El pasado 3 de marzo el gobierno expidió el decreto 657, que reglamenta el contrato sindical en el país, o sea, el ejercicio de los sindicatos como patronos de trabajadores y no propiamente como sus representantes, como hasta ahora era lo natural. Pero la figura no es novedosa, como pudiera creerse, pues ya en el Código Sustantivo del Trabajo, expedido en 1950, se establece que entre las funciones de los sindicatos está la de celebrar contratos sindicales con los empleadores, “para la prestación de servicios o la ejecución de obras con sus propios afiliados”. La forma se practicó en los años 50 y 60 por parte de sindicatos de la construcción pertenecientes a la CTC, y consistía en que el sindicato conseguía la mano de obra y desarrollaba la labor. En los servicios pasaba lo mismo. Hoy esa forma llegó a la producción de bienes, y ya hay nueve o diez casos. En Boyacá el contrato tiene incluso carácter indefinido y no aparece la condición de que la empresa se reserva el derecho de admisión de un trabajador.

Con el decreto de marzo el sindicato queda legitimado como patrono. La cobertura no es mayor. En el año 2005 había 96.000 trabajadores bajo CS; hoy pueden ser 108.000 o 110.000. Pero ahora la forma puede dispararse. Los CS pueden impedir que se llegue al contrato absolutamente precario, que sería el de salario mínimo por debajo del legal. Por eso las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA) pueden avasallar: no tienen reglamentación y contratan por debajo del salario mínimo legal (sml). En la negociación del sml para 2006 desarrollada a fines de 2005 el gobierno reconoció que hay más de 8,1 millones de trabajadores con salarios por debajo del mínimo legal. La comisión sindical negociadora propuso que se dictara una ley que controle el cumplimiento del mínimo, pero solo consiguió que el acuerdo de las dos partes dijera que el gobierno “velará” para que los patronos no violen la norma.

Según el Ministerio de Protección Social, en el país hay actualmente solo 318 contratos sindicales, pero ellos tienen mucha fuerza. La resistencia de los dirigentes de Sintraelecol en Antioquia a la absorción de la Empresa Antioqueña de Energía Eléctrica (Eade) por Empresas Públicas de Medellín (EPM), que ofrecía ventajas laborales muy superiores a las de la Eade, estaba relacionada con la existencia de contratos sindicales con esta empresa por valores superiores a cinco mil millones de pesos. En la huelga que los corteros de caña del Cauca y el Valle del Cauca adelantaron el año pasado lo que estaba en pugna eran los intereses de los directivos sindicales (de la CTC) y aquellos de los corteros, que pedían contratos directos con las empresas en vez de contratos sindicales. Los CS llegan a convertirse en negocios predilectos de algunos directivos sindicales, que se hacen la misma reflexión de los patronos: damos trabajo y no lidiamos con huelgas. Los empresarios van más allá: se deshacen de sus obligaciones por conceptos de seguridad social, que ahora pasan a cargo de los sindicatos. En las licitaciones de los contratos ganan, por supuesto, los que exigen a los empresarios menos desembolsos de dinero. La pugna entre el CS y las Cooperativas de Trabajo Asociado es esa: a ver quién paga menos fuerza de trabajo, para poder ganar más.

Los CS son creados o estimulados por los patronos para rebajar costos laborales y evadir el pago de los odiosos impuestos parafiscales, que se endosan al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, las Cajas de Subsidio Familiar y el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), tres formas de que gozan los colombianos pobres para defender de alguna forma su capacidad de compra y mejorar su preparación laboral, y que fueron logradas —no hay que olvidarlo— por la lucha de los sindicatos. Las grandes empresas establecen múltiples CS con grupos de trabajadores, y de esa manera dispersan sus responsabilidades como patronos tanto como dispersan la fuerza de los asalariados. Ganan por punta y punta.

El decreto 657 establece que “Previo (sic) a la suscripción del contrato sindical, el sindicato de trabajadores deberá realizar una asamblea con los afiliados, en la que se dará a conocer la propuesta, se establecerán las condiciones para su celebración y se señalarán las responsabilidades de la organización sindical”. Algunos directivos estiman que eso es producto de la concertación de abogados laboralistas y gobierno. Los abogados se hacen la siguiente reflexión: ¿qué es mejor: enfrentarse a las empresas, dejar que ellas boten a la gente que quieran y contraten nuevo personal sin intervención de los sindicatos, o contratar con la empresa y poner, por lo menos, algunas condiciones que defiendan los derechos de los trabajadores?; ¿qué es preferible: irse para la calle o quedarse trabajando con la empresa, aunque sea con salarios mínimos y sin las ventajas conquistadas por las convenciones colectivas? Y en las actuales condiciones del país, que desde los años iniciales de la década de los 90 soporta una tasa de desempleo superior al 13%, los asalariados prefieren tener trabajo mal pagado que no tener nada. Mírese no más la situación dramática de los profesionales recién egresados de institutos de educación superior, que se ven precisados a trabajar por $600.000 mensuales, o sea, menos de dos salarios mínimos legales, y sin reconocimiento de prestaciones sociales.

El gobierno y los grandes empresarios, responsables principales del desempleo, privatizaron la salud y la educación y precarizaron el contrato de trabajo y no dejaron a los trabajadores otra opción que convertirse en supuestos patronos de ellos mismos, pero con salarios mínimos. Para ello aprovechan la descomposición política y moral que anida en algunos grupos de dirigentes sindicales, para quienes la lucha de clases y la independencia sindical pasaron de moda. En el proceso de degeneración y disolución de Telecom, por ejemplo, el grupo directivo mayoritario, compuesto por revolucionarios de tiempo completo, inspirados en Mao y supuestamente en el marxismo, pactaron jugosas liquidaciones personales y salieron a fundar y gerenciar Cooperativas de Trabajo Asociado para negociar contratos técnicos y de mantenimiento con la nueva entidad creada, en los cuales dieron empleo a sus antiguos compañeros de sindicato, pero con salario mínimo. En la disolución de la Caja Agraria el presidente del sindicato amenazó públicamente con irse a las filas de la guerrilla y terminó por negociar, junto con otros colegas, su fuero sindical y salió airoso a buscar nuevos aires de popularidad. Hoy él, como sus amigos de Sittelecom, buscan banca en el Congreso o ya la ganaron, nada menos que en las listas del Polo Democrático Alternativo, donde uno supone que solo están los dignos. Ese tipo de ejemplos se ha copiado en muchas otras empresas, porque los tiempos que corren son los de la conciliación no tanto de las clases como de las conciencias.

Los trabajos que se consiguen en el país son de varios tipos: los de contrato laboral directo, entre un patrón y un trabajador; los de contrato civil, entre el trabajador y el empleador, sin ninguna adscripción laboral; los que se hacen entre el trabajador y una Cooperativa de Trabajo Asociado (CTA), que firma el contrato con el empresario, está exenta del pago de impuestos —entre ellos los parafiscales— y responde por la seguridad social del trabajador; y finalmente los CS. Las llamadas agencias de empleo temporal no contratan trabajo; obran como oficinas intermediarias, que facilitan al patrono la consecución de fuerza de trabajo y cobran una comisión a la persona que logra hacerse a un empleo. La mayoría de CTA operan realmente como agencias de empleo temporal: son creadas por los empresarios para deshacerse de trabajadores de contrato indefinido y de obligaciones de seguridad social; ellos se ponen de acuerdo con los líderes sindicales interesados en no desaparecer de la escena laboral y juntos crean las cooperativas. Gana el empresario y ganan los trabajadores y sus líderes, porque salvan su empleo de alguna manera.

Pero ni con las CTA ni con el CS desaparece el mal de nuestro tiempo, que es la “tercerización” del contrato, lo que en inglés llaman out sourcing. El CS fortalece y prolonga el imperio del trabajo sin protección social pública y sin responsabilidad empresarial, el trabajo “deslaborizado”. Sobre los asalariados y las cada vez más débiles organizaciones que los representan aumenta el fardo de las exigencias mientras de sus manos disminuyen los poderes de presión y de combate.