Lima, 23 de Marzo del 2005

Sr. Dr.
ANTERO FLORES-ARAOZ
Presidente del Congreso de la República
Presente.-

De mi mayor consideración:

1. La presente tiene por objeto solicitar a la Mesa Directiva del Congreso el cumplimiento estricto y completo de lo dispuesto por la Constitución (2do. párrafo del Art. 100) y el Reglamento del Congreso (Art. 25 referido al Art. 22) que disponen devolverme todos los derechos de Congresista, políticos y económicos .

2. Considero que la MD debe además acatar las dos decisiones vinculantes de la Sentencia del Tribunal Constitucional del 1º de Diciembre 2003 -lograda por el suscrito en Demanda de Inconstitucionalidad apoyada por 70 actuales Congresistas - que dejó plenamente establecido que la Resolución Nº 018-98-99-CR del 3 de Julio 1999 - por la que con solo 41 votos se me suspendió todos mis derechos y funciones y sometió a juicio penal , fue ìmpuesta sin contar con la votación calificada requerida ( la mitad más uno de los Congresistas sin la Comisión Permanente ,es decir, 47 votos) y que el Congreso usurpó la función sancionadora de delito penal exclusiva del Poder Judicial en un Estado de Derecho, al haberme despojado de absolutamente todas mis atribuciones y medios de vida personal y familiar por mera imputación de delito antes siquiera de iniciarse el juicio, violando no solo mis DDHH sino principios jurídicos universales y cometiendo aberraciones ,daño moral y asfixia económica que el suscrito está enfrentando por séptimo año . .El Congreso además violó la separación de poderes al obligar al Fiscal y Vocal Supremos a abrirme juicio sin poder calificar la denuncia , por lo que el Tribunal Constitucional en la misma Sentencia ha exhortado al Congreso a rectificar la Constitución de 1993 para devolver independencia a Vocal y Fiscal Supremos .

3. Sugiero a la MD para efectos de resolver tanto la devolución de derechos como mi pedido de desagravio e indemnización seguir la recomendación del Informe Nº 077(03)-2003-OAJ-GG/CR del Jefe de Asesoría Jurídica Dr. Jorge Pando Vílchez , que el 30 de Mayo 2003 recomienda resolver mi solicitud de un monto indemnizatorio y un desagravio público mediante una transacción judicial o extrajudicial .Con ese objeto, con la Dra. Beatriz Mejía Mori, abogada que autoriza mi demanda he presentado una INVITACIÓN A CONCILIAR muy detallada el 11 de Marzo, 2005

4. Asimismo, un grupo de Congresistas - entre los que se encuentran Jorge Chávez Sibina, Manuel Olaechea, Eduardo Carhuaricra, Carlos Armas, Rosa León, Humberto Requena y otros - presentaron el 18 de Marzo 2005 al Congreso vía Trámite Documentario un Proyecto de Resolución Legislativa que autoriza con absoluta precisión a la MD a realizar tanto el DESAGRAVIO en una Sesión del Pleno y publicaciones como la DEVOLUCIÓN DE DERECHOS económicos e INDEMNIZACIÓN simbólica y compensación por descerraje y secuestro de documentación estableciendo un monto razonable (el equivalente a lo recibido por los demás Congresistas menos lo ya devuelto más el equivalente a los ingresos de un Congresista por un año , más intereses legales ) .
Considero que esta propuesta - que solo es una compensación simbólica ante la magnitud del daño moral y material causado durante los seis años pasados - podría ser una solución definitiva a este impasse y además constituiría una aporte a la afirmación del Estado de Derecho en el Perú.

5. Me he visto obligado a iniciar esta acción de cumplimiento porque -a pesar de mis reclamos desde Julio 1999 - no se ha efectuado ni una palabra de desagravio ni devolución de derechos económicos, excepto el que se pretendió en Abril 2003 -y tal vez aún se pretende- reducir la devolución de derechos dispuesta por la ley y el Código Civil y Penal sobre indemnización y reparación de daños a una simple “devolución administrativa de devengados” por 146 mil soles netos , por el despojo de trece meses de mandato congresal y seis años de inmenso daño económico y moral.

6. Cuando fui absuelto por unanimidad por la Corte Suprema ( Sala Penal Especial ) el 11 de Septiembre 2002 - tras casi cuatro años desde que se iniciara la represalia del régimen de Fujimori / Montesinos contra el suscrito - el Consejo Directivo del actual Congreso pidió la nulidad de la sentencia absolutoria , rechazando el 9 de Octubre 2002 mi pedido de desistimiento. .Cuando fué ratificada la absolución el 24 de Febrero y 14 de Marzo 2003 el Congreso solo respondió con una pago administrativo de devengados de aprox. 20% de lo recibido por todos los Congresistas durante el período de 13 meses en que estuve suspendido pero con mandato vigente,

7. No inicié esta demanda de cumplimiento en el mismo Abril 2003 por tres razones:
a) Porque el Poder Judicial me abrió ilegalmente en Mayo 2003 un nuevo juicio “penal”
b) Porque se reinició por enésima vez un juicio civil truculento contra CENES (mi asociación sin fines de lucro y equipo técnico) usado en Dic. 1998 en la campaña de destrucción de mi imagen pública que precedió a mi expulsión del Congreso. .
c) El suscrito y abogados impulsamos y preferimos esperar la Sentencia del Tribunal Constitucional (que se dio el 1º de Diciembre de 2003) para que quedara absolutamente establecido mediante decisión vinculante que el Congreso - dirigido por la cúpula fujimorista - cometió gravísimas trasgresiones constitucionales y violación de mis derechos humanos al :

haber aprobado una Resolución sin contar con la votación calificada requerida
haberme suspendido en mis funciones y despojado de todos mis derechos como sanción por simple imputación penal ,usurpando al Poder Judicial la exclusividad sancionadora de delito .

7. Es un enorme abuso adicional que se haya trasladado al suscrito - como agraviado -los efectos perjudiciales y el costo de superar el solo aparente “vacío o resquicio” que hay en el Reglamento(Art.25) cuando ordena devolver todos los derechos si el procesado es absuelto , pero no ha previsto que esto se produzca después de finalizado el mandato para el que fue electo el alto funcionario víctima de falsa denuncia . Por ello he presentado a Oficialía Mayor la propuesta cuantificada de los derechos políticos y económicos que me deben ser devueltos (Solicitud de Conciliación ,11 de Marzo del 2005).

Finalmente, debe quedar claro que aquí solo estoy pidiendo se cumpla la ley que ordena devolverme todos mis derechos. Aparte hemos elaborado la Demanda de Indemnización por daño moral, daño material emergente y lucro cesante. Por ello la invitación a conciliar cursada al Presidente del Congreso a través del CECOIN busca evitar tanto la DEMANDA DE CUMPLIMIENTO como la DEMANDA DE INDEMNIZACIÓN.

Atentamente,

MANUEL LAJO LAZO
Ex Congresista
DNI 07386258
Dirección: Av. La Mar 1933, Pueblo Libre.
Teléfono: 4606611.