Camisea es un proyecto que económicamente queda justificado con la extracción de los líquidos que contiene y, para eso, no necesita apoyo del Estado. Conjuntamente con los líquidos sale el gas, que es 78% de la riqueza energética del yacimiento. Como el gas carece de mercado inmediato. La solución era reinyectarlo, ya que, quemarlo está prohibido, reinyectarlo implica un costo mucho mayor que quemarlo, pero el gas se conserva.

Energéticamente, por nuestra dependencia del petróleo y ningún éxito en hallar nuevos recursos de hidrocarburos después de Camisea, para el Perú, el gas es muy valioso. Pero, usarlo, requiere crearle un mercado (eufemísticamente: una “Cultura de Gas”). Jamás existirá mercado de consumo, en tanto el gas no llegue previamente al mercado. Para que el gas llegase al mercado, era necesario construir un gasoducto. Pero, sin mercado, no existían interesados en invertir en el gasoducto.

Aquí es donde intervino el Estado. Puso de por medio una garantía a cargo de los usuarios del sistema eléctrico bajo un esquema tal que, hasta que con el trascurrir del tiempo el mercado se desarrolle en su totalidad, se le pagará al concesionario del gasoducto, honrando una garantía, a diferencia entre lo realmente transportado y la plena capacidad del ducto. Se concursó el proyecto para otorgar la buena pro a quien propusiese el menor costo. Hubo un único postor, que ganó.

Complementariamente a lo anterior, Electroperú (sin tener turbina para usar el gas), compró bajo el término “Take or Pay” (se paga, se consuma o no) 70 millones de pies cúbicos por día, que representan algo mas del 15% de la capacidad del ducto. En compensación a que el usuario nacional era quien estaba garantizando la construcción y operación del gasoducto, el Estado le otorgó prioridad en el abastecimiento del gas, determinando que sólo se podía exportar las reservas que cubriesen más allá de 20 años de consumo, siendo este un plazo permanente para cada año de explotación. En otros términos, el productor que quiera exportar tiene que encontrar reservas.

En la actualidad, para compensar la falta de capacidad financiera del consorcio, el público está pagando por adelantado sus obligaciones. A mi parecer, ya no es la retribución de un servicio, sino un aporte de capital. Los usuarios del sector eléctrico en general, incluidas por ejemplo las empresas mineras que pasan por situaciones financieras agudas, están financiando la construcción del ducto.

El consorcio desea exportar. Con lo costoso que resulta transportar un gas, costo que por supuesto será descontando del precio de venta del gas, el Perú va a recibir migajas. No obstante, en algún momento hasta se pretendió rebajar las regalías, pretextando que se trata de una nueva etapa de Camisea, temo que se insistirá sobre esto en el futuro.

Para el consorcio, la exportación es un buen negocio: Obtiene rentabilidad en el transporte (que el Estado peruano no puede fiscalizar), acelera la extracción de los líquidos, paga menores regalías (el precio boca de pozo para exportación será menor que para el mercado interno), paga menor impuesto a la renta. La inversión que se demande va a utilizar muy pocos recursos peruanos. Hecho el cálculo de reservas probadas, éstas son insuficientes para la exportación. Entonces, el MEM resuelve el impasse cambiando el reglamento, que es la propuesta que ha pre-publicado. El cambio se traduce en dejarle un mínimo de garantías al consumidor nacional. Para garantizar el abastecimiento al mercado nacional, habrá que encontrar otro gas.

Conclusión: Me parece inadmisible que se ponga al usuario nacional como garante, se le imponga precios mayores que los de exportación. Potencialmente que la exportación aporte menores regalías que el consumo interno y, al final, se le quite la prioridad en el consumo de gas. Hay que tener presente que, importar gas es mucho más difícil que importar petróleo. Por otro lado, existen estudios que calculan que para fines de esta década la oferta existente de petróleo no va a satisfacer la demanda: se va a acudir a recursos mucho más caros.

Ing. Carlos Herrera D. / Ex - Ministro de Energía y Minas

CONSUMATUM EST:

De Alerta Económica - MAXIMISE, 04/05/2005
Instrumento Innovador para Financiar Inversiones en Perú
El Project Finance (PF) es un innovador mecanismo de financiamiento, que permite al promotor de un proyecto, público o privado, llevarlo a cabo obteniendo el financiamiento de la inversión sin contar con la capacidad financiera necesaria. A diferencia de los mecanismos de crédito utilizados habitualmente, el PF se basa fundamentalmente en la capacidad que tiene el proyecto de generar recursos suficientes para pagar los rendimientos del capital, el beneficio del explotador y devolver el capital invertido.
Según la mecánica del PF, el sistema financiero sustituye las tradicionales garantías reales por una multitud de informes y estudios de viabilidad (técnicos, jurídicos y económicos) y por la relación contractual de los stakeholders en la gestación, materialización y gestión posterior del proyecto. La aplicación en el Perú del PF viene siendo favorecida por el proceso de concesiones en los sectores de hidrocarburos, transporte aéreo y terrestre. Siendo un ejemplo el caso de la empresa Transportadora de Gas del Perú, con una inversión de US$ 860 millones financiada por deuda senior garantizada por US$ 475 millones, deuda subordinada de US$ 87 millones adquirida por accionistas, aportes de capital US$ 208 millones y adelanto de la garantía de red principal por US$ 90 millones.

Comentario del articulador: “La Garantía que se convirtió en Inversión”

Se consumó el adelanto de la garantía de red principal por: US$90.0 millones; es el primer caso que yo conozca, que un proyecto se financia con una garantía, que en este caso puso el Gobierno peruano del bolsillo de los consumidores de electricidad (que siguen pagando cada mes por lo mismo); y cuya aplicación esta sujeta a condiciones operativas que obviamente no se daban cuando se efectuó el desembolso y si se dieran en la práctica por efecto del proceso natural de asentamiento del mercado de consumo, lo que se hizo fue forzar una situación previsible, a costa del bolsillo de los consumidores que en la práctica son sin serlo, socios capitalistas de la Empresa Transportadora del Gas y seguirán pagando sin recibir el beneficio del servicio (es decir, el gas), para que el otro socio inversionista recupere su inversión. A la larga: ¿No son los consumidores de electricidad dueños del gasoducto, sin recibir beneficio societario; y por el contrario deberán pagar más por la electricidad de consumen?; ¿no está ocurriendo esto ya?

¿Cómo se puede pagar una garantía, si no hay motivo de ejecución?; ¿o como se puede establecer una garantía sobre algo que sucederá en el curso normal previsible de la operación? ¿quien decidió dar esta facilidad al Consorcio?; ¿basado en que lógica?; ya vemos que se tuvo que recurrir a la modificación del reglamento para “legalizar el regalo”. Inaudito. Ese es el producto del MODELO PRIVATIZADOR o de INVERSIÓN EXTRANJERA DE PROINVERSION IMPUESTO EN LA DECADA DE LOS 90.

Los subsidios al GAS: este pago que vienen haciendo los consumidores de electricidad para el transporte del Gas de 0,004$/kWh consumido, representa un subsidio de entre $14 (en 2004) proyectado a $5 en el 2016 por MWh para las centrales térmicas de electricidad. Ello aparte de un “subsidio cruzado" de $8/MWh y un “subsidio ambiental" de $7/MWh; más las regalías que no se pagan. En total los subsidios ascenderían a más de $30/MWh y todavía tiene un costo por encima de $23/MWh. Es decir, el costo real de la termoelectricidad es de más de $50/MWh (el precio actual de mercado está en 26$/MWh).¿Qué energía resulta más económica: la hidroeléctrica o la termoeléctrica (a gas), Señor Ex ministro de Energía y Minas Jaime Quijandría? ¿A quién se ha favorecido o se está favoreciendo?; ¿SUBSIDIOS EN UN MUNDO NEOLIBERAL; NO ES CONTRADICTORIO?

Otra perla: en el Contrato “Take or Pay”, Electroperú deberá pagar por los 50 millones de pies cúbicos por día, que representan algo mas del 15% de la capacidad del ducto, los consuma o no; pero el Consorcio sólo debe pagar regalías por lo que entrega; por tanto, en este caso cobraría por algo que no entrega, pero no está obligado a pagar regalías por este ingreso. Inaudito. ¿Quién decidió regalar las regalías?

Hay más temas observables en los contratos de este gran proyecto; pero para terminar sólo mencionaremos que el costo del gas para el consumo nacional se fijó en el contrato con el Gobierno Peruano como máximo: $1,6/MioBTU ($1/MioBTU para la generación de electricidad) en boca del pozo al comienzo de la explotación comercial. Este valor se incrementa (??) en función del precio de petróleo en los mercados internacionales al comienzo de cada año. Si una de las razones del gas es ser menos dependientes del petróleo y de su precio internacional; ¿por qué se hizo dependiente del precio del petróleo y sólo para su incremento?; ¿qué pasa si -aunque parece difícil- el precio del petróleo baja?. Sobre esto no se dice nada.

El precio de transporte del gas hasta Lima se fijó en $0,9/MioBTU. Así el precio del Gas para la Generación de Electricidad será $1,9/MioBTU al comienzo de la explotación comercial (2004). Los precios para la industria serían $2.5/MioBTU este año. Este precio no incluye los impuestos considerables, que finalmente determinan el precio al consumidor; y tampoco el ya significativo ajuste que se debe hacer por efecto del precio del petróleo.
Esto -aparte de otra tinterillada de cálculo sobre la elación oferta / demanda de la electricidad- explicaría por qué se han incrementado las tarifas de electricidad este año, en vez de bajar como había pre-anunciado el presidente Toledo.

¿Quién o quiénes permitieron todo esto?