Como se recordara el Secreto Profesional de los periodistas se introdujo a nuestra carta magna en 1994 por una iniciativa de la UTPBA (Art. 43, Cap. II), y constituye una norma esencial para el desarrollo del periodismo de investigación. A la vez que reclamamos a los legisladores aprueben las iniciativas que están en curso en torno a tipificar la violación de correos electrónicos como un delito equiparable a lo señalado en los artículos 153 y 155 del Código Penal, que mencionan a “carta, pliego cerrado o despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza o papel privado”

La UTPBA expresó nuevamente “su preocupación” y reiteró “su rechazo por estos delitos que comprometen derechos constitucionales que garantizan el ejercicio pleno de la actividad periodística, como lo hiciéramos en oportunidad de los hechos de espionaje denunciados en la base Aeronaval Almirante Zar”.