Para conocer qué vino a hacer a Panamá Robert O’Brien, el consejero de seguridad nacional del presidente Donald Trump, acompañado del almirante Craig Faller, jefe del Comando Sur de ‎Estados Unidos (SouthCom); de Mauricio Claver-Carone, director del Consejo de Seguridad ‎Nacional para el Hemisferio Occidental; y de Adam Boehler, director general de la Corporación ‎Financiera de Desarrollo Internacional de Estados Unidos, revisemos los antecedentes de estos ‎funcionarios y contextualicemos.‎

‎¿Quién es Robert O’Brien? ¿Cuáles son los antecedentes inmediatos de su misión? ¿Qué hizo ‎en Panamá? ¿Qué significan sus actos a la luz del Derecho Internacional y de la Constitución de Panamá?‎

Robert O’Brien es el cerebro estadounidense detrás de los ataques a Rusia y de la guerra ‎contra China, está encargado específicamente de castigar a quienes no sigan las directrices de ‎Estados Unidos contra Pekín, de conformidad con el Clean Network Program, bajo la campaña ‎denominada “América Crece” (donde dice “América” léase “Estados Unidos”).‎

Mauricio Claver-Carone es el candidato de Washington a la presidencia del Banco ‎Interamericano de Desarrollo (BID), y está siendo sumamente cuestionado por un sector ‎representativo de la región. De origen cubano pero con ciudadanía “gringa”, Mauricio Claver-‎Carone promueve el plan “Regreso a las Américas”, que propone la reinstalación en América ‎Latina de las empresas estadounidenses que desde hace décadas se mudaron a China. ‎

Juntos, O’Brien y Claver-Carone tienen la misión de sabotear a China en Latinoamérica, ‎empezando por Panamá.‎

La misión de O’Brien estuvo precedida de la visita de otro funcionario estadounidense, David ‎Malpass, subsecretario para Asuntos Internacionales del Departamento del Tesoro, quien vino a ‎Panamá el 17 de agosto de 2018, precisamente cuando se cumplía un año de la apertura de ‎las relaciones entre Panamá y China, el 17 de julio de 2017.‎

En Panamá, David Malpass suscribió un Memorándum de Entendimiento con el gobierno del ‎entonces presidente Juan Carlos Varela. En ese documento se acuerda ampliar el papel de ‎Panamá como plataforma de distribución de gas natural licuado (estadounidense) a ‎Centroamérica y el Caribe –un mal paso para Panamá, ya que, antes de Estados Unidos, Hugo ‎Chávez, el fallecido presidente de Venezuela, había planteado a Panamá el mismo ofrecimiento, ‎durante el gobierno de Martín Torrijos, que no aceptó la propuesta venezolana.‎

Ahora, el 17 de agosto de 2020, O’Brien suscribió con Panamá otro Memorándum de ‎Entendimiento, esta vez con el gobierno del presidente Laurentino Cortizo. ‎

La gran diferencia entre el nuevo “entendimiento” y el anterior es que O’Brien añadió que ‎Estados Unidos y Panamá promoverán la participación de capital privado estadounidense en ‎‎«obras de infraestructura», como «recursos hídricos, carreteras, ferrocarriles, puertos, ‎aeropuertos, instalaciones logísticas, transmisión de electricidad» (Sección 2-B del nuevo ‎‎“entendimiento”), o sea en casi todo.‎

Pero este Memorándum de Entendimiento de O’Brien viola la Declaración Conjunta suscrita por ‎el presidente chino Xi Jingpin y el presidente Juan Carlos Varela en ocasión de la visita de Xi en Panamá, ‎el 1º de diciembre de 2018. Como escribimos entonces en el diario La Estrella de Panamá:‎

«La Declaración Xi-Varela afirma, además, que Panamá se incorpora a la iniciativa ‎‎“La Franja y la Ruta” como socio complementario para promover el diálogo y ‎la cooperación en la región; da la bienvenida a las empresas chinas para proyectos de ‎inversión y establecer sedes en toda América Latina y el Caribe y pone a disposición ‎de China su plataforma logística para propiciar un mayor intercambio comercial ‎con Asia.» (Julio Yao, La Estrella de Panamá, 13 de diciembre de 2018)

Por lo tanto, el Memorándum de Entendimiento firmado con O’Brien se opone a la Declaración ‎Conjunta de los presidentes de Panamá y China y carece de validez jurídica.‎

Por supuesto, en Panamá O’Brien reiteró los ataques recurrentes y cansinos de Estados Unidos ‎contra Cuba, Nicaragua, Venezuela, Irán, Corea del Norte y China, con calumnias y difamaciones ‎directas al Partido Comunista Chino (esto último fue cortesía de la Embajada de ‎Estados Unidos), ataques que constituyen violaciones del Derecho Internacional –también lo sería que la ‎embajada de cualquier país en Panamá se permitiese expresar juicios negativos sobre el Partido Republicano o ‎sobre la Casa Blanca. ‎

Como es usual, O’Brien también habló en privado contra los países antes mencionados, buscando ‎específicamente que Panamá desista de su solicitud de ayuda médica cubana para enfrentar la ‎pandemia de Covid-19 y ejerció presión en contra del presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, ‎acusándolo de «narcotraficante».‎

‎¿Cuál es el propósito más importante del Memorándum de Entendimiento de O’Brien?‎

A nuestro juicio, Robert O’Brien intenta prohibir y de hecho obstruye la presencia de China ‎en Panamá y el acceso chino al Canal –algo que ya no es de la competencia de ‎Estados Unidos porque el Canal es ahora exclusivamente panameño–, impidiendo que China y ‎sus empresas colaboren en el desarrollo de Panamá y haciendo imposible la neutralidad ‎verdadera de nuestra vía interoceánica, que se vería sometida nuevamente a la hegemonía y a los ‎‎“intereses” de seguridad nacional de Estados Unidos.‎

El Tratado de Neutralidad [1], vigente ad perpetuam, obliga a Panamá a no exponer el Canal ‎ni el Istmo a ninguna amenaza o peligro.‎

China ofreció hacer de Panamá la puerta de entrada a Latinoamérica y el Caribe. De hecho, ‎Panamá es el único país de Latinoamérica que se incorporó oficialmente a la nueva Ruta de la ‎Seda, como reconoce la Declaración Presidencial Conjunta, firmada durante la visita del ‎presidente Xi. Pero el Memorándum de Entendimiento de Robert O’Brien intenta bloquear esta ‎posibilidad y tiende a paralizar toda la actividad china en Panamá, incluidos el Ferrocarril Panamá-‎David, el Cuarto Puente sobre el Canal (proyecto que fue degradado), el Puerto de Cruceros ‎‎(Panamá ya le está debiendo dinero a la empresa china), entre otros proyectos.‎

Estados Unidos intenta imponer un monopolio de sus empresas privadas sobre el territorio de ‎Panamá y ejercer supuestos derechos de extraterritorialidad a través de sanciones que violan el ‎Derecho Internacional.‎

La consecuencia inmediata del Memorándum de Entendimiento de O’Brien es que Estados Unidos ‎convierte a Panamá en aliado de su “guerra” particular contra China. Pero no es el presidente de ‎la República quien puede declarar o hacer la guerra, del tipo que sea, a ningún país. Según la ‎Constitución panameña esa prerrogativa corresponde a la Asamblea Legislativa.‎

Aunque una reciente erosión de las facultades legislativas en favor del Ejecutivo debilita ese ‎mandato (pero sin anularlo), el Artículo 159.5 de la Constitución de Panamá autoriza únicamente ‎al Órgano Legislativo a declarar la guerra y a facultar al Órgano Ejecutivo para asegurar y ‎concretar la paz.‎

Por tanto, el presidente Cortizo debe desoír las órdenes de Washington contra China, que son ‎además órdenes contra el desarrollo mismo de Panamá. De lo contrario, “enemigos” de ‎Washington (¿terroristas?) podrían destruir el Canal y el país.‎

Panamá está obligado como país a cumplir la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de ‎Naciones Unidas, emitida el 24 de octubre de 1970, que contiene la Declaración Relativa a los ‎Principios de Derecho Internacional Referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación ‎entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.‎

Como ya hemos visto, la Declaración Conjunta presidencial China-Panamá adopta la ‎Resolución 2625 como norma de conducta en sus relaciones internacionales.‎ Esa Declaración condena todas las formas de agresión empleadas por Estados Unidos contra ‎‎“enemigos”, razón por la cual –especialmente los que no son potencias– deben guarecerse bajo ‎estas normas. Dicha Declaración contiene las normas a las que se refiere el Artículo 4 de la Constitución ‎de Panamá, cuando estipula que: ‎«La República de Panamá acata las normas del Derecho Internacional.»‎

Veamos ahora el significado del Memorándum de Entendimiento de Robert O’Brien.‎

En primer lugar, ¿qué es un Memorándum de Entendimiento? Es una forma de tratado ‎internacional, al igual que los acuerdos simplificados, canjes de notas, Actas y otros que, ‎en función de su contenido, deben someterse a la aprobación del poder legislativo, tomando ‎en cuenta siempre que el Artículo 2 de la Constitución panameña estipula que «el poder público ‎emana del Pueblo».‎

El Memorándum de Entendimiento del consejero de seguridad nacional de Estados Unidos, ‎suscrito el 18 de agosto de 2020 el ministro de Economía y Finanzas de Panamá, Héctor ‎Alexander, y Steward D. Tuttle, Encargado de Negocios ad interim de la Embajada de ‎Estados Unidos, no aparece publicado en ningún medio de difusión escrito ni en la página web ‎de la cancillería panameña, motivo por el cual permanece secreto y oculto a la opinión pública. ‎

Además, el ministro Alexander no está facultado para suscribir tratados, según la Constitución, ‎salvo que haya sido empoderado expresamente por el Ejecutivo.

Yo obtuve una copia del Memorándum de Entendimiento, cuando apareció fugazmente en el ‎sitio web de la cancillería panameña, de donde fue retirado de inmediato y sin que haya vuelto ‎a aparecer nunca. Si no se publica este documento ni se somete a la Asamblea y tampoco se le ‎registra como tratado en la ONU, el tal Memorándum de Entendimiento será un acuerdo secreto ‎‎(algo prohibido por el Derecho Internacional) y no podrá ser invocado en la ONU, quedando ‎Panamá sin protección legal ante posibles arbitrariedades.‎

En conclusión, el Memorándum de Entendimiento de Robert O’Brien convierte a Panamá ‎en enemigo de China, nos obliga como panameños a otorgar un monopolio sobre nuestro ‎territorio al capital de Estados Unidos, atenta contra nuestro desarrollo como país, viola el ‎Tratado de Neutralidad y disminuye y niega la soberanía nacional de Panamá.‎

El resultado final es que el Memorándum de Entendimiento que el consejero de seguridad nacional ‎de Estados Unidos traía en su cartera, carece de validez jurídica y, por lo tanto, ‎es nulo.‎

[1El Tratado de Neutralidad del Canal de Panamá, incluido ‎en los Tratados Torrijos-Carter (1977) que pusieron fin a la presencia estadounidense en el Canal ‎de Panamá, estipula que esa vía interoceánica debe ser “permanentemente neutral”. Nota de la ‎‎Red Voltaire.