Una anotación inicial: desde que nos dimos a la tarea de redactar el proyecto de Ley de Verdad, Justicia y Reparación, insistí en que lo más importante del proceso era la verdad, en tanto comprendí que no basta con que un infractor purgue años de cárcel si no se logra saber la verdad que se esconde detrás de los acontecimientos. Por tanto, es equivocada la afirmación del Alto Comisionado de paz y de otros personajes respecto de que lo que buscamos son largas penas como venganza, y en este sentido acojo la afirmación del profesor Cornelius Prittwtiiz, en su articulo titulado “La relación entre Justicia y la pena privativa de Libertad” cuando afirma que “Lo más escandaloso en el fenómeno de la impunidad no es, y nunca lo fue, la pura esencia de una pena dura, sino la ausencia de cualquier reacción del estado y de parte de la sociedad, el olvido y el perdón total, el “no establecer responsabilidad”, la continuación rápida de la vida cotidiana de los actores y de las víctimas como si nada hubiera ocurrido”.

Se tiene que estudiar si este proyecto representa o no una reacción estatal adecuada- racional y no emocional- que prevé verdaderas consecuencias que dejan en claro lo siguiente:

Que los crímenes son percibidos como tales y que “quedan” como crímenes. Esto quiere decir: que los actores son identificados públicamente como actores responsables de crímenes; que las víctimas son verdaderamente percibidas y tratadas como tales; y que esta clarificación de roles, del “autor responsable de un crimen”, por una parte, y de “víctima inocente”, por otra tiene para los dos consecuencias justas en el mundo real” [1]

El proyecto de ley 211 Senado y 293 Cámara aprobado por las comisiones primeras de senado y cámara, llamado de “Justicia y Paz”, no aporta nada en relación con la verdad, requisito para la reconciliación, todo lo contrario, soslaya este punto al omitir la confesión (desde luego, voluntaria) de los inculpados como forma de saber todas las circunstancia que rodearon los acontecimientos que los involucran, para ser además legítimos merecedores de los beneficios penales. Eliminar la confesión permite ocultar a los financiadores, a los beneficiarios y responsables intelectuales y muchos actores materiales de las masacres, de los desplazamientos y de la expropiación de los bienes de miles de desplazados.

La ley así aprobada solo permitirá la impunidad y la repetición de los hechos y desde luego, la consolidación de los grupos paramilitares. La sentencia dela Corte Interamericana de Derechos Humanos emitida el 5 de julio de 2003, relativa a los 19 comerciantes asesinados en Puerto Boyacá en 1987, y que responsabiliza al Estado Colombiano sobre el fenómeno paramilitar, es un ejemplo de la dimensión de la verdad cuando de delitos atroces y violación de derechos humanos se trata. Tres párrafos son una buena muestra al respecto del texto publicado por la Comisión Colombiana de Juristas”[2]

“...d) el grupo “paramilitar” que perpetró la desaparición de los 19 comerciantes “contó con el apoyo y la participación de miembros de la Fuerza Pública al planear, consumar y encubrir los hechos materia del presente caso, con lo cual las graves Violaciones perpetradas resultan también imputables al Estado en forma directa”. El móvil de los hechos fue identificado por las autoridades judiciales como la presunta relación de las víctimas con grupos guerrilleros, pues se les imputaba la venta y transporte de armas y municiones;

e) el Decreto de Estado de Sitio Nº 3398 de 1965 dio fundamento legal a la creación de grupos “paramilitares”, al disponer que “el Ministerio de Defensa Nacional, por conducto de los comandos autorizados, podrá amparar, cuando lo estime conveniente, como de propiedad particular, armas que estén consideradas de uso privativo de las Fuerzas Armadas”. Esta norma tuvo por efecto el surgimiento y fortalecimiento de grupos “paramilitares” desde mediados de la década de los sesenta del siglo XX, los cuales han sido creados y promovidos por sectores de las Fuerzas Militares que buscaban defender los intereses de algunos individuos o grupos mediante la violencia. Los grupos “paramilitares” nacieron ligados al Ejército colombiano en virtud de su motivación contrainsurgente.” Pág.113

“267. La privación continua de la verdad acerca del destino de un desaparecido constituye una forma de trato cruel e inhumano para los familiares cercanos y, como sostuvo esta Corte en anteriores oportunidades, el derecho de los familiares de las víctimas de conocer lo sucedido a éstas y, en su caso, dónde se encuentran sus restos mortales, constituye una medida de reparación y por tanto una expectativa que el Estado debe satisfacer a los familiares de las víctimas.” Pág.189

De ser aprobado el proyecto de Justicia y Paz tal como está, no solo se estarán incumpliendo los compromisos internacionales, sino que asestará un duro golpe a los miles de víctimas que esperan la verdad jurídica, histórica verdad política de los acontecimientos de violencia, y la sociedad será nuevamente burlada y sometida a la repetición de esta tragedia.

La verdad, la opinión y la intervención de los organismos de control deben ser un imperativo. Demasiados interrogantes flotan en el ambiente.

La verdad jurídica e histórica

Si no hay esclarecimiento de los hechos mediante la verdad, lo que se impondrá será la impunidad. Es necesario que la responsabilidad del estado y por ende de sus agentes, quede establecida. Debe establecerse la verdad, entre otros, sobre los siguientes hechos:

1. Las fosas encontradas en San Onofre. Interrogantes tales como: ¿quién es el propietario de la Finca el Palmar en donde se encontró el cementerio? ¿Qué opinan el Alto Comisionado de Paz y la Fiscalía acerca de Rodrigo Mercado, Edward Cobos Tellez (Diego Vecino), jefes paramilitares que están en Santa fe de Ralito?

2. ¿Qué opina la Procuraduría General de la Nación, en cuanto a los funcionarios y exfuncionarios Jorge Blanco Fuentes, actual Alcalde de San Onofre, Luis Angel Peña: actual personero, y Sabas Enrique Balseiro, ex-alcalde del mismo municipio, señalados como colaboradores de los paramilitares que según testigos son los perpetradores de los asesinatos de San Onofre, de acuerdo con la publicación del Espectador?[3]

3. La misma publicación señala que Feliciano Yepes Álvarez, detenido en Venezuela, confiesa el modus operandi en el caso de las masacres cuyas fosas fueron localizadas en San Onofre. Él podría contribuir a esclarecer otros crímenes y la pregunta es: ¿Porqué el gobierno no lo ha solicitado en extradición con la misma diligencia que ha mostrado en otros casos? ¿Qué opina el Ministro del Interior al respecto?

4. “La detención del Alcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez, sindicado de tener vínculos con los paramilitares, puede ser la primera ficha con la cual las autoridades derrumben el poder político de los grupos de autodefensa en Norte de Santander"[4]. El artículo de la revista Semana abunda en detalles, testigos, pruebas, declaraciones y desde luego muertos. Y sorpresivamente, el viernes 4 de marzo del 2005 el señor sale libre porque la fiscalía precluye la investigación por falta de pruebas.[5] Hasta el vicepresidente Santos se aterra de tamaño despropósito. ¿Qué opina el Procurador al respecto?

5. José María Barrera Ortiz, “Chepe Barrera”, capturado en octubre, quedó libre dos meses después. A pesar de tener procesos en su contra y orden de captura vigente, el gobierno expide la resolución 262 de 30 de noviembre de 2004 dándole el estatus de miembro del estado mayor de las Auc del Sur del Magdalena y no permanece en Ralito sino en su finca “Las mercedes”[6]. Que responden el Ministro del Interior y el Alto Comisionado para la Paz.

6. Los torcidos hilos del poder político en Aguadas (Caldas) titula el diario el Tiempo su crónica el domingo 27 de marzo del año en curso, con ocasión del asesinato del Representante Oscar González y la caja de Pandora que allí se abrió. Los vínculos viejos y recientes de algunos jefes políticos con los jefes paramilitares, que en palabras de ellos mismo hacen alarde de ser intermediarios políticos y además acusadores sobre los crímenes que en esta región se cometen. Abundante información ha salido al respecto. ¿Qué opinan el Ministro del Interior, la fiscalía y la procuraduría al respecto?

7. La verdad sobre los responsables intelectuales y los financiadores de las masacres más recientes, tales como:[7]

Ø 16 personas en Cravo Norte (Arauca) el 9 de marzo de 2004

Ø 10 campesinos asesinados entre el 16 y 20 de mayo de 2004 en Tame (Arauca)

Ø 9 personas el 25 de diciembre en Gramalito (Norte de Santander)

Ø 16 personas el 31 de diciembre en Tame (Arauca) -pruebas señalan a las FARC-

Ø 3 dirigentes sindicales el 5 de agosto de 2003

Ø 8 personas en San José de Urabá en febrero del 2005. Hay sindicaciones diversas sobre los autores, entre el ejército, los paras o los insurgentes.

Ø 49 personas en la masacre de Mapiripán, que ha venido siendo ventilada en los estrados judiciales y debe dejar a la luz pública los responsables intelectuales y financiadores de la operación. Al respecto, el General Uscátegui, en reportaje en el Espectador[6][8] afirma entre otras cosas que “Mapiripán no ha sido la única; incluso ha habido otras más graves que no se han investigado y han quedado impunes.”

La verdad política

8. La verdad acerca del manejo político para acceder al poder y a la administración pública. La prensa abunda en informes que merecen un análisis ya que no merece la atención de autoridad alguna: ¿Cómo no llama la atención de ninguna instancia pública el hecho que de que en las elecciones para gobernadores solo se presente un candidato? Magdalena y Cesar por ejemplo; ¿Qué juego democrático es ese?

9. La alianza entre Joaquín García y el gobernador Jorge Amaya termina con escándalo público dejando al descubierto un conflicto y una práctica cuando de manera violenta el gobernador es compelido a cancelar una deuda correspondiente a su campaña por la suma de 1.700 millones de pesos, los cuales fueron pagados con dineros del erario público, según lo afirma la periodista Salud Hernandez[9] en su columna. Pero además deja al descubierto los nexos entre los paras y otros políticos. ¿Qué responden la Fiscalía, la Procuraduría e inclusive la Oficina contra la Corrupción de la Presidencia de la República?

10. A las anteriores demandas se une la voz de alerta que el representante J.J. Vives hace respecto de los nexos del político Salomon Saade, quien al parecer es visitante asiduo de Ralito. Y las indagaciones que debió hacer la autoridad electoral respecto de resultados electorales sorprendentes.

11. La verdad sobre el proselitismo armado y la financiación de las campañas con dineros provenientes de fuentes altamente sospechosas ¿Que han hecho la procuraduría y la fiscalía al respecto?

Todo lo anterior es necesario aclararlo en el marco de la verdad sobre todos los ingredientes que el conflicto colombiano tiene, al igual que con los sucesos más antiguos como los relacionados con la Unión Patriótica, movimiento fruto de un acuerdo de paz entre el Gobierno y la insurgencia en 1984, y exterminado en una acción calificada de genocidio político por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Resumiendo podemos afirmar que aquí no ha habido una acción contraguerrilla sino una acción de exterminio y expropiación violenta contra la población civil y las organizaciones sociales legales que encarnan oposición, que ha contado con el apoyo de miembros de las fuerzas militares y de autoridades civiles tal como jactanciosamente lo confiesan sus autores en sus libros. Confesiones que son una suerte de salvoconducto para lograr más poder e influencia en el ámbito político y económico.

La verdad en el proyecto de “Justicia y Paz”

La Comisión Colombiana de Juristas, organismo consultor de Naciones Unidas, ha venido estudiando a profundidad los proyectos y ha contribuido con sus opiniones a aclarar los contenidos, lo que me permite con su ayuda, dejar consignados algunos aspectos de los retrocesos del marco jurídico en relación con los estándares internacionales y con el proyecto 208 de 2005 titulado de “Verdad, Justicia y Reparación” elaborado por el Senador Pardo y los representantes Parody, Velasco y quien escribe, en lo referente a la verdad (Art. 26. 36 38):

1. Elimina la búsqueda de la verdad colectiva e integral como parte del derecho a la verdad. Se suprime el aparte que disponía que las investigaciones y procesos judiciales deberían buscar “la reconstrucción comprensiva de las violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos y el derecho internacional humanitario”. Así, se reduce el derecho a la verdad al esclarecimiento de cada uno de los casos individualmente considerados.

2. Suprime, como requisito para determinar las personas favorecidas por los beneficios, que el listado que el Gobierno entregara a la Fiscalía debería contener “un organigrama del grupo que incluya las fechas probables de ingreso de los distintos miembros (...) un inventario de las armas, municiones, explosivos, pistas de aterrizaje, vehículos de transporte y demás bienes muebles e inmuebles utilizados por el grupo en el desarrollo de sus actividades delictivas (...) [y] un listado de los delitos presuntamente atribuidos al grupo armado de que se trate.

3. Suprime la obligación del grupo armado de “entregar al Gobierno Nacional la información que corresponda sobre los lugares en los cuales se hallen las fosas comunes o cuerpos de personas desaparecidas o asesinadas”.

4. Suprime el aparte que señalaba que la investigación debería buscar especialmente “conocer la estructura, conformación, niveles de mando y patrones sistemáticos que haya desarrollado el grupo del cual hacía parte el imputado, a efectos de establecer las diversas y plurales conductas ejecutadas a nombre del grupo armado”.

5. Elimina la disposición que señalaba que se consideraba reparación la colaboración eficaz, no sólo para la búsqueda de personas secuestradas o desaparecidas sino, en general, para el esclarecimiento de los hechos delictivos.

6. Elimina como acto de reparación la “difusión pública de la verdad judicial.”

Si no hay confesión plena no hay verdad ni jurídica ni histórica. Es falso el argumento del Alto comisionado para la Paz que opina que es inconstitucional pretender la autoincriminación a partir de la confesión. Porque sucede que la persona ya está incriminada desde el momento en que es incluida en un listado de pertenencia al grupo armado al margen de la ley. Lo que el sujeto debe hacer para hacerse merecedor de los beneficios extraordinarios en el marco de la justicia transicional es contribuir al esclarecimiento de los hechos, no propiamente mediante la delación, sino de la verdad sobre su participación.

De otra parte, si no hay mecanismos que lleven a la desarticulación del grupo armado, como lo era la propuesta del proyecto 208 de 2005 de entregar los organigramas, los inventarios de armas, pistas de aterrizaje, relación de muebles e inmuebles producto de la expropiación violenta, no habrá posibilidades de ni de verdad ni de reparación. Lo que se estará propiciando es una recomposición del aparato militar.

El conflicto seguirá agudizándose y su solución tendrá que continuar siendo un propósito político de todas las fuerzas democráticas del país.


[1] Cuadernos del Conflicto, Justicia, Verdad y Reparación. Abril 2005 Semana, Legis. Pág. 29
[2] La masacre de los 19 Comerciantes. Serie Colombia Ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 31 de marzo 2005.
[3] El Espectador. Edición de 3 al 9 de abril de 2005
[4] Semana 1156, julio 5 de 2004
[5] El Tiempo, sábado 5 de marzo de 2005
[6] El Tiempo, 20 de febrero de 2005
[7] El Tiempo, domingo 3 de abril de 2005
[8] El Espectador, edición del 6 a l2 de febrero de 2005
[9] El Tiempo, 13 de febrero de 2005