
Estos son algunos planteamientos importantes en la discusión; son los argumentos que nos acompañan en la defensa de los derechos humanos de las mujeres, en la lucha del movimiento de social de mujeres y feminista; en las movilizaciones, resistencias e incidencias que realizamos para evidenciar nuestra posición e inconformismo frente a un Estado que a pesar de considerarse democrático, social y pluralista y además laico, sigue rigiéndose por órdenes moralistas y religiosos, un Estado que no equilibra su sistema de justicia, en donde existen perdones y olvidos para criminales reconocidos y castigos y sentencias para mujeres que deciden sobre su cuerpo y toman decisiones autónomas y libres. Un Estado en donde la libertad de cultos, creencias y religiones está dominado por la iglesia católica que insiste en considerarnos parte del rebaño a todas y todos. Y un Estado en donde los temas de las ciudadanas siguen siendo un asunto de transversalidad o equidad de género.
Es necesario desprender del debate sobre la despenalización del aborto las absolutas posiciones y radicales argumentos que invisibilizan a las mujeres, sus cuerpos y sus derechos en aras de la fe, la moral o las buenas costumbres y colocarlo en el terreno de lo político, de la salud pública y del respeto, reconocimiento y garantía de los derechos humanos de las mujeres colombianas, de su salud y su vida, especialmente de las más jóvenes y de las más pobres.
[1] Impulsan la Campaña las siguientes organizaciones: Asociación de Desplazados por la Convivencia Pacífica –Adescoop; Asociación de Mujeres de Manizales; Asociación por la Defensa del Niño Soratama; Asociación de Mujeres en Situación de Desplazamiento Yo Mujer; Asociación Mujeres y Madres Abriendo Caminos; Corporación Humanas; Casa de la Mujer, Casa de la Mujer Trabajadora- CUT; Católicas por el Derecho a Decidir; Cepalc; Cladem regional Colombia; Colectivo Huitaca; Fundac; Grupo Mujer y Sociedad; ILSA; Junta de Acción Comunal, Barrio Diana Turbay, Liga de Mujeres Desplazadas de Cartagena; Mesa de Trabajo Nacional LGTTB; Mesa Mujer y Economía; Marcha Mundial de Mujeres; Mujeres que Crean de Medellín; Mujeres en Resistencia; Mujeres Libres; Organización Creas Jugando; Proyecto Colombia Diversa; Planeta Paz; Proyecto Laicia, Proyecto Pasos; Red Nacional de Derechos Sexuales y Reproductivos- Antioquia; Red de Mujeres Líderes de SantaFé; Red Mujer y Participación Política; Red Nacional de Mujeres; Ruta Pacífica (350 organizaciones en todo el país); REPEM y Sisma Mujer.
Información: libreopcionmaternidad@yahoo.com
[2] La propuesta, concebida a largo plazo, se inscribe en el objetivo de garantizar y fortalecer los derechos humanos de todas las personas desde su nacimiento. Pretendemos institucionalizar un discurso de derechos que coloque en el centro la recuperación y reapropiación de nuestros cuerpos y nuestras vidas, que por fin reconozca a las mujeres su condición de sujetos plenos, desde una visión que amplíe nuestras libertades y otorgue nuevos significados al principio de igualdad y no discriminación. Sin embargo, sabemos que lo que no se logra instalar en el imaginario social, no cala ni posee capacidad transformadora. Por eso nuestra pretensión es incidir en las dimensiones culturales y sociales, contribuyendo a vencer prejuicios y resistencias, a la vez que en las políticas, institucionales y jurídicas que, en última instancia, definen y orientan los recursos del poder. www.convencion.org.uy. (Informes en Colombia: Casa de la Mujer casmujerproyectos@colnodo.apc.org)
[3] Apartes de la intervención ciudadana presentada por las organizaciones que impulsan la campaña por la despenalización del aborto en Colombia a la Corte Constitucional, apoyando la Demanda de Mónica Roa.
[4] Sin restricción alguna (49 países); Sudáfrica, Croacia, Italia, Rusia, Albania, Cuba, Kazajstán, Singapur, Alemania, China, Kirguizistán, Suecia, Armenia, Dinamarca, Latvia, Tayikistán, Austria, Eslovaquia, Rep. de Lituania, Túnez, Azerbaiyán, Eslovenia, Macedonia, Turkmenistán, Bélgica, Estados Unidos de América, Moldavia, Turquía Bielorrusia, Estonia, Mongolia, Ucrania, Bosnia- Herzegovina, Francia, Noruega, Uzbekistán, Bulgaria, Georgia, Países Bajos, Vietnam, Camboya, Grecia, Puerto Rico, Yugoslavia, Canadá, Hungría, República Checa, Corea del Norte y Rumania.
Permitido para salvar la vida de la madre (52 países); Afganistán, Guatemala, Mauricio, República Dominicana, Angola, Quinee-Bissau, Mauritania, Senegal, Bangladesh, Haití, México, Siria, Benin, Honduras, Myanmar, Somalia, Brasil Indonesia, Nepal, Sri Lanka, Irán, Nicaragua, Sudan, Congo, Rep. Democrática Irlanda, Níger, Tanzania, Del-df, Kenia, Nigeria, Togo, Costa de Marfil, Laos, Omán, Uganda, Chad Lesoto, Panamá, Venezuela, Egipto, Líbano, Papua Nueva Guinea, Yemen, Emiratos Árabes Unidos, Libia, Paraguay, Filipinas, Madagascar, República Centroafricana, Gabón y Malí.
Permitido para salvar la vida de las mujeres por razones de salud física y mental así como por razones socioeconómicas (6 países); Finlandia, Gran Bretaña, India, Japón, Taiwán y Zambia.
Para salvar la vida de las mujeres y por razones de salud física (23 países); Arabia Saudita, Argentina, Bolivia, Burquina Faso, Burundi, Camerún, Corea, Costa Rica, Ecuador, Eritrea, Etiopia, Guinea, Malawi, Marruecos, Mozambique, Pakistán, Perú, Polonia, Ruanda, Tailandia, Uruguay y Zimbabwe.
Totalmente prohibido (3 países); Chile, Colombia, El Salvador.
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