15. enero, 2013 Flor Goche Sociedad

En los últimos años, México ha avanzado en materia de legislaciones a favor de los derechos de las mujeres. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) lo reconoce.

Ana Güezmes García, directora regional de ONU Mujeres para México, Centroamérica, Cuba y República Dominicana, asegura que la legislación mexicana en materia de igualdad y no discriminación contra el género femenino es “pionera en la región”.

Destaca la emisión de las leyes General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la reforma constitucional en materia de derechos humanos; la incorporación de la perspectiva de género a la Ley Federal de Presupuestos y Responsabilidad Hacendaria y a la Ley de Planeación; las reformas al Código Penal Federal, a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para tipificar y sancionar el feminicidio y la discriminación; y la modificación de 15 figuras jurídicas con el objetivo de garantizar a las mujeres víctimas de violencia el acceso a la justicia.

A nivel estatal, la representante de la ONU subraya el hecho de que todas las entidades federativas cuentan con una legislación específica sobre violencia contra las mujeres y 30 estados, con un sistema de coordinación interinstitucional.

Todo este cúmulo de normatividades no ha servido, sin embargo, para modificar favorablemente la condición de quienes representan el 52 por ciento de la población en el país: las mujeres. Datos de instancias oficiales demuestran que plasmar estos derechos en papel no ha contribuido a reducir la violencia que las mexicanas experimentan de manera cotidiana, tanto en el ámbito público como en el privado.

Por ejemplo, los feminicidios –la manifestación más extrema de violencia contra la mujer– registrados durante los primeros 4 años del gobierno de Felipe Calderón se incrementaron respecto de los perpetrados durante los dos gobiernos que le antecedieron: el de Ernesto Zedillo y el de Vicente Fox. De 1995 a 1998 las defunciones femeninas con presunción de homicidio sumaron 5 mil 836; de 2001 a 2004, 5 mil 116; y de 2007 a 2010, 6 mil 714.

Pablo Navarrete Gutiérrez, coordinador de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), plantea una explicación del porqué esta legislación de vanguardia no incide en la realidad cotidiana. A propósito de la tipificación del feminicidio en 19 de las 32 entidades federativas, apunta que hay quienes sólo usaron ésta como un “elemento de legitimidad política”.

El caso de Campeche, una de las siete entidades que aún establecen la “vergonzosa figura del homicidio en razón de honor”, constituye un “ejemplo claro de cómo se utiliza el derecho penal y a las mujeres solamente como un instrumento de legitimidad política”, asegura el funcionario.

Explica que las autoridades de Campeche accedieron a abrogar el Código Penal de ese estado con el supuesto objetivo de corregir la discriminación que conlleva el atenuante del homicidio en razón del “honor”. No obstante, su nueva normatividad “establece el homicidio en estado de emoción violenta”.

Para reafirmar el enorme desinterés que los políticos mexicanos muestran hacia las mujeres, Navarrete Gutiérrez alude a la información que el Inmujeres hizo de conocimiento público hace un par de años. Esta instancia reveló que los recursos que los partidos políticos deben destinar a la capacitación política de las mujeres se ocupaban en realidad para comprar artículos de limpieza.

Ana Güezmes habla de las expectativas que la organización que representa ha puesto en la LXII Legislatura. Su optimismo se deriva de la actual composición del Poder Legislativo en México, que por primera vez en la historia sobrepasa lo mínimo requerido en materia de cuotas de género, establecido en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Pekín, 1995): que haya un 30 por ciento de mujeres en puestos de elección parlamentaria. Hoy casi el 37 por ciento de integrantes de la Cámara de Diputados son mujeres mientras que en el Senado de la República la cuota de este género es del 33 por ciento.

El coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres recuerda que los logros en materia de derechos de las mujeres en el país “no han sido producto de la benevolencia política, sino más bien de la lucha incansable de las mujeres”.

Panorama de la violencia contra la mujer

Durante el foro Por la Vida, la Libertad y la Dignidad de las Mujeres, celebrado el pasado 21 de noviembre en la Cámara de Diputados, Ana Güezmes aseveró que los feminicidios son motivo de “alta preocupación” a nivel nacional, pues además de su regular incidencia, éstos son perpetrados con “violencia extrema y precedidos frecuentemente por violaciones sexuales, lesiones y mutilaciones”.

Durante los primeros 4 años del pasado gobierno de Felipe Calderón, los feminicidios sumaron 6 mil 714, es decir, de cuatro a cinco cada día. A las 2 mil 335 defunciones femeninas con presunción de homicidio que se registraron en 2010, según la experta de la ONU, se agregan las 4 mil 379 perpetradas entre 2007 a 2010; éstas últimas documentadas en el estudio Feminicidio en México. Aproximaciones, tendencias y cambios, 1985-2009.

Los feminicidios no son las únicas manifestaciones de la violencia. En el tema laboral, Eva Gisela Ramírez Rodríguez, directora de Estadísticas Sociales y de Violencia contra la Mujer del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), destaca que la prueba de embarazo y estar embarazada continúan siendo un impedimento para el desarrollo de las mujeres.

De acuerdo con los resultados de la Encuesta nacional sobre la dinámica de las relaciones en los hogares (Endire) 2011, 2 millones 773 mil 633 mujeres (el 15.6 por ciento de las casadas o unidas que han solicitado empleo o trabajado alguna vez en su vida) manifestaron que los empleadores les han solicitado la prueba de embarazo como requisito para la selección e ingreso.

Esta situación es tan común que, de acuerdo con Hilda Téllez Lino, directora general adjunta de Quejas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), el despido por condición de embarazo es la principal causa de quejas de mujeres contra particulares que atiende esta institución.

Ésta no es la única forma de discriminación laboral. La Endire 2011 refleja también que el 13.7 por ciento de las mujeres casadas o unidas que trabajaron como asalariadas durante 2010 tuvieron menos oportunidad que un hombre para ascender; además, que al 13.5 por ciento le han pagado menos que a un hombre que desempeña el mismo trabajo o puesto.

Para mostrar lo que sucede en el ámbito privado, Martha Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados, recurre, asimismo, a los resultados de la Endire 2011. Revelan que 47 de cada 100 mujeres de 15 años y más, que están o han estado casadas o unidas, han vivido situaciones de violencia emocional, física o sexual durante su actual o última relación. Además, que el 44.8 por ciento de todas las mujeres actualmente casadas o unidas han sido agredidas por su pareja o su esposo al menos una vez a lo largo de su vida en común.

Téllez Lino escudriña en la cultura de la población mexicana. Para ello, refiere los resultados de la Encuesta nacional sobre discriminación en México 2010. En ésta se encuentra que cuatro de cada 10 personas manifestaron que si las mujeres quieren trabajar deben hacerlo en las “tareas propias de su sexo”; una de cada tres consideró que es normal que los hombres ganen más que las mujeres; y una de cada cuatro expresó que si las mujeres sufren violencia sexual es porque “provocan a los hombres”.

Fallidas, solicitudes de alerta de violencia de género

El papel de la sociedad civil ha sido fundamental como monitor y garante del cumplimiento de la responsabilidad del Estado mexicano para con las mujeres.

Tan es así que a partir de la entrada en vigor de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) –constituido por 43 organizaciones de derechos humanos y de mujeres de distintos estados del país– ha impulsado cuatro solicitudes de alerta de violencia de género, que es el “conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado”.

El objetivo de este instrumento, según el artículo 23 de la Ley General, es garantizar la seguridad de las mujeres, el cese de la violencia en su contra y la eliminación de las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos.

El OCNF denuncia que este mecanismo ha sido “insuficiente”, puesto que representa una serie de obstáculos prácticos. María Guadalupe Ramos Ponce, quien es parte de este Observatorio, apunta: “Tenemos normas maravillosas en muchos sentidos, pero no se traducen en una realidad”.

Para la también integrante del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, “la patente falta de implementación [sic] revela la ausencia de una voluntad política del Estado mexicano para tomar acciones efectivas a fin de resolver la violencia contra las mujeres”.

Infografía:

En 2008, el Observatorio Ciudadano promovió la primera solicitud de alerta de violencia de género, a propósito de la violencia feminicida y los secuestros de niñas y mujeres en la zona triqui de Oaxaca. “A pesar del contexto de violencia sistemática en la región, las autoridades encargadas de admitir la declaratoria de alerta no dieron trámite a la solicitud bajo el argumento de que ésta no cumplía con los requisitos y pruebas suficientes”.

En mayo de 2009 se emitió la segunda solicitud. Esa vez fue dirigida al gobierno de Guanajuato, que la rechazó “sin apego al procedimiento establecido en la ley y en el reglamento”. La solicitud abordó la vulnerabilidad de las mujeres víctimas de violencia sexual, la falta de servicios adecuados para la interrupción de embarazos generados por violaciones y la existencia de un cuerpo normativo que transgrede los derechos humanos de las mujeres.

Un año después, en el Estado de México, las integrantes del OCNF impulsaron una tercera petición. Y es que, de enero de 2005 a agosto de 2010, 922 feminicidios se perpetraron en esa entidad, todos cometidos con un patrón sistemático de impunidad. El caso escaló a los tribunales, luego de que la Secretaría Ejecutiva del Sistema, en sesión extraordinaria, “negó la procedencia de dicha solicitud bajo argumentos irrelevantes al propio sentido de la alerta y sin haber valorado los hechos y pruebas que la acompañaban”.

Ramos Ponce refiere que, a la fecha, el caso se encuentra en trámite. Un juez instruyó dejar sin efecto la resolución del Sistema, así como estudiar y resolver de manera fundada y motivada la solicitud promovida por el Observatorio. No obstante, las autoridades a cargo presentaron un recurso de revisión a este amparo.

La más reciente solicitud aborda la problemática de Nuevo León, entidad en donde, según datos oficiales, se cometieron 1 mil 95 feminicidios de 2009 a 2012. Las evidencias revelan además la presunta participación de oficiales del Ejército y de las Fuerzas Especiales de México en algunos de esos crímenes. Aquí, las autoridades se “limitaron a atribuir estas muertes violentas al crimen organizado, argumento que lo escuchamos de manera continua en la mayoría de los estados”.

“¿Por qué no han prosperado las solicitudes de declaratoria de alerta de violencia de género? ¿Será que se ha satanizado la figura de la declaratoria de alerta de género, que se le ha pretendido dar un uso político?”, se pregunta Pablo Navarrete Gutiérrez.

A decir del coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres, este mecanismo debe ser revisado puesto que representa “una herramienta extraordinaria de protección: [que] es llegar [a la] federación, estado, municipio, [Poderes] Ejecutivo, Legislativo y Judicial a atender un fenómeno de violencia emergente”.

Desafíos para el cumplimiento de la Ley General

El 1 de febrero de 2007, es decir, casi 6 años atrás, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Pablo Navarrete Gutiérrez manifiesta que se trata de un instrumento vital pues, además de colocar el tema de violencia contra las mujeres en el ámbito público, significa la consagración de los compromisos internacionales adquiridos por el Estado mexicano, tanto en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer como en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, también conocida como Convención de Belem do Pará.

No obstante su importancia, esta normatividad aún no incide plenamente en la realidad de las mujeres que habitan el país. Lo mismo ocurre con los 5 mil 456 millones de pesos que para el tema de género habría destinado el gobierno federal en lo que fueron estos últimos 6 años de gestión.

Dilcya Samantha García Espinoza de los Monteros, titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), agrupa en tres grandes rubros los retos para la aplicación de la Ley General: cultural, jurídico y político.

Respecto del segundo, comenta que aunque esta ley sienta las bases para una vida libre de violencia, “aún no se ejerce un sistema de justicia con perspectiva de género”. La comisionada de la Conavim apunta que el actual sistema “de corte inquisitorial” genera que las mujeres que son violentadas en el ámbito privado o público y que deciden acudir a las instancias encargadas de salvaguardar sus derechos, tengan que enfrentar también la violencia institucional.

Para Navarrete Gutiérrez, el principal desafío es la revisión y homologación de la legislación nacional en la materia. Y es que, a la fecha, existe una “disparidad normativa, incluso contradictoria”.

El funcionario del Inmujeres refiere, por ejemplo, que durante el proceso de armonización legislativa a nivel local, los gobiernos de algunas entidades sólo hicieron “copy paste de la Ley General. De tal suerte que tuvimos copias muy defectuosas, que son inaplicables”.

La armonización legislativa pasa también por desaparecer el atenuante de homicidio “en razón de honor” o en “estado de emoción violenta” y por incorporar el tipo penal del feminicidio en los 13 códigos penales que aún no cuentan con esta especificidad jurídica. Es necesario, además, garantizar la correcta y oportuna aplicación de este tipo penal, pues “hoy los asuntos de violencia extrema contra las mujeres no están siendo procesados bajo la figura de feminicidio”.

Otros retos enumerados por Pablo Navarrete son: revisar la limitación que existe en la legislación mexicana para que las mujeres puedan contraer nupcias durante los 365 días posteriores a un divorcio; modificar “esos espantosos programas de estudio”, sobre todo de las escuelas de derecho, para que los abogados y abogadas “estén a favor de la justicia de las mujeres y no ser mercenarios del derecho”; y contar con las presencia de las organizaciones de la sociedad civil, no para que suplan la responsabilidad del Estado, sino para generar un canal de comunicación abierto y democrático.

Finalmente, llama a corregir el mecanismo jurídico de las órdenes de protección contempladas en el Capítulo VI de la Ley General: “actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares”. “No es posible que le pongamos a la autoridad hasta 24 horas para dictarlas. En 2 horas, en minutos, pueden asesinar a una mujer y no podemos dar un espacio tan holgado para que se den las órdenes de protección de emergencia”, sentencia el funcionario.

En los últimos años de vigencia de la Ley General se han emitido poco más de 41 mil 296 órdenes de protección a nivel nacional. Para el coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres, “el número es ínfimo frente al fenómeno de la violencia contra las mujeres”.

Hilda Téllez Lino, del Conapred, destaca que la situación de violencia contra las mujeres y el no reconocimiento de sus derechos es también un tema de discriminación y exclusión basado en prejuicios, mitos y normas legales. Por eso dice que desde el Estado deben abolirse “todas aquellas costumbres y justificaciones que favorezcan la subordinación de las mujeres a partir de los roles y estereotipos atribuidos socialmente”.

Plantea, por otro lado, el fortalecimiento y armonización de las leyes a nivel nacional, pues a pesar de que las 32 entidades federativas cuentan con una Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sólo 26 tienen una ley de igualdad entre hombres y mujeres y, peor aún, sólo nueve tienen una ley antidiscriminatoria.

Aplicar oportunamente los protocolos, que exista una coordinación eficiente entre actores y los tres órdenes de gobierno, y aumentar la presencia de las mujeres en la vida pública y privada de los municipios del país, se cuentan también entre los desafíos.

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Fuente: Contralínea 317 / enero 2013