Para hoy lunes a las 10 am, está fijada la hora en que se verá la causa de inconstitucionalidad de la ley 27617. El presidente de la Central Nacional de Pensionistas (CENAPP) Carlos Repetto Grand se ha referido a este dispositivo como malhadado y el esperpento de marras reconoce una historia vergonzosa en el Congreso. Como si ya fuera poca la irresponsabilidad que caracteriza al 95% de los parlamentarios, estos funcionarios del Estado cometieron un crimen lesa humanidad.

El 12 de diciembre del 2001 el pleno, con ausencias sumamente concertadas y nada sospechosas, aprobó la ley 27617. Eran los días en que reinaba todopoderoso y -siempre vendepatria- Pedro Pablo Kuczynski. El flautista polaco es un ilustre palafrenero de caballerizas multinacionales y no tuvo mejor idea que recortar las pensiones de los familiares supérstites en caso de muerte del titular, 50% para las viudas y hasta 80% menos para los huérfanos y discapacitados. Total, dijo, ¿quién va a protestar por estos viejitos? ¿en el Congreso, ja ja ja? ¿en la sociedad civil: no bromeen? Y así se consumó el crimen.

Cuando, merced a esfuerzos de primera magnitud se logra un replanteamiento el Congreso reitera su vocación antipopular el 18 de diciembre de ese año fatídico y ratifica la norma anti-pensionista. Como era inevitable, el presidente Toledo promulgó la ley el 2-1-2002. Desde entonces son innumerables los casos de muertes adelantadas por impresión y por la ínsita crueldad de la 27617. Cabe preguntar ¿por causa de qué no se descuenta el 50% y 80% a los parlamentarios por la infausta como inconcusa razón de su pusilanimidad manifiesta?

Para la CENAPP, la 27617 viola hasta nueve artículos de la Constitución, por tanto su inconstitucionalidad es más que evidente y por ello la acción ante el TC. Ahora la pelota está en cancha de este tribunal que también está integrado por hombres y mujeres obedientes a su consciencia y a sus profundas ideas democráticas. La pregunta discurre por caminos inequívocos: ¿echarán a la basura otro adefesio del Congreso? ¿favocerán a un Estado que bota dinero a mares en abogángsters especializados en agredir a los que menos tienen? ¿cuáles serán los criterios que primen?

El asunto es de suyo polémico. Para muchos, los fondos pensionarios causan un perjuicio enorme. Ciertamente es un dinero que ya fue erogado por los trabajadores en su ciclo activo de labor. Algunos criterios se enderezan a motejar que esos dineros no alcanzan ni son pálido reflejo de los requerimientos presentes. Y vale la pena citar una analogía: cuando el Perú se compromete a la deuda externa, paga apenas intereses y con denonados pataleos, pero el principal sigue creciendo ad infinitum. Es decir, engrosa su volumen y aprisiona el destino de nuestros pueblos a bancos, financieras que obtienen así recursos para los próximos 500 años.

Si lo anterior es así, ¿por causa de qué habría que aplicar un criterio de estanco a las pensiones de los jubilados? El Estado echó mano de esos dineros y los jugó casi siempre en negocios a pérdida y en robos hasta hoy no descritos puntualmente. Entonces los capitales descontados no se mantuvieron congelados sino generando intereses y usándose para ¡Dios sabe! qué de cosas. Es decir, esos fondos produjeron, por tanto, los dueños de los mismos, tienen derecho, en el tiempo y en el periplo vital con derecho a transmisibilidad, a gozar de pensiones medianamente acompasadas a los tiempos.

Hoy le toca al TC revisar una barbaridad congresal. Ojalá que sean los principios racionales y humanistas los que prevalezcan por encima de las frías cifras y los presupuestos de acero. Mientras tanto, habrá que esperar en la lucha y en la actividad más dinámicas para ganar una reivindicación legítima de derechos adquiridos.

Hay que romper el pacto infame y tácito de hablar a media voz.