Francisco López Bárcenas
Abogado, especialista en derecho indígena y asesor agrario

Producto de la revolución social de 1910, una de las primeras en América Latina, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos –como oficialmente se llama el Estado mexicano– reconoció el régimen social de la tierra y los recursos naturales, misma que en 1992 cambió sustancialmente para favorecer la intromisión del capital en ellas. El Artículo 27 de la Constitución de 1917 estableció la propiedad originaria de las tierras y los recursos naturales existentes en ella a favor de la nación, la cual se reservaba el derecho de transmitirla a los particulares para formar la propiedad privada y la social (ejidos y comunidades), que revestían carácter de inalienables, inembargables e imprescriptibles; además de la pública, que pertenecía al Estado.
Primera parte
Pueblos indígenas y megaproyectos: las nuevas rutas del despojopor
Francisco López Bárcenas

Las luchas indígenas de las últimas décadas en México –y en general en América Latina– se encuentran marcadas por los nuevos rumbos que el imperialismo capitalista ha tomado, para entrar en una nueva fase económica que diversos analistas denominan acumulación por desposesión. De acuerdo con esta tesis, una vertiente importante del capital se está enfocando en despojar a los pueblos de sus riquezas naturales. Aguas, bosques, minas, recursos naturales y los saberes ancestrales y conocimientos asociados a su uso común están perdiendo el carácter de bienes comunes que por siglos han mantenido para beneficio de la humanidad, convirtiéndose en propiedad privada y, por lo mismo, en mercancía, lo que representa un nuevo colonialismo, más rapaz que el sufrido por los pueblos indígenas de América Latina entre los siglos XV y XVIII. Los pueblos lo saben; por eso lo resisten y luchan por liberarse de (...)
Artículos más leídos